Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (04/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 227695 NORMAS LEGALES Lima, domingo 4 de agosto de 2002 cual establecen las normas que deben observar las Enti- dades del Sector Público en los procesos de Contra- taciones y Adquisiciones de Bienes y Suministros, Servi- cios u Obras, regulando las obligaciones y derechos que se deriven de los mismos; Que, el Artículo 7º del T.U.O (Texto Único Ordenado) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece la obligatoriedad que tiene cada Entidad de ela- borar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y será aprobado por la más alta autoridad administrativa del Organismo, en este caso, el Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administración Regional Ica, CTAR- ICA y el Titular del Pliego Presupuestal; Que, conforme al Artículo 6º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM y en cumplimiento de Directivas de CONSUCODE, la Gerencia Regional de Administración ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones de la Unidad Ejecutora 001 Sede Ica para el año 2002, en base a las necesidades identificadas en las di- ferentes Unidades Orgánicas de la Institución y que con- vergen Anexar a la presente Resolución; Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26922 Ley Marco de Descentralización, D.S. Nº 010-98- PRES y D.U. Nº 030-98 que comprende a Direcciones Regionales y Subregionales de Diversos Sectores, en el ámbito del CTAR-ICA y la R.S. Nº 005-2002-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Bienes y Servicios del Consejo Transito- rio de Administración Regional Ica de la Unidad Ejecutora 001 Sede Ica para el Ejercicio Presupuestal 2002, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Regional de Ad- ministración, Supervisar el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia Regional de Administración remita el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ejercicio Fiscal 2002 del CTAR-ICA, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado "CONSUCODE" y a la Comisión de Promo- ción de la Pequeña y Microempresa "PROMPYME" den- tro de los plazos establecidos y lo ponga a disposición del público usuario. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 0225- 2002-CTAR-ICA/PE. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS JESÚS ESCATE GÓMEZ Presidente Ejecutivo CTAR - Ica 13856 Exoneran contratación de empresa del proceso de selección de adjudicación directa para ejecución de proyecto pi- loto del CTAR Ica CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL CTAR - ICA RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL Nº 0387-2002-CTAR-ICA/PE Ica, 25 de julio de 2002 VISTO, el Oficio Nº 627-2002-CTAR-ICA/GRADM, y el Informe Legal Nº 275 de la Gerencia Regional de Admi- nistración y Asesoría Legal respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Regional Nº 0332-2002-CTAR-ICA/PE, de fecha 27 de junio del 2002, se autoriza la elaboración del Expediente Técnico deta- llado y la ejecución del Proyecto Piloto "La Ruta del Pis- co en el valle de Ica";Que, en mérito a la Resolución de Secretaría Técnica Nº 0029-2002-CTAR-ICA/ST de 24 de julio de 2002, se aprueba el Expediente Técnico que corresponde a la eje- cución del Presupuesto de Inversión año 2002, a ejecu- tarse por la modalidad de Contrata a Suma Alzada del Proyecto Piloto "La Ruta del Pisco en el valle de Ica", encargando a la Gerencia Regional de Administración del CTAR-ICA, la implementación del Proceso de Selección que corresponda para la ejecución del referido Proyecto; Que, por las características y naturaleza del servicio a contratar es preciso contar con una Empresa que cuente con personal altamente calificado que por sus cualida- des y/o habilidades realice dicho servicio; Que, es necesaria la contratación personalísima de la Empresa Efextos Trading. Corp. E.I.R.L, representada por el señor Augusto Javier Marañón García, conside- rando que reúne las características inherentes, particu- lares y especiales para ejecutar la prestación del servi- cio arriba citado, conforme a lo opinado por la Gerencia de Administración por el Oficio Nº 627-2002-CTAR-ICA/ GRADM de 23 de julio de 2002; Que, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica por el Informe Legal Nº 275-2002-GRAJ de 24 de julio de 2002, señala que es procedente la contratación de la Empresa Efextos Trading. Corp. E.I.R.L, representada por el señor Augusto Javier Marañón García, bajo la modali- dad de servicios personalísimos prevista en el Artículo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y modifi- catorias, por cuanto dicha condición tiene como requisito esencial la persona del locador; Que, de conformidad con lo previsto por el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y concor- dado con los Artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, están exoneradas de los Procesos de Licitación Pública, Con- curso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las contrataciones de servicios personalísimos, proce- diendo su contratación mediante una adjudicación de menor cuantía, conforme a lo establecido por el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado; Con las visaciones de la Secretaría Técnica, de la Ge- rencia Regional de Administración, la Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional, y la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 26850, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM, y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralización y la Resolución Suprema Nº 005-2002- PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXONERAR, del proceso de se- lección Adjudicación Directa, la contratación persona- lísima de la Empresa Efextos Trading. Corp. E.I.R.L, re- presentada por el señor Augusto Javier Marañón García, para la prestación de los servicios personalísimos a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolu- ción. La contratación se efectuará conforme a lo previsto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordado con los Artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y demás nor- mas concordantes. Artículo Segundo.- El valor referencia de la contra- tación, por el período junio-agosto del 2002, será hasta por un monto máximo de S/. 242, 000.00 Nuevos Soles, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Regional de Administración, a través de la Subgerencia de Abas- tecimiento y Patrimonio, efectúe la publicación de la pre- sente Resolución, y asimismo, remita una copia de la misma y de los Informes que sustentan esta exoneración a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su