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Pág. 221560 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de abril de 2002 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario si- guientes de efectuado el viaje, la Secretaria Ejecutiva de PromPerú deberá presentar a la Institución un informe de- tallado, describiendo las acciones realizadas durante el viaje autorizado, conjuntamente con la entrega de la rendición de cuentas correspondiente a los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 7148 Modifican el Artículo 1º de la R.M. Nº 126-2002-PCM, que autorizó viaje de funcionario de OSINERG a Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 152-2002-PCM Lima, 17 de abril de 2002 Vista la Carta Nº 029-2002-OSINERG-SECD del Se- cretario del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 126-2002-PCM se autorizó el viaje del Ing. Miguel Révolo Acevedo, Gerente de Regulación de Distribución Eléctrica de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, a la ciudad de Sao Paulo, Brasil, del 31 de marzo al 26 de abril del 2002; Que la Universidad de Mackenzie ha informado que se ha cambiado la fecha del mencionado evento, el cual se realizará del 3 al 28 de junio de 2002 en la ciudad de Sao Paulo, Brasil; Que en consecuencia, es necesario modificar el Artí- culo 1º de la Resolución Ministerial Nº 126-2002-PCM; De conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado por De- creto Supremo Nº 053-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el Artículo 1º de la Resolu- ción Ministerial Nº 126-2002-PCM, el cual quedará redac- tado de la siguiente manera: "Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero MIGUEL RÉVOLO ACEVEDO, Gerente de Regulación de Distribu- ción Eléctrica de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifa- ria del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, a la ciudad de Sao Paulo, Brasil, del 3 al 28 de junio de 2002, para los fines expuestos en la parte consi- derativa de la presente Resolución." Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 7149 AGRICULTURA Modifican resolución mediante la cual se dictaron normas para ejecución del Pro- grama de Promoción a la Formalización del Comercio Algodonero de la variedad Tangüis, Campaña 2001-2002 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0387-2002-AG Lima, 12 de abril de 2002VISTO: El Oficio Nº 734-2002-AG-DGPA, de la Dirección Ge- neral de Promoción Agraria, sobre modificación de la Re- solución Ministerial Nº 0216-2002-AG; CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 0216-2002-AG, se dictó las normas necesarias para una mejor aplicación del Decreto de Urgencia Nº 005-2002, que creó con carácter extraordinario el "Programa de Promoción a la Formali- zación del Comercio Algodonero de la variedad Tangüis, Campaña 2001-2002" y del Decreto Supremo Nº 026-2002- EF, que lo reglamentó; Que con el oficio de visto, la Dirección General de Pro- moción Agraria ha propuesto la modificación de algunos artículos de la Resolución Ministerial precitada, con el ob- jeto de perfeccionar su aplicación; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar los incisos b) y c) del Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 0216-2002-AG, en los tér- minos siguientes: "b) La Dirección Regional Agraria Lima-Callao, a través de sus Agencias Agrarias de Barranca, Huaral, Huacho, Puente Piedra, Mala y Cañete. c) La Dirección Regional Agraria Ancash, a través de sus Agencias Agrarias de Moro (Chimbote), Casma y Huar- mey". Artículo 2º.- Modificar el segundo párrafo del Artículo 7º de la Resolución Ministerial Nº 0216-2002-AG, en la for- ma siguiente: "Dentro del segundo día útil de recibida la informa- ción a que se refiere el párrafo precedente, la respectiva Dirección Regional Agraria, previa verificación de los datos, la enviará a la Unidad de Coordinación, Supervi- sión y Control del Programa, la que a su vez dentro del tercer día hábil siguiente solicitará a la Oficina General de Administración la ampliación de calendario de compro- misos respectiva, la cual a su vez trasladará el pedido a la Oficina General de Planificación Agraria y ésta a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministe- rio de Economía y Finanzas. Aprobado el calendario de compromisos se remitirá por parte de la Oficina de Ad- ministración la Solicitud de Giro (T-1) a la Dirección Ge- neral de Tesoro Público, para la emisión de documentos cancelatorios a favor de las empresas respectivas, con indicación del nombre o razón social, Registro Único del Contribuyente (RUC) y el monto, el mismo que deberá estar comprendido dentro de las asignaciones presu- puestales". Artículo 3º.- Precisar que los Directores de Adminis- tración de las Direcciones Regionales Agrarias compren- didas en la ejecución del Programa, así como los tesore- ros, son los titulares de las Cuentas Corrientes a que se refiere el Artículo 9º de la Resolución Ministerial Nº 0216- 2002-AG. Regístrese y comuníquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 7144 Modifican plazo establecido en la R.M. Nº 0112-2002-AG referido a la Preven- ción de la "Ocratoxina A (OTA)" en el Café Peruano RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0389-2002-AG Lima, 17 de abril de 2002