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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (06/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

Pág. 220930 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de abril de 2002 ms Nºs. 11, 12, 13, 56, 64, 83, 84, 113, 172, 193, 195, 204, 208 y 250 de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0299M00291, desde la etapa de evaluación económica, al haberse contravenido el Artículo 33º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, norma esencial de los procesos de selección; Que, conforme a lo señalado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el Oficio Nº 1194/2001 (GTN-MON) del 9 de noviembre del 2001, corresponde en forma exclusiva al Titular del Pliego la fa- cultad prevista en el Artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. DECLARAR de oficio la nulidad de los ítems Nºs. 11, 12, 13, 56, 64, 83, 84, 113, 172, 193, 195, 204, 208 y 250 de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0299M0291 "Ad- quisición de material médico" desde la etapa de evaluación económica; en consecuencia, sin efecto el otorgamiento de la buena pro de los mencionados ítems. 2. DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición. 3. DISPONER que la Secretaría General notifique la pre- sente resolución al Comité Especial de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0299M0291, la Gerencia Central de Lo- gística e Infraestructura y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL VILLEGAS CERRO Presidente Ejecutivo 6293 Cancelan ítem del Concurso Público Nº 0199P00081 "Contratación del ser- vicio de mantenimiento de equipos biomédicos de alta tecnología" RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 301-GG-ESSALUD-2002 Lima, 5 de abril del 2002 VISTA: La Carta Nº 320-GCLI-ESSALUD-2002 mediante la cual se solicita la cancelación del ítem Nº 09 del Concurso Pú- blico Nº 0199P00081 "Contratación del servicio de mante- nimiento de equipos biomédicos de alta tecnología"; y, CONSIDERANDO: Que, el 18 de febrero del 2002, el Comité Especial con- vocó el Concurso Público Nº 0199P00081, con el objeto de contratar el servicio de mantenimiento de equipos biomédi- cos de alta tecnología de los Centros Asistenciales de ES- SALUD, por un valor referencial total de S/. 2’529,014.04 (Dos millones quinientos veintinueve mil catorce con 04/100 nuevos soles); Que, de acuerdo a las Bases del Concurso Público Nº 0199P00081, el ítem Nº 09 corresponde al servicio de mantenimiento de los equipos biomédicos de alta tecnolo- gía que se encuentran en el Hospital Nacional Carlos Al- berto Seguín Escobedo, los mismos que comprenden: 01 Tomógrafo axial computarizado, 01 Cineangiógrafo, 01 Pro- cesador Automático de Placas y 01 Arco en C; Que, según lo señalado en la Carta Nº 511-GEMGCLI- ESSALUD-2002 del 15 de marzo del 2002, de la Gerencia de Equipamiento y Mantenimiento de la Gerencia Central de Logística e Infraestructura, debido a la ejecución de la obra "Reparación de daños ocasionados por el sismo de junio del 2001 y reforzamiento estructural del Hospital Na- cional Carlos Alberto Seguín Escobedo de Arequipa" el Ci- neangiógrafo será desmontado y se mantendrá inoperativo por un período aproximado de seis (6) meses, por lo que no podrá recibir el servicio de mantenimiento materia del Concurso Público Nº 0199P00081; Que, asimismo, en dicha carta se señala que al ser el Cineangiógrafo parte de un ítem, conjuntamente con el To- mógrafo axial computarizado, el Procesador Automático de Placas y el Arco en C, cuyo valor referencial se determinó a suma alzada, no existe manera de desagregar el costo delservicio de mantenimiento para cada equipo, por lo que procedería cancelar la totalidad del ítem Nº 09 del Concur- so Público Nº 0199P00081; Que, el Artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que en cualquier estado del proceso de selección, hasta antes del otorgamiento de la buena pro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presu- puesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente; Que, atendiendo a lo señalado en la Carta Nº 511-GE- MGCLI-ESSALUD-2002, en estricto sólo habría desapare- cido la necesidad de contratar el servicio de mantenimiento del Cineangiógrafo, subsistiendo la necesidad de contratar el referido servicio para los otros tres (3) equipos que con- forman el ítem; Que, sin embargo, debe tenerse en cuenta que la cancela- ción parcial del ítem Nº 09 terminaría por distorsionar el valor referencial de dicho ítem, situación que afectaría direc- tamente la evaluación de las propuestas económicas. Ello teniendo en consideración que el costo del servicio de man- tenimiento no puede desagregarse para cada equipo; Que, en tal sentido, la imposibilidad de que el Cinean- giógrafo reciba el servicio de mantenimiento configuraría una causal de fuerza mayor que obligaría a cancelar la to- talidad del ítem Nº 09; Que, según el Artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la cancelación de un proceso de selección deberá formalizarse mediante resolución del mismo o superior nivel que aquél que dio inicio al expediente de contratación; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1.- CANCELAR el ítem Nº 09 del Concurso Público Nº 0199P00081 "Contratación del servicio de mantenimiento de equipos biomédicos de alta tecnología". 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el que se hubiera publi- cado la convocatoria del Concurso Público Nº 0199P00081 "Contratación del servicio de mantenimiento de equipos bio- médicos de alta tecnología", dentro de los cinco (5) días posteriores a su expedición. 3.- DISPONER que la Secretaría General comunique por escrito la decisión adoptada a través de la presente resolución, a los miembros del Comité Especial del Con- curso Público Nº 0199P00081 "Contratación del servicio de mantenimiento de equipos biomédicos de alta tecnología", dentro del día siguiente de su expedición. 4.- DISPONER que la Gerencia Central de Logística e Infraestructura notifique a los postores que presentaron propuestas para el ítem Nº 09 del Concurso Público Nº 0199P00081 "Contratación del servicio de mantenimiento de equipos biomédicos de alta tecnología", para el reinte- gro que corresponda del pago efectuado para adquirir las Bases, dentro del plazo establecido por la ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ASABEDO FERNÁNDEZ CARRETERO Gerente General (e) ESSALUD 6318 FONAFE Designan miembros del Directorio de la Empresa Petróleos del Perú S.A. - PE- TROPERÚ ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 014-2002/005-FONAFE Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financia- miento de la Actividad Empresarial del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modifica- torias, la designación de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE reali- zada por el Directorio de dicha Empresa, deberá ser publi- cada en el Diario Oficial El Peruano e instrumentada en Junta General de Accionistas.