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Pág. 229012 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de agosto de 2002 Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 del 4 de enero de 2002, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG del 4 de diciembre de 1987 y su modifica- toria la Resolución Ministerial Nº 1062-DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994; y, Estando a lo opinado por el Comandante de Perso- nal, a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 349-DE/FAP de fecha 13 de febrero de 2002, con la que se nombra como Auxiliar del Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República del Ecuador, del 1 de febrero al 31 de diciembre de 2002 al Técnico de 2da. FAP VÁSQUEZ PANDURO Enrique, en el sentido que dicho nombramiento debe considerarse, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2002, a mérito de lo expues- to en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Ministro de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuer- do a las disposiciones legales vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 15246 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1347-DE/FAP-CP Lima, 19 de agosto de 2002 Visto el mensaje GADM 261400R abril-2002 del Ge- rente General de Transportes Aéreos Nacionales de Sel- va, referente a la ampliación del nombramiento en Comi- sión del Servicio en el extranjero del Comandante FAP PÉREZ PALMA GARRETA Octavio Antonio y del Mayor FAP SCHROTH MIER Y PROAÑO Juan Carlos; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 573-DE/FAP-CP de fecha 20 de marzo de 2002, se nombró en Comisión del Servicio a los Estados Unidos de América, del 24 al 29 de abril de 2002, al Comandante FAP PÉREZ PALMA GARRETA Octavio Antonio y al Mayor FAP SCHROTH MIER Y PROAÑO Juan Carlos, para realizar el entrena- miento TRANSICIÓN, en el simulador de vuelo del avión B-737, en la CIA. PAN AM INTERNATIONAL FLIGHT ACADEMY, con sede en la ciudad de Miami, Florida; Que, la calificación del mencionado entrenamiento en sus diferentes fases requirió de la realización de cuatro turnos de simulador y uno adicional de chequeo, razón por la cual el mencionado personal viajó en fecha distinta a la prevista en la indicada Resolución, habiendo permanecido en el extran- jero del 27 de abril al 3 de mayo de 2002, por lo que es necesario modificar el Artículo 1º de la Resolución Ministe- rial Nº 573-DE/FAP-CP de fecha 20 de marzo de 2002; Que, en base a la Resolución Ministerial antes men- cionada se abonó al mencionado personal, los concep- tos correspondientes por el período de seis (6) días, por lo que habiendo permanecido mayor tiempo de lo previs- to, con la finalidad de poder culminar satisfactoriamente la indicada Comisión del Servicio, es necesario regulari- zar dicha situación en el sentido que se le abone el mon- to correspondiente a un (1) día adicional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 del 4 de enero de 2002, Decreto Supremo Nº 048-2001- PCM del 27 de abril de 2001 y su modificatoria el Decre- to Supremo Nº 053-2001-PCM del 8 de mayo de 2001; y. Estando a lo opinado por el Comandante de Perso- nal, a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General y a lo acordado con el Comandante General de la FAP; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 573-DE/FAP-CP de fecha 20 de marzo de2002, en cuanto se refiere a la variación de la fecha de inicio y término de la mencionada autorización, en el sen- tido que se considere del 27 de abril al 3 de mayo de 2002, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogó la autorización an- tes indicada en lo referente a Costo del Simulador, Cos- tos de Pasajes, impuestos de aeropuerto y viáticos por seis (6) días, fueron abonados al mencionado personal de acuerdo a lo dispuesto con la Resolución Ministerial Nº 573-DE/FAP-CP de fecha 20 de marzo de 2002. Artículo 3º.- El monto por un (1) día adicional por viáticos de viaje será sufragado por la empresa Trans- portes Aéreos Nacionales de Selva: Viáticos: (ampliación por 1 día) US$ 220 x 1 día x 2 Oficiales Artículo 4º.- El citado personal tendrá la responsabi- lidad de rendir cuenta documentada de los gastos efec- tuados de conformidad a lo establecido en el Decreto Su- premo Nº 048-2001-PCM de fecha 27 de abril de 2001. Artículo 5º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 15247 Transfieren a título oneroso terreno ubicado en la ciudad de Iquitos a favor del FOVIMAR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1363-DE/MGP Lima, 20 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 078-75-VC- 5700 de fecha 17.abril.1975, el Ministerio de Vivienda y Construcción afectó en uso a favor del Ministerio de Ma- rina actualmente Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, el área de terreno de 64,648.00 m2, ubicado en el departamento de Loreto, provincia de Maynas, dis- trito de San Juan Bautista, la cual se encuentra inscrita en la foja 434 del tomo 40, asiento 09 en la Oficina Re- gional de los Registros Públicos de la Región Loreto; Que, el artículo 3º, inciso (d) del Decreto Ley Nº 25556, concordante con la Cuarta Disposición Transitoria y Final del mismo texto, promulgado el 18.junio.1992, y modifi- cado por Decreto Ley Nº 25738 de fecha 21.setiem- bre.1992, establece que es función de la Superintenden- cia de Bienes Nacionales, en su calidad de Organismo Público Descentralizado del Ministerio de la Presidencia, actualmente adscrito al Ministerio de Economía y Finan- zas, conforme a la Ley Nº 27395 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30.diciembre.2000 y vigente a partir del 01.enero.2001, llevar el registro, control y administra- ción de los bienes muebles e inmuebles que compren- den el patrimonio fiscal, excepto aquellos de la Defensa Nacional; Que, es de interés de la Marina de Guerra del Perú transferir a favor del Fondo de Vivienda de la Marina, el dominio de un área de terreno de 64,648.00 m2, para efectuar un Proyecto de Desarrollo Urbano de Vivienda que beneficie al Personal Militar de dicha Institución; Que, el inciso (i) del artículo 3º de la Ley Nº 24686, modificado por el Decreto Legislativo Nº 732, concordan- te con los párrafos (1), (4) y (5) del artículo 7º del Regla- mento de Administración de la Propiedad Inmobiliaria del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 032- DE/SG de fecha 13.junio.2001, señalan que los bienes raíces que fueron afectados en uso u otros de las Institu-