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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (28/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 229015 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de agosto de 2002 puesto General a las Ventas a la importación realizada por la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, según consta en el Expediente Nº 36599-2001, por un valor total de US$ 50 470,20 (Cincuenta Mil Cuatrocientos Setenta y 20/100 Dólares de Estados Unidos de América), del si- guiente bien que se encuentra incluido en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el De- creto Supremo Nº 003-98-EF y la adecuación arancelaria señalada en la Circular Nº 46-06-98-ADUANAS-INTA del 19 de enero de 1998: Cantidad Partida Descripción Arancelaria (Unidad) Arancelaria 01 8443.19.00.00 Las demás máquinas y aparatos para imprimir, off- set Artículo 2º.- La inafectación a que se refiere el artí- culo anterior procederá siempre que la importación del bien se ajuste a la cantidad, valor y demás característi- cas declaradas en los formularios de "Importaciones Li- beradas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, según el Expe- diente Nº 36599-2001 y que dicho bien sea destinado al cumplimiento de los fines propios de la referida institu- ción educativa. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalización que correspondan efec- tuar según el caso, al Ministerio de Educación, así como a la Superintendencia Nacional de Administración Tri- butaria - SUNAT, incluyendo la verificación de la clasi- ficación arancelaria del bien cuya inafectación se soli- cita. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 15369 Autorizan a procurador público inter- poner acciones judiciales contra pre- suntos responsables de la comisión de delitos contra la Administración Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 334-2002-EF/10 Lima, 23 de agosto del 2002 Visto el Oficio Nº 611-2002-PP-EF/16 del Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministe- rio de Economía y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, la empresa Electro Sur Medio S.A.A., recurrió en Queja ante el Tribunal Fiscal contra la Municipalidad Provincial de Pisco, departamento de Ica, por haber in- cumplido lo dispuesto por el Código Tributario y por la Ley Nº 26979 al continuar con el procedimiento de co- branza coactiva respecto de deudas tributarias que, por haber sido apeladas, aún no eran exigibles; Que, mediante RTF Nº 0506-1-2001 el Tribunal Fiscal declaró fundada la Queja, disponiendo la suspensión delprocedimiento de cobranza coactiva respecto de las deu- das tributarias apeladas; y ordenó remitir los actuados a la Municipalidad Provincial de Pisco a efecto que dé al recurso de queja contenido en el Expediente Nº 1046- 2001 el trámite de apelación contra la Resolución Nº 003- 2001-ALC/MPP; Que, la Municipalidad Provincial de Pisco notificó a la recurrente la Resolución Nº 128-A-2001-MPP-ALC que declara nula la Resolución Nº 003-2001-ALC/MPP, im- procedente la apelación presentada por la recurrente y da por concluido el procedimiento administrativo, actuando a margen de los procedimientos legales establecidos y sin dar cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal Fiscal; ante lo cual la recurrente interpuso un nuevo Recurso de Queja resuelto mediante RTF Nº 1059-1-2001, que orde- nó remitir los actuados a la Municipalidad Provincial de Pisco a efecto que dé al recurso de queja el trámite de apelación contra la Resolución Nº 128-A-2001-MPP-ALC, requerimiento que fue reiterado mediante RTF Nº 08468- 1-2001 y Nº 00092-1-2002 sin que se haya cumplido con lo ordenado hasta la fecha, no obstante el tiempo trans- currido; Que, el artículo 155º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135- 99-EF, y el artículo 3º del Capítulo III del Reglamento de Organización y Funciones del Tribunal Fiscal, establecen que el Tribunal Fiscal es el órgano competente del Minis- terio de Economía y Finanzas para resolver las Quejas que presenten los deudores tributarios, contra las actua- ciones o procedimientos que afecten directamente o in- frinjan lo establecido en el Código Tributario; Que, el artículo 156º del Código Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administración; Que, el incumplimiento por parte de la Municipalidad Provincial de Pisco a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razo- nables de la comisión de los delitos contra la Admi- nistración Pública - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los artículos 368º y 377º del Código Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, además, el Tribunal Fiscal mediante Resolución Nº 681-3-98 del 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sancio- nes a los funcionarios de la Administración Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en res- ponsabilidad penal, la que deberá hacer efectiva el Po- der Judicial a través del proceso penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procura- dor Público del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas para que, en re- presentación y defensa de los intereses del Estado, in- terponga las acciones judiciales pertinentes contra quie- nes resulten responsables de la comisión de estos deli- tos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representación y defensa del Es- tado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio de Econo- mía y Finanzas para que, en nombre y representación del Estado, interponga las acciones judiciales correspon- dientes contra los presuntos responsables de la comi- sión de los delitos contra la Administración Pública - Des- obediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Re- husamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente re- solución. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolu- ción al mencionado Procurador Público, para su cumpli- miento y fines correspondientes.