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NORMAS LEGALES Pág. 221283Lima, sábado 13 de abril de 2002 N° PROCEDIMIENTO BASE LEGAL REQUISITOS DERECHO DE CALIFICACION AUTORIDAD QUE PAGO (TASA) AUTO- EVALUACION INICIO DE APRUEBA EL RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO MATICO POSITIVO NEGATIVO TRAMITE TRAMITE RECONSIDERACION APELACION A.-PROCEDIMIENTOS REGISTRALES I.-PROCEDIMIENTOS COMUNES A TODOS LOS REGISTROS 1 Rectificación de errores materiales Arts. 33, 76, 82 y 88 del Reglamento 1.-Solicitud del interesado indicando el error materia de GRATUITO 30 días Diario Registrador Público Tribunal Registral por causa imputable al Registro. General de los Registros Públicos (23/07/01) rectificación. 2.-Indicación del dato de la partida registral y número del título archivado. 2 Rectificación de errores materiales Art. 88 del Reglamento General de los 1.-Solicitud del interesado indicando el error materia de 0.48% UIT 30 días Diario Registrador Público Tribunal Registral por causa no imputable al Registro. Registros Públicos (23/07/01) rectificación. 2.-Indicación del dato de la partida registral, número y fecha del título archivado. 3.-Recibo de pago por derechos registrales. 3 Cierre de partidas por duplicidad Cap. II del Título V del Reglamento General 1.-Solicitud del interesado, indicando el dato de las partidas GRATUITO 30 días Mesa de partes u Gerencia del área o Jefe de la Oficina Registral y oposición al cierre de partidas. de los Registros Públicos (23/07/01) regisrtales materia de duplicidad. Tratándose de oposición al oficina de trámite quien haga sus veces cierre, se deberá presentar solicitud del interesado indicando documentario las causales que determinen la inexistencia de duplicidad o la improcedencia del cierre de partidas. 2.-Copia simple de la documentación que acredite la existencia de la duplicidad. 4 Desistimiento de la Rogatoria. Art. 13 del Reglamento General de los 1.-Solicitud del presentante del título con firma legalizada ante GRATUITO X Mesa de partes u Registrador Público o Tribunal Registral, tratándose Registros Públicos (23/07/01) Notario Público o verificada por el fedatario o cualquier otro oficina de trámite Tribunal Registral de una decisión del registrador funcionario autorizado para efectuar dicha certificación. documentario En caso que el presentante sea Notario, su desistimiento no requerirá legalización de firma. 2.-Número de título y fecha de presentación. 5 Duplicado de Anotación de Artículo 54 del Reglamento General de los 1.-Solicitud del interesado. 0.10% UIT para el X Mesa de partes u Registrador Público Inscripción. Registros Públicos (23/07/01) 2.-Dato del asiento de inscripción y la partida registral. Registro de Embarca- oficina de trámite 3.-Recibo de pago de derechos registrales. ciones Pesqueras; documentario y, 0.12%UIT para los demás. 6 Regularización de la omisión de Art. 71 del Reglamento General de los 1.-Solicitud dirigida al registrador público. GRATUITO 30 días Mesa de partes u Registrador Público Gerencia del área o quien firma en el asiento de inscripción. Registros Públicos (23/07/01) 2.-Dato de partida registral y título archivado. oficina de trámite haga sus veces documentario II.-REGISTRO DE PERSONAS NATURALES 2.1.- MANDATOS Y PODERES 1 Inscripción de mandato o poder. Arts. 145 al 167; 1790 al 1813 y 2036 1.-Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado 0.24% UIT por dere- 35 días, salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral al 2038 del Código Civil (25/07/84); 144 y suscrito. chos de calificación, prórroga o al 150 del Reglamento de Inscripciones 2.-Escritura pública en la que comparezca el mandante y y 0.24% UIT por suspensión. (21/12/1936); 58, 117 al 122 de la Ley del mandatario señalando las facultades que se conceden. derechos de Notariado (27/12/1992); 235 del Código 3.-Recibo de pago de derechos registrales. inscripción. Procesal Civil (04/03/1992). 4.-Otros según calificación registral y disposiciones vigentes. 2 Inscripción de poder otorgado en el Arts. 145 al 167; 1790 al 1813 y 2036 al 2038 del 1.-Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado 0.24% UIT por dere- 35 días, salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral extranjero. Código Civil (25/07/1984); 144 al 150 del y suscrito. chos de calificación, prórroga o Reglamento de Inscripciones (21/12/1936); 2.-Escritura Pública otorgada por el funcionario diplomático y 0.24% UIT por suspensión. 58, 117 al 122 de la Ley del Notariado o Notario extranjero, debidamente sellada, firmada y derechos de (27/12/1992), 235 del Código Procesal Civil legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. inscripción. (04/03/1992). 3.-Traducción del poder a inscribirse, de ser el caso. 4.-Otros según calificación registral y disposiciones vigentes. 3 Extinción de mandato o poder. Arts. 145 al 167; 1790 al 1813 y 2036 al 2038 0.24% UIT por dere- 35 días, salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral del Código Civil (25/07/1984); 144 al 150 del 1.-Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y chos de calificación, prórroga o Reglamento de Inscripciones suscrito y 0.24% UIT por dere- suspensión. (21/12/1936); 58, 117 al 122 de la Ley del 2.-Escritura Pública en el que se indique el cumplimiento o chos de inscripción. Notariado (27/12/1992), 235 del Código término del plazo del mandato; la revocación o renuncia del Procesal Civil (04/03/1992). poder. 3.-Para los casos de muerte, interdicción o inhabilitación, presentar el documento público en el cual se determina el deceso, la interdicción o inhabilitación. 3.-Recibo de pago de derechos registrales.Sistema Nacional de los Registros Públicos TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS