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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (23/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 228679 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de agosto de 2002 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la donación efectuada por MediSend/International de Da- llas, Texas, Estados Unidos de América, a favor del Ins- tituto de Salud del Niño del Ministerio de Salud consis- tente en 247 bultos conteniendo equipo médico y mobi- liario hospitalario sin valor comercial, según Resolución Directoral Nº 019-2002-SA/OFICE de fecha 22 de mar- zo de 2002 del Ministerio de Salud y Carta de Dona- ción de fecha 29 de octubre de 2001, con un peso aproximado de 6 804 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº MSCUTH653945 de Mediterranean Ship- ping Company S.A., Geneva. Dicha donación ha sido destinada para la atención de niños de escasos recur- sos económicos. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la Repú- blica, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 15101 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 189-2002-EF Lima, 21 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, D.I.C.A.F. Detachement D'Intervention contre Les Catastrophes Et de Formation de Francia ha efectuado una donación a favor del Instituto de Salud del Niño del Ministe- rio de Salud consistente en diversos bienes que serán des- tinados para la atención de niños de escasos recursos eco- nómicos; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Or- denado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el De- creto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la im- portación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Ar- tículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, la donación efectuada por D.I.C.A.F. Detachement D'Intervention contre Les Catas- trophes Et de Formation de Francia a favor del Instituto de Salud del Niño del Ministerio de Salud consistente en equi- pos médicos, materiales médicos, ropa y juguetes según Carta de Donación sin fecha y Resolución Directoral Nº 018-2002-SA/OFICE de fecha 22 de marzo de 2002 y unpeso aproximado de 1 280 kgs., según Conocimientos de Embarque Nºs. MEMO01 y MEMO04 de CCNI Compañía Chilena de Navegación Interoceánica S.A. Dicha donación será destinada para la atención de niños de escasos re- cursos económicos. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99- EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la Repú- blica, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 15102 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 190-2002-EF Lima, 21 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, Laboratorios Médix de Francia ha efectuado una donación a favor del Ministerio de Salud, consistente en medicamentos que serán destinados para la atención de los pacientes hospitalizados en los diferentes Estableci- mientos de Salud, que sufrieron quemaduras por el incen- dio ocurrido el 29 de diciembre de 2001 en el Centro de Lima; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe- rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Ar- tículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, la donación efectuada por Labo- ratorios Médix de Francia a favor del Ministerio de Salud, consistente en 300 tubos de Biafine Emulsión 93G/100ML según Carta de Donación sin fecha y Resolución Directo- ral Nº 017-2002-SA/OFICE de fecha 4 de marzo de 2002 del Ministerio de Salud, con un peso aproximado de 40 kgs., según Guía Aérea Nº TRP 076070 de Panalpina S.A. Trans- ports. Dicha donación será destinada para la atención de los pacientes hospitalizados en los diferentes Estableci- mientos de Salud, que sufrieron quemaduras por el incen- dio ocurrido el 29 de diciembre de 2001 en el Centro de Lima. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.