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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (04/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 227696 NORMAS LEGALES Lima, domingo 4 de agosto de 2002 aprobación, conforme lo establece el Artículo 115º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y el Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que aprueba el Re- glamento y el Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese y comuníquese. LUIS JESÚS ESCATE GÓMEZ Presidente Ejecutivo 13855 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Prorrogan plazo para acogerse a benefi- cios tributarios establecidos en la Orde- nanza Nº 93 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2002-MJM Jesús María, 2 de agosto de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 93 se aprobó la Amnis- tía Tributaria y Administrativa a favor de las personas na- turales y jurídicas del distrito de Jesús María, entre el 22 de julio al 3 de agosto de 2002; Que, la Segunda Disposición Final de la citada Orde- nanza autoriza a la señora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue su vigencia; Que, resulta necesario prorrogar el plazo de vigencia de la mencionada Ordenanza a fin que un mayor número de contribuyentes cumplan con regularizar sus obliga- ciones tributarias; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 17 de agosto de 2002, el vencimiento del plazo para acogerse a los benefi- cios tributarios establecidos en la Ordenanza Nº 93. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración de Tributos y Rentas y a la Oficina de Imagen Institucional el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRÓN Alcaldesa 13866 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Otorgan beneficio de condonación del 80% del monto de multas administrati- vas y tributarias por pago al contado ORDENANZA Nº 089-CDLO Los Olivos, 24 de julio del 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En la Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente:ORDENANZA Nº 089-CDLO QUE OTORGA EL BENEFICIO DE CONDONACIÓN DEL 80% DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS Y TRIBUTARIAS Artículo Primero.- DISPONER, a partir de su publi- cación y hasta el 30 de setiembre del presente año, la CONDONACIÓN del 80% del valor insoluto de las multas administrativas y tributarias, inclusive aquellas que se en- cuentren en etapa de calificación, siempre que sean can- celadas al contado. Artículo Segundo.- PRECISAR, que para acoger- se al presente beneficio el contribuyente deberá de- sistirse previamente de cualquier reclamo que haya presentado. Artículo Tercero.- SUSPENDER, por todo el tiem- po que dure el beneficio, el cobro de los Gastos Ad- ministrativos de las Multas Administrativas y Tribu- tarias que se encuentren en la Oficina de Ejecutoría de Procedimientos Coactivos, debiendo pagar las Costas Procesales de acuerdo al Arancel fijado por esta Municipalidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Dirección de Rentas, Dirección de Desarrollo Urbano y Oficina de Ejecutoría de Procedimientos Coactivos, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenan- za y a la Unidad de Comunicaciones, la difusión de la misma. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 13864 Declaran la quiebra de multas adminis- trativas que tengan como fecha de comisión de la infracción hasta el año 1999 ORDENANZA Nº 090-CDLO Los Olivos, 24 de julio del 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En la Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 090-CDLO QUE DECLARA LA QUIEBRA DE MULTAS ADMINISTRATIVAS Artículo Primero.- DECLÁRESE, la quiebra de las Multas Administrativas que tengan como fecha de comi- sión de la infracción hasta el año 1999, por resultar ONE- ROSA su cobranza. Artículo Segundo.- PRECISAR, que la presente Or- denanza, incluye las Multas Administrativas que a la fe- cha se encuentren en Cobranza Coactiva. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Dirección de Ren- tas, Dirección de Desarrollo Urbano y Oficina de Ejecuto- ría de Procedimientos Coactivos el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y a la Unidad de Comunicaciones, la difusión de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 13865