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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (04/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

Pág. 210826 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de octubre de 2001 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA Disponen adquirir insumos para el Pro- grama del Vaso de Leche mediante proceso de adjudicación directa de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 117-2001-MPH/A Ayacucho, 25 de septiembre de 2001 VISTO: El Segundo Punto de la Agenda, sobre declarar de URGENCIA la Adquisición de Insumos para el Progra- ma del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artícu- lo 191º establece que las Municipalidades tienen autono- mía económica, administrativa y política en los asuntos de su competencia y que es un órgano local con persone- ría jurídica de derecho público, pudiendo regular y de- terminar sus acciones de acuerdo a sus planes y progra- mas para el logro de sus objetivos; Que, conforme se tiene de los antecedentes y sus acompañados, que durante la Gestión del año próximo pasado, no han programado oportunamente los funcionarios para adquirir mediante Licitación Públi- ca, insumo para el Programa del Vaso de Leche para el presente ejercicio fiscal 2001. Y por el contrario sólo se atinaron a adquirir en el mes de marzo del presente año lo correspondiente al primer trimestre de manera incorrecta. Circunstancia que merece una adecuada investigación a efectos de determinar cualquier res- ponsabilidad; Que, como es de conocimiento público las beneficia- rias de dicho Programa, con fecha 23 de abril del año en curso tomaron los locales municipales hasta el primero de junio del 2001. Y por tal circunstancia y otras me- diante Oficios Nºs. 376 y 405-2001-MPH/A de fechas 18 de julio y 7 de agosto-2001 se ha consultado a la Contra- loría General de la República de si sería procedente la adquisición mediante adjudicación directa de los meses de abril a junio-2001 y absolvió precisando que se lleve adelante el Proceso de Licitación Pública, en razón a la cuantía que la Municipalidad de Huamanga recibe por este concepto; Que, mediante Resoluciones de Alcaldía Nº 285 y 295- 2001-MPH/A, se ha cumplido con designar la comisión y aprobar las bases de la licitación pública, respectivamen- te; Que, mediante el Informe Nº 001-2001-MPH/CEL- PVL, el Comité Especial de Licitación para la Adqui- sición de Insumos para el Programa Vaso de Leche, hace de conocimiento del Titular de Pliego y a la sesión de Concejo, sobre el Proceso de Selección de Licitación Pública en el ítem del producto Leche Enlatada Evaporada, ha sido declarada desierta por cuanto que según la especialista en Alimentos Biólo- ga, miembro del Comité Especial, que las caracterís- ticas técnicas presentadas por los dos postores no corresponden a la leche evaporada, sino a leche ente- ra (en polvo) y como dichas propuestas no cumplen con las especificaciones técnicas precisadas en las Bases del Proceso de Licitación Pública Nº 002-2001- MPH/CEA; donde sólo se adquirió el ítem del Produc- to de Kiwi - Avena, para los meses de abril a junio-2001, quedando pendiente el Item de Leche enlatada (evaporada), para los meses de julio a diciembre del 2001; Que, conforme se tiene del precitado informe y los anexos mal podría pretenderse programar nueva licita- ción pública, cuando se encuentra pendiente la entrega del insumo: Leche Enlatada desde el mes de abril a junio 2001. Circunstancia que prolongaría la atención oportu- na a las beneficiarias del Programa y sería atentar contra su salud. En este sentido de cosas la Municipali- dad Provincial de Huamanga, se encuentra en una situa- ción urgente, imprevista e involuntaria del actual Alcal- de y sus funcionarios. Por consiguiente convocar a Lici- tación Pública sería atentar seriamente la continuidad del servicio esencial de alimentación. Por lo que es conveniente tomar las previsiones a fin de asegurar la continuidad del servicio de alimentación a las beneficia- rias; por ser esencial y su ausencia comprometería la salud e integridad física de los beneficiarios que ocasio- naría un grave e irreparable perjuicio; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 108º del D.S. Nº 013-2001-JUS, precisa que situación de urgencia es la medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar a la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones definitivas. Por consiguiente la declaración de urgencia dispensa del proceso de licita- ción pública para adquirir mediante un proceso de adju- dicación de menor cuantía de selección; Que, en el Art. 21º de D.S. Nº 012-2001-PCM, con la que se aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, preci- sa: Se considera situación de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determi- nado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales, dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras, según sea el caso; Que, conforme establece los Arts. 20º y 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la declaración de urgencia corresponde al Concejo Municipal, previo cumplimiento de los infor- mes pertinentes, publicación en el Diario Oficial El Peruano y remitir a la Contraloría General de la República entes Puesta a consideración y tratado en Sesión extraordi- naria de fecha 23 de setiembre del 2001, así como la opinión legal, el Pleno por unanimidad; ACUERDAN: Primero.- DECLARAR en situación de URGENCIA el Programa del Vaso de Leche respecto a la adquisición de insumos: Leche Evaporada (Enlatada) correspon- diente a los meses de abril, mayo y junio del 2001, por los fundamentos expuestos. Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Administra- ción para que proceda con adquirir los insumos mediante Proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía. Tercero.- ENCOMENDAR a la Dirección de Secre- taría General la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, La Calle y hacer de conoci- miento de la Contraloría General de la República, y a la Dirección de Administración para que proceda con ad- quirir los insumos mediante Proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía. Cuarto.- ENCARGAR al Despacho de Alcaldía im- plementar las demás acciones administrativas pertinen- tes. Dado en el Palacio Municipal a los veintitrés días del mes de setiembre del año dos mil uno. FERNANDO MOYA MEDINA Alcalde (e) 32017