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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (15/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 221442 NORMAS LEGALES Lima, lunes 15 de abril de 2002 ORGANISMOS AUTÓNOMOS S B S Autorizan al Banco de Comercio la aper- tura de oficina especial en el distrito de Jesús María, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 313-2002 Lima, 9 de abril del 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Comercio, para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial en el interior del Cuartel General de la Fuerza Aérea del Perú, Primer Piso del Block B, ubicado en la Av. 28 de Julio s/n del distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solicita- da; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "C", mediante Informe Nº DESF "C" 054-2002; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Circular Nº B-1996-97; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resoluciones SBS Nº 003-98 y 034-2002; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Comercio la apertura de una Oficina Especial en el interior del Cuartel General de la Fuerza Aérea del Perú, Primer Piso del Block B, ubicado en la Av. 28 de Julio s/n del distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) 6827 Autorizan a la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito Maynas S.A. la apertura de oficina especial en la ciudad de Iquitos RESOLUCIÓN SBS Nº 316-2002 Lima, 10 de abril de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Maynas S.A., para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial ubicada en la calle Arequipa Nº 428 - Planta Baja, de la ciudad de Iquitos, distrito de Iqui- tos, provincia de Maynas y departamento de Loreto; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Intendente del Departa- mento de Evaluación del Sistema Financiero mediante In- forme Nº DESFF-043-OT/2002; y,De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban- ca y Seguros, Ley Nº 26702, la Circular SBS Nº CM- 184-97; el Procedimiento Administrativo Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado me- diante Resolución SBS Nº 551-2001, y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 034-2002 del 11 de enero de 2002; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito Maynas S.A., la apertura de una Oficina Es- pecial ubicada en la calle Arequipa Nº 428 - Planta Baja, de la ciudad de Iquitos, distrito de Iquitos, provincia de Maynas y departamento de Loreto. Artículo Segundo.- La Oficina Especial está autorizada para realizar operaciones de Créditos MES y de Consumo y Captación de Depósitos. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) 6834 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE Relación de proveedores, postores y contratistas sancionados por el Tribu- nal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de marzo de 2002 CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 072-2002/CONSUCODE/PRE Jesús María, 12 de abril de 2002 VISTO: El Memorándum Nº 162-2002-RNC del Gerente de Re- gistros, referido a la publicación del Listado de Inhabilita- dos para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 8º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se establece la obligatoriedad de publi- carse en el Diario Oficial El Peruano la relación de inhabili- tados para contratar con el Estado; Que, el Artículo 216º del Reglamento de la Ley, aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, esta- blece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, publicará mensualmente la relación de proveedores, postores o con- tratistas que hayan sido sancionados en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Regis- tros respecto de los proveedores, postores o contratistas sancionados, comunicados a dicha Gerencia por el Tribu- nal de Contrataciones y Adquisiciones del CONSUCODE durante el mes de marzo; y, De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 59º inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 y, del Artí- culo 4º numeral 3) y Artículo 7º numeral 22) del Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación de los proveedores, postores y contratistas sancionados por el