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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (21/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 228569 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de agosto de 2002 Ministerial Nº 251-94-AG y modificatorias, razón por la cual es necesario establecer el mecanismo de pago para aque- llas operaciones de venta de algodón en rama, variedad Tangüis, realizadas dentro del período de Campaña 2001 - 2002 pero con anterioridad a la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 005-2002; Que, el algodonero es un cultivo tradicional de gran im- portancia para el desarrollo económico del país en el sen- tido que provee el principal insumo para la industria textil, ocupando el quinto lugar en la generación de divisas des- pués del oro, cobre, harina de pescado y zinc; Que, en atención a la especial coyuntura por la que atra- viesa el agro, es necesario y de interés nacional dictar me- didas extraordinarias en materia económica y financiera que permitan comprender, por excepción y única vez y en aten- ción a su impacto en la economía nacional como fuente generadora de divisas, las operaciones de venta de algo- dón en rama de la variedad Tangüis realizadas desde el inicio del presente año fiscal y la fecha de vigencia del De- creto de Urgencia Nº 005-2002; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto. Por excepción y única vez, por las operaciones de venta de algodón en rama variedad tan- güis registradas entre el inicio del presente ejercicio fiscal y la fecha de vigencia del Decreto de Urgencia Nº 005- 2002, los agricultores beneficiarios percibirán el valor equi- valente a S/. 10,00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles) por quin- tal, en insumos agrarios y/o servicios de maquinaria agrí- cola, con cargo al monto previsto en el Artículo 2º del De- creto de Urgencia Nº 005-2002 y sin exceder del mismo. Para tal efecto, el Ministerio de Agricultura abonará el importe correspondiente al programa de maquinaria y/o de fondos rotatorios para el otorgamiento del beneficio al res- pectivo agricultor. En el caso de agricultores beneficiarios que mantengan adeudos con el Ministerio de Agricultura, el importe correspon- diente se imputará total o parcialmente al pago de la deuda.PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA DECRET O DE URGENCIA Nº 043-2002 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ESTABLECEN DISPOSICIONES RELACIONADAS A LA FORMALIZACIÓN DEL COMERCIO ALGODONERO DE LA VARIEDAD T ANGÜIS CONSIDERANDO: Que, el Artículo 88º de la Constitución Política del Perú establece que el Estado apoya preferentemente el desa- rrollo agrario; Que, por Decreto de Urgencia Nº 005-2002, se creó con carácter extraordinario el "Programa de Promoción a la Formalización del Comercio Algodonero de la variedad Tan- güis, Campaña 2001-2002", a cuyo efecto se autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas a emitir documentos cancelatorios con cargo al Presupuesto aprobado para el 2002 correspondiente al Ministerio de Agricultura hasta por la suma de Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 20 000 000.00), como un mecanismo de compensación a fa- vor del productor algodonero; Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2002-EF se reglamentó sólo el mecanismo de pago a los productores algodoneros por las operaciones de venta de algodón en rama, pero a partir de la expedición del Decreto de Urgen- cia citado, no obstante que éste está referido a la Campa- ña 2001 - 2002; Que, la campaña agrícola del cultivo del algodonero se realiza dentro de las fechas establecidas en el Texto Único Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana, aprobado por ResoluciónSUNAT Res. Nº 109-2002/SUNAT.- Modifican conformación de Co- misión de alto nivel encargada del proceso de fusión a que se refiere el D.S. Nº 061-2002-PCM 228616 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA R.D. Nº 000265-2002-MDLM-DDU.- Aprueban regulari- zación de habilitación urbana ejecutada de terreno para uso de equipamiento sectorial educativo 228616 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO-CHOSICA Ordenanza Nº 033/CDL-CH.- Establecen beneficio especial extraordinario de regularización para facilitar el pago de deu- das tributarias y no tributarias 228617 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES R.A. Nº 0865.- Declaran nulidad de adjudicación directa pú- blica y buena pro otorgada para contratación de servicio de elaboración de carné sanitario 228619 R.A. Nº 0869.- Declaran la nulidad de lo actuado en concurso público convocado para la contratación del servicio de dispo- sición final de residuos sólidos 228620MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Acuerdo Nº 046-2002-MDR.- Autorizan contratación de ser- vicio de disposición final de residuos sólidos mediante proce- so de adjudicación de menor cuantía 228620 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA R.A. Nº 129-2001/MDSR.- Aprueban Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones para el ejercicio presupuestario del año 2002 228621 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO D.A. Nº 000020.- Prorrogan vigencia de ordenanza referida a beneficios para cumplimiento de obligaciones tributarias y administrativas y amplían plazo para pago de arbitrios del mes de julio de 2002 228621 Fe de Erratas del Acuerdo Nº 000049 228622 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO R.A. Nº 334-2002-A/MPS.- Aprueban habilitación urbana nueva ubicada en el distrito de San Martín de Pangoa 228622 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCAN Res. Nº 040-2002-MDH.- Declaran terreno como propiedad de la Municipalidad y aprueban iniciar gestiones de sanea- miento físico legal 228622