Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2002 (08/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, lunes 8 de MORDAZA de 2002

General de Caminos, a la MORDAZA de Vina MORDAZA, Republica de MORDAZA, durante los dias 21 al 24 de MORDAZA de 2002, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa de Aeropuerto US$ 409.50 US$ 800.00 US$ 25.00

Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 6330

Articulo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero MORDAZA MORDAZA Ataucuri, Jefe de la Division de Telematica de la Direccion de Investigacion y Tecnologia del INICTEL, a la MORDAZA de MORDAZA, Espana, durante los dias 8 de MORDAZA al 7 de septiembre de 2002, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irrogara gastos al Estado. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 6329

Autorizan viaje de funcionario del INICTEL a Espana para participar en trabajo conjunto de investigacion sobre tecnicas de agregacion en arquitecturas de calidad de servicio para redes IP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 186-2002-MTC/15.03 MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2002 Visto, el Oficio Nº 039-2002-MTC/INICTEL-CD de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion en Telecomunicaciones INICTEL; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Politecnica de MORDAZA ha cursado invitacion al ingeniero MORDAZA MORDAZA Ataucuri, profesional del INICTEL, para que participe en el trabajo conjunto de investigacion denominado "Contribucion al estudio de las tecnicas de agregacion en arquitecturas de calidad de servicio escalables para redes IP", el cual se desarrollara en la sede de la mencionada Universidad, en la MORDAZA de MORDAZA, Espana, durante los dias 8 de MORDAZA al 7 de septiembre de 2002; Que, las actividades de investigacion a realizarse en el Departamento de Ingenieria de Sistemas Telematicos de la referida Universidad, tienen como objetivo analizar, proponer y simular nuevos escenarios para la futura Internet; Que, el Consejo Directivo del INICTEL mediante Acuerdo Nº 6.7.2002 aprobo la participacion del ingeniero MORDAZA MORDAZA Ataucuri, Jefe de la Division de Telematica de la Direccion de Investigacion y Tecnologia, para que asista a la MORDAZA de MORDAZA y participe en el trabajo de investigacion a que se alude; Que, es de interes de INICTEL la participacion en el curso mencionado, ya que permitira la capacitacion en nuevas tecnologias a ser aplicadas en la informacion, lo cual redundara en beneficio de la institucion y del pais; Que, los gastos que ocasione la participacion del profesional mencionado, seran asumidos por la Universidad Politecnica de Madrid; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, Ley Nº 27619 y Decretos Supremos Nºs. 048-2001-PCM y 0532001-PCM;

Otorgan a empresas y persona natural autorizacion y permiso de instalacion para operar estaciones del servicio de radiodifusion comercial por television
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 196-2002-MTC/15.03 MORDAZA, 21 de marzo de 2002 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RIMASCA PRODUCCIONES S.A.C., para que se le otorgue autorizacion para instalar y operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en el distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion;

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