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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (14/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 209978 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de setiembre de 2001 Que, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, y su Reglamento aprobado por De- creto Supremo Nº 094-92-PCM; es de obligación para todas las entidades de la Administración Pública apro- bar y publicar su correspondiente Texto Unico de Proce- dimientos Administrativos - TUPA; Que, mediante Resolución Presidencial Ejecutiva Nº 192-CTAR-LL de fecha 22 de marzo de 1999, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, del Con- sejo Transitorio de Administración Regional La Libertad; Que, mediante Resolución Presidencial Ejecutiva Nº 500-2000-CTAR-LL, se aprueba la Actualización y Modi- ficación del Texto Unico de Procedimientos Administra- tivos - TUPA de la Sede Central del Consejo Transitorio de Administración Regional La Libertad; Que, mediante Resolución Presidencial Ejecutiva Nº 188-2001-CTAR-LL, se aprueba la incorporación de un procedimiento administrativo relacionado con el acceso a la información que posean o produzcan las unidades orgánicas de la Sede Central del Consejo Transitorio de Administración Regional La Libertad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 051-2001-PCM de fecha 4 de mayo de 2001, se indica que las entidades del Sector Público a que se refiere el Artículo 20º del Decreto Legislativo Nº 757, deberán incorporar en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), el procedimiento aprobado por dicha norma referido a la documentación que deben contener los expedientes de los solicitantes de pres- taciones del Decreto Ley Nº 20530, y que deberán ser remitidos a la Oficina de Normalización Previsional (ONP); Que, asimismo, es necesario incorporar un nuevo procedimiento en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Sede Central del Consejo Transitorio de Administración Regional La Libertad, relacionado con el alquiler de la maquinaria pesada operativa del CTAR; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 087-95-INAP/ DTSA, se aprueba la Directiva Nº 001-95-INAP/DTSA: "Pautas Metodológicas para la Fijación de Costos de los Procedimientos Administrativos", es decir, se establecen pautas par determinar el costo real de los servicios que brindan las instituciones a través de la estructura de costos; Que, es necesario aprobar la actualización del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Sede Central del Consejo Transitorio de Administración Regional La Libertad, propuesto por la Subgerencia de Desarrollo Institucional e Informática de la Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Ins- titucional, incorporando los nuevos procedimientos re- lacionados con la documentación indispensable que de- ben contener los expedientes de los solicitantes de Pres- taciones Pensionarias, los mismos que se enmarcan dentro del aspecto normativo y legal del Decreto Supre- mo Nº 051-2001-PCM, así como, el procedimiento rela- cionado con el alquiler de la maquinaria pesada operati- va del CTAR, respectivamente; Contando con las visaciones correspondientes y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26922 - Ley Marco de Descentralización, y Decreto Supremo Nº 010- 98-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la actualización del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Sede Central del Consejo Transitorio de Administración Regional La Libertad, el mismo que consta de cuarentitrés (43) Procedimientos Administrativos Sustantivos, y que, en Anexo adjunto, forman parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría Gene- ral e Imagen Institucional, la difusión y publicación del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA, en el Diario Oficial de la Región. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto las Resoluciones Presidenciales Ejecutivas Nº 500-2000-CTAR-LL, de fe- cha 28 de junio del 2000, y Nº 188-2001-CTAR-LL, de fecha 13 de marzo del 2001 Regístrese y comuníquese. GILBERTO DOMINGUEZ LOPEZ Presidente EjecutivoQue, de lo mencionado en los considerandos que preceden, el derecho a pagar asciende a la suma total de S/. 2 394.30 nuevos soles de los cuales el apelante ha pagado la suma de S/. 14.00, mediante recibo Nº 00003769 del 14 de marzo de 2001, quedando una diferencia a pagar de S/. 2 380.30 nuevos soles; Que, en consecuencia, la liquidación efectuada por el Registrador no se encuentra conforme a los montos de los actos materia de rogación, por lo que resulta proce- dente amparar la presente solicitud; Que, en cuanto al oficio adjuntado en copia simple, mediante Hoja de Trámite Documentario Nº 30052 del 16 de julio de 2001, dicha copia no da mérito para su calificación conforme a lo previsto en el Artículo 123º del Reglamento General de los Registros Públicos; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2011º del Código Civil, el Numeral IV del Título Prelimi- nar y Artículos 150º y 151º del Reglamento General de los Registros Públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: REVOCAR la liquidación de los derechos registrales formulada por el Registrador del Registro de Propiedad Inmueble del Callao, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución y DISPONER que la misma se realice conforme a lo expresado en el octavo, noveno y décimo considerandos. Regístrese y comuníquese. ELENA VÁSQUEZ TORRES Presidenta de la Segunda Sala del Tribunal Registral FERNANDO TARAZONA ALVARADO Vocal del Tribunal Registral SAMUEL GÁLVEZ TRONCOS Vocal del Tribunal Registral 30820 CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL Aprueban actualización del Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos de la Sede Central del CTAR La Libertad CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL LA LIBERTAD RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL EJECUTIVA Nº 570-2001-CTAR-LL Trujillo, 24 de julio del 2001 VISTO: La Propuesta de Actualización del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA, de la Sede Cen- tral del Consejo Transitorio de Administración Regional La Libertad, presentada por la Subgerencia de Desarrollo Institucional e Informática de la Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 25035 - Ley de Simplificación Administrativa y Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Reglamento de la misma, puso en vigencia un conjunto de normas destinadas al mejoramiento y agilización de los servicios públicos;