Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2002 (21/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de agosto de 2002

Articulo 2º.- Refrendo. El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Economia y Finanzas y de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de agosto del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 14935

FE DE ERRATAS DECRETO DE URGENCIA Nº 040-2002
Mediante Oficio Nº 2244-2002-EF/60, el Ministerio de Economia y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Urgencia Nº 040-2002, publicada en la edicion del 12 de agosto de 2002, en la pagina 228068. En el Anexo Nº 2, pagina 228074 DICE: (...) ACTIVIDAD 1 00773 : Centro de Innovacion Tecnologica de la Artesania CITE - Artesania. DEBE DECIR: (...) PROYECTO 2 00773 : Centro de Innovacion Tecnologica de la Artesania CITE - Artesania. 14822

(30) dias adicionales y se preciso las entidades exoneradas de los requisitos de licitacion publica, concurso publico y adjudicacion directa; Que, el Banco de Materiales S.A.C. de conformidad con su Ley de creacion Nº 23220 y las Leyes Complementarias Nºs. 26903 y 26963, tiene como finalidad contribuir con el desarrollo integral de la comunidad MORDAZA y rural, realizando actividades de promocion, ejecucion y/ o aprovisionamiento de recursos bienes y servicios para la edificacion y mejoramiento de la vivienda basica minima, de las habilitaciones urbanas, de la infraestructura MORDAZA productiva y de servicios, asi como del equipamiento de la microempresa de todos los sectores productivos; Que, el Banco de Materiales S.A.C. acorde con lo dispuesto en la Ley Nº 27205 destina el 10% de las recuperaciones de sus operaciones activas, para fines de apoyo social; Que, la magnitud de los danos ocasionados requiere la adopcion de acciones que permitan atender a los damnificados en los departamentos declarados en emergencia; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 137º de la Constitucion Politica, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y del Articulo 108º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Exoneracion Incluyase al Banco de Materiales S.A.C. dentro de los alcances del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 069-2002PCM. Articulo 2º.- Comunicacion a organismos de fiscalizacion y control El presente Decreto Supremo sera puesto en conocimiento de la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica, del Ministerio de Economia y Finanzas y de la Contraloria General de la Republica dentro de los 10 dias siguientes a su aprobacion. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de agosto del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica

PCM
Incluyen al Banco de Materiales S.A.C. en exoneraciones a que se refiere el D.S. Nº 069-2002-PCM para la adquisicion de bienes y servicios destinados a departamentos declarados en emergencia
DECRETO SUPREMO Nº 084-2002-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 14936

Encargan el Despacho de la Presidencia de la Republica al Primer Vicepresidente
RESOLUCION SUPREMA Nº 365-2002-PCM
MORDAZA, 20 de agosto de 2002

Que, mediante Decreto Supremo Nº 069-2002-PCM se declaro en emergencia los departamentos de MORDAZA, Tacna, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, por la magnitud de los danos ocasionados por los fenomenos atmosfericos de baja temperatura que han afectado a las poblaciones de menores recursos, exonerandose a diversas entidades publicas de los requisitos de licitacion publica, concurso publico y adjudicacion directa para la atencion de la poblacion damnificada y zonas de emergencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 077-2002-PCM se amplio el plazo de declaracion de emergencia por treinta

CONSIDERANDO: Que, el senor Presidente Constitucional de la Republica, Dr. MORDAZA MORDAZA, viajara del 21 al 24 de agosto del presente ano a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, para llevar a cabo una Visita de Estado a dicho pais; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho Presidencial al Primer Vicepresidente de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 115º de la Constitucion Politica del Peru; y,

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