Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2001 (03/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, miercoles 3 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 210739

por un monto de S/. 33,139.12 incluido el IGV el mismo que se pagara en 12 cuotas iguales de S/. 2,761.59 por mes incluido el IGV, el cual debe sujetarse conforme a Ley. 2º.- DISPONER que el egreso que origine la presente Resolucion se cargara a la Actividad 1-00199 "Desarrollo de la Educacion Universitaria", Componente 3-0498 "Desarrollo de la Ensenanza", Especifica del Gasto 39 "Otros Servicios a Terceros" con cargo a los recursos directamente recaudados de las Facultades y de la Administracion Central, del presupuesto correspondiente al ejercicio presupuestal 2002. 3º.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a los Vicerrectores, Facultades, Escuela de Post-Grado, Oficina de Informacion y Relaciones Publicas, Oficina de Planificacion, Oficina de Auditoria Interna, Oficina de Asesoria Legal, Oficina General de Administracion, Oficina de Contabilidad y Presupuesto, Oficina de Tesoreria, interesado, para conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA VIALE Rector 31939

Aduanas Nº 000252 de 22 de febrero de 2001, debe entenderse como un pago generado por la transmision de los documentos enviados con error o errores via teledespacho. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de Aduanas 31958 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 001122 Mediante Oficio Nº 1040-2001-ADUANAS/SG, la Superintendencia Nacional de Aduanas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001122, publicada en nuestra edicion del dia 23 de setiembre de 2001, en la pagina 210337. En el MORDAZA parrafo del literal a., del numeral 2. DE LA TASACION, del rubro A.1) DE LA PREPARACION DEL REMATE, de la seccion VII. DESCRIPCION del Procedimiento General INAR-PG.04 DISPOSICION DE MERCANCIAS: DICE: "De no poder ser realizada por la complejidad de las caracteristicas de las mercancias, se puede recurrir a tasadores externos especializados en la materia, registrados en CONATA y Superintendencia de Banca y Seguros." DEBE DECIR: "De no poder ser realizada por la complejidad de las caracteristicas de las mercancias, se puede recurrir a tasadores externos especializados en la materia, registrados en el Cuerpo Tecnico de Tasaciones del Peru y/o CONATA y/o Superintendencia de Banca y Seguros." 31974

ADUANAS
Precisan alcances de resolucion que establecio pago a ser aplicada a operadores de comercio exterior cuando el sistema informatico de Aduanas rechace envio de documentos por teledespacho
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 001157 Callao, 26 de setiembre de 2001 Que, mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 000252 de fecha 22 de febrero de 2001 se establecio un pago de US$ 6.00 a ser aplicada a los operadores de comercio exterior cada vez que el sistema informatico de ADUANAS rechace el envio de documentos por teledespacho; Que, por Resoluciones Nºs. 00457 del 23 de MORDAZA y 00717 del 18 de junio del ano en curso, se suspendio hasta el 15 de junio y el 31 de MORDAZA, respectivamente, el cobro del pago a fin de permitir que los agentes de aduana ajustaran su software a los requerimientos de ADUANAS para evitar el congestionamiento en la transmision de datos por los sucesivos envios, lograndose una significativa reduccion de rechazos; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 14º inciso d) del Decreto Ley Nº 26020, ADUANAS esta facultada, para obtener ingresos propios generados por los servicos que presta, los mismos que deberan compensar los gastos incurridos en ellos; Que, la transmision de datos por via electronica es un servicio prestado por ADUANAS que tienen un costo, el cual se incrementa con el reproceso de validacion de documentos, el mismo que se refleja en el desgaste de equipos y en el costo de transmision de linea, el que debe ser asumido por el usuario; por ende, dicho pago es una contraprestacion de servicio; y, Estando a la facultad conferida en el Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 000226 de 15 de febrero de 2001 que aprueban la Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Precisese que lo dispuesto en el Articulo 2º de la Resolucion de Superintendencia de

COFOPRI
Aprueban incorporacion de diversos distritos de las provincias de Huancayo, MORDAZA y MORDAZA en MORDAZA de privatizacion de mercados establecido por la Ley Nº 27304
COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 174-2001-COFOPRI/GG MORDAZA, 28 de setiembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, complementado por la Ley Nº 27046, se creo la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, como organismo rector MORDAZA encargado de disenar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rapida un Programa de Formalizacion de la Propiedad y su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones a este

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