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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (08/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 220988 NORMAS LEGALES Lima, lunes 8 de abril de 2002 PODER EJECUTIVO JUSTICIA Autorizan viaje de funcionarios del Archivo General de la Nación para par- ticipar en el "Encuentro de la Aso- ciación Latinoamericana de Archivos" que se realizará en Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 122-2002-JUS Lima, 5 de abril de 2002 Visto el Oficio Nº 301-2002-AGN/J de fecha 1 de abril del año 2002, de la Jefa del Archivo General de la Nación; CONSIDERANDO: Que el Archivo Nacional de Chile y la Asociación Lati- noamericana de Archivos - ALA, desarrollarán el "Encuen- tro de la Asociación Latinoamericana de Archivos", que se realizará en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 9 al 12 de abril del año 2002, en el que se trata- rán y analizarán alternativas y limitaciones de las aplica- ciones tecnológicas; Que para tal efecto se ha aceptado la participación de los señores abogados Pilar Remy Simatovic, Jefa Institucional y, Lizardo Pasquel Cobos, Director de la Oficina de Asesoría Jurídica del Archivo General de la Nación, quien será conferencista en las Mesas Redondas que se llevarán a cabo en el mencionado evento; Que en consecuencia, es necesario autorizar el viaje y los gastos por concepto de pasajes aéreos y gastos de aeropuerto. Los viáticos serán asumidos por la Asociación Latinoamericana de Archivos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores abo- gados Pilar Remy Simatovic, Jefa del Archivo General de la Nación y, Lizardo Pasquel Cobos, Director de la Oficina de Asesoría Jurídica de la mencionada institu- ción, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 9 al 12 de abril del año 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Re- solución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la presente Re- solución serán cubiertos por el Pliego 060 Archivo Ge- neral de la Nación, de acuerdo al siguiente detalle: Pilar Remy Simatovic Pasajes US$236,00 Tarifa CORPAC US$25,00 Lizardo Pasquel Cobos Pasajes US$236,00 Tarifa CORPAC US$25,00 Artículo 3º.- Los gastos por estadía, serán asumidos por la Asociación Latinoamericana de Archivos, no signifi- cando costo alguno con cargo al Presupuesto del Archivo General de la Nación.Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación a favor de los funcio- narios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 6362 MITINCI Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del Comité de Administración de la Zona de Trata- miento Especial Comercial de Tacna - ZOTAC DECRETO SUPREMO Nº 012-2002-ITINCI EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2001-ITINCI, del 28 de junio de 2001, se aprobó el Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos (TUPA) del Comité de Admi- nistración de la Zona de Tratamiento Especial Comercial de Tacna - ZOTAC, Administrador del sistema CETICOS Tacna; Que, el TUPA antes referido, incluye no sólo procedi- mientos administrativos, sino los servicios prestados en exclusividad por el Comité de Administración de la ZOTAC; Que, resulta necesario actualizar el TUPA del Co- mité de Administración de la Zona de Tratamiento Es- pecial Comercial de Tacna - ZOTAC y adecuarlo a la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Gene- ral, Decreto Ley Nº 25831 y Decreto Supremo Nº 011- 2002-ITINCI; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos - TUPA del Comité de Adminis- tración de la Zona de Tratamiento Especial Comercial de Tacna - ZOTAC, conforme al texto anexo que, en 20 folios, forma parte integrante del presente Decreto Su- premo. Artículo 2º.- Derógase el Decreto Supremo Nº 019- 2001-ITINCI y demás normas que se oponen al presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de abril del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales