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Pág. 220795 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de abril de 2002 Privativa de Libertad Efectiva, Gerencia de Registro de Fis- cales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 6127 S B S Disponen tener por suspendido proce- so liquidatorio del Banco Nuevo Mun- do iniciado por Res. SBS Nº 775-2001 RESOLUCIÓN SBS Nº 303-2002 Lima, 3 de abril de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTO: El Oficio Nº 464-02-SSCP-CS del Presidente de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justi- cia de la República, del 2 de abril de 2002, recibido en la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución sin número del 22 de marzo de 2002, ha dispuesto como medida cau- telar, dentro del expediente C.A. Nº 473-2001-A, la sus- pensión de los efectos de la Resolución SBS Nº 775-2001 del 18 de octubre de 2001, hasta que concluya el referido proceso judicial; Que, sin perjuicio de los recursos impugnativos que presentará esta Superintendencia contra la referida reso- lución judicial, corresponde dictar las medidas necesarias para su acatamiento; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 2) del Artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificato- rias, y conforme a lo establecido en la Resolución SBS Nº 1028-2001 del 27 de diciembre de 2001; RESUELVE: Artículo Primero.- En acatamiento de la Resolución de fecha 22 de marzo de 2002, dictada por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Repú- blica, en el proceso referido en la parte considerativa de la presente resolución, téngase por suspendido, a partir de la fecha, el proceso liquidatorio iniciado por efecto de la Re- solución SBS Nº 775-2001, de fecha 18 de octubre de 2001. Artículo Segundo.- Póngase la presente Resolución en conocimiento de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente de Banca y Seguros (e) 6182 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADUANAS Otorgan a persona jurídica la buena pro de diversos ítems del Concurso Públi- co Nº 009-2001-ADUANAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000204 Callao, 26 de marzo de 2002VISTO: El Memorándum Nº 155-2002-ADUANAS-INAR de la Intendencia Nacional de Administración y Recaudación Aduanera, el Memorándum Nº 535-2002-ADUANAS-INAR- GL de la Gerencia de Logística y los Expedientes Nºs. 000- 2002-7997, 000-2002-8312, 000-2002-8293, mediante los cuales se informa a la Superintendencia Nacional, los re- sultados de la fiscalización posterior en el Concurso Públi- co Nº 009-2001-ADUANAS, para la Contratación de Servi- cios de Mantenimiento Preventivo y Limpieza de las Insta- laciones de Aduanas de Lima y Mollendo; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 1252 de fecha 16 de noviembre del 2001, se aprobó el expediente del Concurso Público Nº 009-2001- ADUANAS para contratar el Servicio de Mantenimiento Preventivo y de Limpieza de las Instalaciones de Aduanas a nivel nacional, siendo éstas, Sede Central, (Item 01) Adua- na Marítima (Item 02), Gerencia de Almacenes de Santa Anita (Item 03), Aduana Aérea (Item 04), Aduana Postal (Item 05), Aduana Mollendo (Item 06); asimismo, mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 1315 de fecha 4 de diciembre del 2001 se aprobaron las Bases del mencionado concurso, disponiéndose la publicación de la Convocatoria en el Diario Oficial El Peruano; Que con fecha 25 de enero del 2002, se realizó el Acto Público de Presentación de Propuestas, habiendo el Co- mité Especial recepcionado cinco propuestas correspon- dientes a las empresas SALIMPSA, PISERSA, SILSA, LI- MASA, Consorcio LIVA SRL CARPAYO S.A., conforme se desprende del Acta de "Presentación de Propuesta Técni- ca y Económica y Apertura del Sobre Nº 01" que corre a fojas 120 del file administrativo, observándose que el Con- sorcio LIVA S.R.L. CARPAYO S.A. (CONSORCIO) partici- pó en cinco de los seis ítem convocados, absteniéndose de participar en la Aduana de Mollendo (Item 06); Que con fecha 30 de enero del 2002, se realizó el Acto Público de "Informe de Evaluación Técnica, Apertura del sobre de la Propuesta Económica y Otorgamiento de la Buena Pro en Mesa", en la cual el Comité Especial otorgó la Buena Pro a las Empresas participantes, según el si- guiente cuadro: POSTORES PUNTAJES TOTALES Item 01 Item 02 Item 03 Item 04 Item 05 Item 06 SALINPSA 104.264 106.493 101.298 102.560 101.749 107.940 PISERSA 107.616 107.327 101.883 105.956 114.069 105.860 SILSA 102.523 102.897 100.934 0.000 0.000 114.000 LIMASA 104.887 105.344 0.000 0.000 98.187 0.000 LIVA CARPAYO 109.687 113.137 109.687 109.687 104.687 0.000 Que con fecha 6 de febrero del 2002, la Empresa PI- SERSA interpuso recurso de apelación contra el acto de Otorgamiento de la Buena Pro de los ítem 1, 2, 3 y 4, sien- do declarada infundada por Aduanas mediante Resolución de Superintendencia Nº 0115 de fecha 19 de febrero del 2002; Que con fechas 27 de febrero y 13 de marzo del 2002, una vez consentida la Buena Pro, esta entidad dispuso la publicación del Otorgamiento de la Buena Pro, en el Diario Oficial El Peruano, en aplicación del Artículo 76º del Re- glamento del TUO LCAE; Que, mediante Memorándum Nº 535-2002-ADUA- NAS-INAR-GL, la Gerencia de Logística informa a la In- tendencia Nacional de Administración y Recaudación Aduanera que como resultado de la fiscalización efec- tuada en el Concurso Público Nº 009-2001-ADUANAS, se ha detectado y comprobado la existencia de falsedad en las Declaraciones Juradas del Consorcio LIVA S.R.L.- CARPAYO S.A. conforme se desprende primero , de la Carta con Expediente Nº 000-2002-7997, emitida por la Empresa de Transportes Manuel Antonio Contreras S.A. - MACONSA en la cual se afirma que esta Empresa "no ha elaborado, ni mucho menos rubricado" el Certificado de Calidad del Servicio de fecha 9 de julio del 2000, pre- sentado por el CONSORCIO en el presente Concurso Público; segundo , de la Carta CCE-792-A-478-2002 con