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Pág. 220928 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de abril de 2002 Para el cumplimiento de lo antes señalado, la INPC, a través de la Gerencia de Operaciones, analiza las diversas Operaciones de Comercio Exterior conducentes a hallar determinados perfiles que permitan prevenir, perseguir y/o reprimir las infracciones y delitos aduaneros. Como parte de su accionar, la INPC efectúa visitas inopi- nadas a los Operadores de Comercio Exterior en Zona Pri- maria, a fin de verificar las operaciones que ejecutan sobre la mercancía internada al país, pudiendo realizar dicha veri- ficación antes, durante y/o después de su despacho. Dentro del proceso de verificación, se incluye la inspec- ción física de mercancía seleccionada por el personal de ADUANAS a cargo de la verificación, la cual se realizará con la participación del representante del Operador res- ponsable de la custodia de la misma y la del Agente de Aduanas y/o Despachador de la empresa de Courier a quien viene destinada la mercancía de encontrarse presente. El operador encargado de la custodia de la carga debe dar las facilidades que el caso amerite a la autoridad aduane- ra, para el cumplimiento de sus funciones. Asimismo el perso- nal de ADUANAS podrá solicitar la información que estime pertinente en relación a la mercancía objeto de verificación. El resultado de dicha diligencia se consigna en el "Acta de Inspección" (según anexo adjunto) para los efectos ad- ministrativos y/o legales que pudiera conllevar, la misma que deberá ser suscrita y firmada por el representante de Aduanas, el representante del Operador de Comercio Ex- terior responsable de la custodia de la mercancía y de en- contrarse presente el Agente de Aduana y/o Despachador de la Empresa de Courier. Atentamente, LUIS E. ORTEGA PORTELLA Intendente Nacional Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando y Control Fronterizo ANEXO ACTA DE INSPECCIÓN Nº -(Año)-(Unidad Orgánica) I. DATOS DE LA INSPECCIÓN - Lugar: (Almacén Aduanero, Sede Central, Intendencia u Otros) - Fecha: - Hora: II. DATOS GENERALES DE LA ACCIÓN - Ficha Informativa: - Manifiesto: - Documento de Transporte (B/L, AWB, etc.): - Otro: III. ACCIONES REALIZADAS Y HECHOS VERIFICA- DOS Se consigna lo inventariado: Con lo que se dio por terminada la diligencia de Inspec- ción, firmando en señal de conformidad los presentes, lue- go de haberse dejado la carga de igual manera de cómo fue encontrada y con los Precintos de Seguridad de ADUANAS Nºs. ............................................................................................... ------------------------------------- ------------------------------------------------- ADUANAS TERMINAL DE ALMACENAMIENTO Firma: Firma: Código: Post firma DNI: Cargo: --------------------------------------- ------------------------------------------- DUEÑO O CONSIGNANTE AGENTE DE ADUANA Firma: Firma: Post firma: Post firma: DNI: DNI: Cargo: 6220FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000165 Mediante Oficio Nº 304-2002-ADUANAS/SG la Super- intendencia Nacional de Aduanas solicita Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000165 publicada en la edición del día 23.3.2002, en la página 219804. En el Quinto Considerando: DICE: "... y mediante la cual propone al Estudio JORGE CÉSAR VILLEGAS ABOGADOS, en consideración a la experiencia y calidad profesional del doctor JORGE C. VILLEGAS RAT- TI, situación que determinó haber sido designado como Procurador Público Ad Hoc de Aduanas para el presente caso;" DEBE DECIR: "... y mediante la cual propone al Estudio JULIO CÉSAR VILLEGAS ABOGADOS, en consideración a la experiencia y calidad profesional del doctor JORGE VILLEGAS RATTI, situación que determinó haber sido designado como Pro- curador Público Ad Hoc de Aduanas para el presente caso". 6244 CONSUCODE TRIBUNAL DE CONTRA TACIONES Y ADQUISICIONES DEL EST ADO DETERMINA CIÓN DE NUEV A CONVOCATORIA A AUDIENCIA PÚBLICA EN CASO DE AUSENCIA DE UN VOCAL ACUERDO Nº 004/003 de fecha 4.3.2002 Visto y considerando lo expuesto por el señor Presidente, el Tribunal, luego del debate correspondiente, por unanimi- dad: Acordó establecer que en los procedimientos admi- nistrativos tramitados ante el Tribunal, en los casos que se produzca variación en la conformación de la Sala por cau- sa de ausencia de uno o más de sus miembros, que conlle- ve, como consecuencia, que los Vocales que participaron en la Audiencia Pública de informes orales sean distintos a los que se encuentran conformando la Sala en la oportuni- dad de resolver el expediente, la Sala respectiva citará nuevamente a Audiencia Pública de informes orales, suspendiendo el plazo para resolver, el mismo que se em- pezará a computar, a partir del día siguiente de realizada la Audiencia Pública. Este acuerdo constituye criterio que sienta precedente de observancia obligatoria. SS. DELGADO POZO BERAMENDI GALDÓS CABIESES LÓPEZ OCHOA CARDICH RODRÍGUEZ ARDILES 6270 TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO OBLIGATORIEDAD DE LA EMISIÓN DEL VOTO DEL VOCAL REEMPLAZANTE Q UE SIGUE EJERCIENDO FUNCIÓN JURISDICCIONAL EN SU SALA DE ORIGEN ACUERDO Nº 005/003 de fecha 4.3.2002 Visto y considerando lo expuesto por el señor Presidente, el Tribunal, luego del debate correspondiente, por unanimi- dad: Acordó establecer que en los casos en que se haya producido una nueva conformación de la Sala, de tal suerte que los Vocales que participaron en la Audiencia Pública de informes orales sean distintos a los que la conforman en la oportunidad de resolver el expediente, excepcionalmente,