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Pág. 221282 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de abril de 2002 II REGISTRO DE PERSONAS NATURALES 2.1Mandatos y poderes 2.2Sucesión Intestada 2.3Testamento 2.4Comerciante 2.5Personal 2.6Otros Actos Inscribibles en el Registro de Perso- nas Naturales III REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS 3.1Sociedades 3.2Empresa Individual de Responsabilidad Limitada 3.3Asociaciones 3.4Fundaciones 3.5Comités 3.6Cooperativas 3.7Comunidades Campesinas 3.8Comunidades Nativas 3.9CAFAE 3.10Sociedades Mineras 3.11Hidrocarburos 3.12Otros Actos Inscribibles en el Registro de Perso- nas Jurídicas IV REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE 4.1Registro de Propiedad Inmueble 4.2Sección Especial de Predios Rurales 4.3Embarcaciones Pesqueras 4.4Registro Público de Aeronaves 4.5Registro de Buques 4.6Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos 4.7Registro de Derechos Mineros 4.8Otros Actos Inscribibles en el Registro de la Pro- piedad Inmueble V REGISTRO DE BIENES MUEBLES 5.1Registro de Propiedad Vehicular 5.2Registro Fiscal de Ventas a Plazos 5.3Registro de Prenda - Prenda Industrial - Prenda Global y Flotante - Prenda Agrícola 5.4Otros Actos Inscribibles en el Registro de Bienes Muebles B.- PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS I RECURSOS ADMINISTRATIVOS Y QUEJAS II NOMBRAMIENTO, INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE MARTILLEROS PÚBLICOS 2.1 En la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos 2.2 En la Oficina Registral de Lima y Callao III ACCESO A LA INFORMACIÓN (NO REGISTRAL) IV ÍNDICE DE VERIFICADORES V TÍTULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE VI PROCEDIMIENTOS PREVISIONALES -RÉGIMEN 20530- EN LA SUNARP Y EN SUS ÓRGANOS DESCON- CENTRADOS VII DEVOLUCIÓN DE DERECHOS REGISTRALES ANEXO 1: SERVICIOS DE PUBLICIDAD REGISTRAL ANEXO 2: ESTRUCTURA DE TASAS PARA EL SERVI- CIO DE PUBLICIDAD MASIVA DE ÍNDICES EN EL RE- GISTRO DE PROPIEDAD VEHICULARtrativos que, por exigencia legal, deben iniciar los adminis- trados ante las entidades de la administración pública, con el fin de satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, de- ben estar contenidos en el correspondiente Texto Único de Procedimientos Administrativos, cuya aprobación correspon- de efectuarla mediante Decreto Supremo del Sector; Que mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-JUS se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y de sus Órganos Desconcentrados, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 009-2000-JUS y 017-2001-JUS; Que la Superintendencia Nacional de los Registros Pú- blicos, en su condición de ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos y organismo público descentrali- zado del Sector Justicia, ha formulado el proyecto de Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Siste- ma Nacional de los Registros Públicos, el cual contempla los procedimientos de naturaleza administrativa que se tra- mitan ante los órganos que integran el Sistema Nacional de los Registros Públicos, así como los principales proce- sos de inscripción; Que el Código Civil en su Artículo 2009º establece una norma especial para el régimen legal de los Registros Pú- blicos, dada sus particularidades, señalando que los regis- tros públicos se sujetan a lo dispuesto en ese Código, a sus leyes y reglamentos especiales; Que atendiendo a la naturaleza compleja de los proce- sos registrales, es pertinente precisar que sólo se han es- tablecido los requisitos mínimos para la calificación, siendo que el íntegro de los requisitos necesarios para la inscrip- ción de actos y contratos en los distintos registros que inte- gran el Sistema Nacional de los Registros Públicos, está sujeto a la calificación a cargo del registrador público com- petente, conforme a las disposiciones legales y reglamen- tarias correspondientes, según la naturaleza del acto o con- trato susceptible de inscripción; Que del mismo modo, debido a la indeterminación de la cantidad de actos inscribibles, la enumeración de procedi- mientos de inscripción detallada en el TUPA, no restringe el derecho de los administrados a solicitar la inscripción de otros actos o contratos no comprendidos en ella; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento General y el Código Civil; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el "Texto Único de Procedimien- tos Administrativos - TUPA del Sistema Nacional de los Registros Públicos", que en anexo adjunto forma parte in- tegrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- La inscripción de actos y contratos en los distintos registros que integran el Sistema Nacional de los Registros Públicos, por su naturaleza registral, estará suje- ta a una calificación a cargo del registrador, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes. Artículo 3º.- Debido a la naturaleza indeterminada del número de actos inscribibles, la relación de Procedimientos Registrales en el TUPA aprobado por el presente Decreto Supremo, no restringe el derecho de los administrados a solicitar la inscripción de otros actos o contratos no com- prendidos en ella. Artículo 4º.- Los derechos de calificación deben ser paga- dos al momento de solicitar el servicio. Los derechos de ins- cripción pueden ser pagados conjuntamente con los derechos de calificación o luego de la presentación del título. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Justicia y entrará en vigencia a par- tir del día siguiente al de su publicación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de abril del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL SISTEMA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS CONTENIDO A.-PROCEDIMIENTOS REGISTRALES I PROCEDIMIENTOS COMUNES A TODOS LOS RE- GISTROS