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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (18/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 68

Pág. 228402 NORMAS LEGALES Lima, domingo 18 de agosto de 2002 Cuadro Nº 5.2 5.3Tarifas en Barra Dado que el precio teórico queda dentro del rango del 10% del precio libre, los valores resultantes no se ajusta- ron. En el Cuadro Nº 5.3 se muestran los precios, en moneda extranjera, aplicables para la presente fijación de Tarifas en Barra. El Cuadro Nº 5.4 contiene los precios del Cuadro Nº 5.3 , expresados en Nuevos Soles, utilizando el tipo de cambio vigente al 31 de marzo de 2002: 3,446 S/./US$28. Cuadro Nº 5.3 TARIFAS EN BARRA - MONEDA EXTRANJERA Factor de Ajuste PPM PCSPT PPB CPSEE PEMP PEMF 1,0000 $/kW-mes $/kW-mes $/kW-mes ctv.$/kWh ctv.$/kWh ctv.$/kWh Talara 5,10 1,79 6,89 0,03 3,55 2,53 Piura Oeste 5,18 1,79 6,97 0,03 3,61 2,58 Chiclayo Oeste 5,13 1,79 6,92 0,03 3,57 2,55 Guadalupe 220 5,14 1,79 6,94 0,03 3,58 2,56 Guadalupe 60 5,13 1,79 6,92 0,03 3,58 2,56 Trujillo Norte 5,17 1,79 6,97 0,03 3,59 2,56 28 Sólo para fines de comparación, en los cuadros siguientes se muestran los peajes secundarios aprobados mediante la Resolución Nº 006-2001P/CTE, debidamente actualizados.