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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (04/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

Pág. 210817 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de octubre de 2001 SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS REPORTE Nº 6 D EMPRESA: .............................................................................................................................. FECHA (AÑO/MES/DÍA): ........................................................................................................ TASA PROMEDIO DE MONTO TASA PROMEDIO DE MONTO EFECTIVA COMISIONES, DESEMBOLSADO 3/EFECTIVA COMISIONES, PORTES DESEMBOLSADO 3/ ANUAL 1/PORTES Y OTROS (en nuevos soles) ANUAL 1/Y OTROS CARGOS (en dólares de N.A.) (%) CARGOS DIRECTOS 2/(%) DIRECTOS 2/ (en nuevos soles) (en US dólares) A. Comerciales A.1 Avances en Cuenta Corriente 4/ Promedio Preferencial A.2 Sobregiros en Cuenta Corriente 5/ Promedio Preferencial A.3 Tarjetas de Crédito 6/ Promedio A.4 Descuentos y préstamos hasta 30 días 7/ Promedio Preferencial A.5 Descuentos y préstamos de 31 a 90 días 7/ Promedio Preferencial A.6 Descuentos y préstamos de 91 a 180 días 7/ Promedio Preferencial A.7 Descuentos y préstamos de 181 a 360 días 7/ Promedio Preferencial A.8 Descuentos y préstamos mayor a 360 días 7/ Promedio Preferencial B. Microempresas B.1 Sobregiros en Cuenta Corriente 8/ Promedio B.2 Tarjetas de Crédito 9/ Promedio B.3 Descuentos y préstamos hasta 360 días 10/ Promedio B.4 Descuentos y préstamos mayor a 360 días 10/ Promedio C. Consumo C.1 Tarjetas de Crédito 11/ Promedio C.2 Préstamos hasta 360 días 12/ Promedio C.3 Préstamos mayor a 360 días 12/ PromedioTASAS DE INTERES ACTIVAS DE OPERACIONES DIARIAS * MONEDA NACIONAL MONEDA EXTRANJERA OPERACIONES ACTIVAS D. Hipotecarios D.1 Préstamos hipotecarios para vivienda 13/ Promedio E. Interbancarios otorgados 14/ * Notas: - Registrar sólo las nuevas operaciones. Las renovaciones automáticas serán consideradas como nuevos desembolsos, por lo que deberán ser registradas en el reporte. - En el caso de créditos con revisión de tasas de interés, consignar la tasa según el plazo contractual del crédito. 1/ Tasa de interés compensatoria efectiva promedio aritmético ponderado de las operaciones realizadas el día anterior a la fecha del reporte. En el caso de las tasas preferenciales consignar la tasa más baja a la que la empresa haya realizado cada tipo de operación activa. 2/ Monto promedio por concepto de comisiones, portes y otros cargos directos, cobrado al cliente durante los siguientes 30 días desde la fecha del desembolso. 3/ Monto desembolsado el día anterior a la fecha del reporte. 4/ Considerar como referencia la cuenta analítica 1401.01.01 del Catálogo de Cuentas del Manual de Contabilidad. 5/ Considerar como referencia la cuenta analítica 1401.01.04 del Catálogo de Cuentas del Manual de Contabilidad. 6/ Considerar como referencia la cuenta analítica 1401.01.02 del Catálogo de Cuentas del Manual de Contabilidad. Para el cálculo de la tasa de interés no considerar los saldos correspondientes a clientes que pagan al contado. 7/ Considerar como referencia las cuentas analíticas 1401.01.05 + 1401.01.06 del Catálogo de Cuentas del Manual de Contabilidad. 8/ Considerar como referencia la cuenta analítica 1401.02.04 del Catálogo de Cuentas del Manual de Contabilidad. 9/ Considerar como referencia la cuenta analítica 1401.02.02 del Catálogo de Cuentas del Manual de Contabilidad. Para el cálculo de la tasa de interés no considerar los saldos correspondientes a clientes que pagan al contado. 10/ Considerar como referencia las cuentas analíticas 1401.02.05 + 1401.02.06 del Catálogo de Cuentas del Manual de Contabilidad. 11/ Considerar como referencia la cuenta analítica 1401.03.02 del Catálogo de Cuentas del Manual de Contabilidad. Para el cálculo de la tasa de interés no considerar los saldos correspondientes a clientes que pagan al contado. 12/ Considerar como referencia la cuenta analítica 1401.03.06 del Catálogo de Cuentas del Manual de Contabilidad. 13/ Considerar como referencia la cuenta analítica 1401.04.06 del Catálogo de Cuentas del Manual de Contabilidad. 14/ Considerar como referencia la cuenta 1201 del Catálogo de Cuentas del Manual de Contabilidad. GERENTE GENERAL FUNCIONARIO AUTORIZADO