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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (19/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 221568 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de abril de 2002 organizaciones internacionales Asia-Pacific Economic Cooperation (APEC) y Organization for Economic Coope- ration and Development (OECD); Que, para efectos de presidir y organizar la referida reunión, es necesaria la asistencia de dos representantes del INDECOPI a dicha reunión; Que, APEC financiará los gastos por concepto de pa- sajes aéreos, viáticos e impuesto de salida; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27111, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, mo- dificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Margarita Trillo Ramos, Secretaria Técnica de la Comisión de Fisca- lización de Dumping y Subsidios, y de la señorita Martha Piérola Castro, Jefa (e) del Área de Cooperación Técnica y Relaciones Internacionales, del Instituto Nacional de De- fensa de la Competencia y de la Protección de la Propie- dad Intelectual - INDECOPI, a la ciudad de Mérida, Méxi- co, del 24 al 25 de abril de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán asumidos por APEC, no significando gasto alguno con cargo al Presupuesto de IN- DECOPI. Artículo 3º.- Dentro de los quince días siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios autorizados mediante el Artículo 1º, presentarán al Titular de INDECOPI un Infor- me sobre su participación en la reunión a la que asistirán. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no li- bera ni exonera del pago de impuestos o de derechos adua- neros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Pesquería Encargado de la Cartera de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 7054 JUSTICIA Disponen presentar pedidos de extra- dición de procesados por delitos con- tra la tranquilidad y la administración pública al Gobierno de la República Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 103-2002-JUS Lima, 18 de abril de 2002 Visto el Informe Nº 006-2002-CEA de fecha 18 de abril de 2002, de la Comisión encargada del estudio de solicitu- des de extradiciones activas, sobre el pedido de extradi- ción del procesado JOSÉ ENRIQUE CROUSILLAT LÓPEZ TORRES, formulado por el Cuarto Juzgado Penal Espe- cial de Lima; CONSIDERANDO: Que por Resoluciones de fechas 1 de marzo y 4 de abril de 2002, la Sala Penal Transitoria de la Corte Supre- ma de Justicia de la República, declaró procedente la solici- tud de extradición del procesado JOSÉ ENRIQUE CROUSI- LLAT LÓPEZ TORRES, por los delitos contra la tranquili- dad pública - asociación ilícita y contra la administración pública - peculado en agravio del Estado Peruano; Que mediante el Informe Nº 006-2002-CEA de fecha 18 de abril de 2002, la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propone acceder al pedido de extradición del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los Artículos 37º y 38º de la LeyNº 24710, el inciso 5) del Artículo 34º del Texto Único Or- denado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Dere- cho Penal Internacional de Montevideo de 1889; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar resoluciones, conferida en el inciso 8) del Artí- culo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del ciudadano peruano JOSÉ ENRIQUE CROUSILLAT LÓPEZ TORRES, formulado por el Cuarto Juzgado Penal Especial de Lima y declarado procedente por la Corte Su- prema de Justicia de la República, por los delitos contra la tranquilidad pública - asociación ilícita y contra la adminis- tración pública - peculado en agravio del Estado Peruano, y disponer su presentación por vía diplomática, al Gobier- no de la República Argentina, de conformidad al Tratado de Extradición vigente, y lo estipulado por las normas inter- nas peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia DIEGO GARCÍA-SAYÁN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 7196 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 104-2002-JUS Lima, 18 de abril de 2002 Visto el Informe Nº 005-2002-CEA de fecha 18 de abril de 2002, de la Comisión encargada del estudio de solicitu- des de extradiciones activas, sobre el pedido de extradi- ción del procesado JOSÉ FRANCISCO CROUSILLAT CARREÑO, formulado por el Cuarto Juzgado Penal Espe- cial de Lima; CONSIDERANDO: Que por Resoluciones de fechas 1 de marzo y 4 de abril de 2002, la Sala Penal Transitoria de la Corte Supre- ma de Justicia de la República, declaró procedente la solici- tud de extradición del procesado JOSÉ FRANCISCO CROUSILLAT CARREÑO, por los delitos contra la tranqui- lidad pública - asociación ilícita y contra la administración pública - peculado en agravio del Estado Peruano; Que mediante el Informe Nº 005-2002-CEA de fecha 18 de abril de 2002, la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propone acceder al pedido de extradición del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los Artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, el inciso 5) del Artículo 34º del Texto Único Or- denado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Dere- cho Penal Internacional de Montevideo de 1889; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar resoluciones, conferida en el inciso 8) del Artí- culo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del ciudadano peruano JOSÉ FRANCISCO CROUSILLAT