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Pág. 24 PROYECTO Lima, miércoles 28 de agosto de 2002 Rango de Sanción Otras Sanciones que Rubro Tipificación Grado Pecuniaria se podrán disponer (expresado en UIT ) 2.17.11. En Refinerías y Plantas de Procesamiento MG De 1 a 300 CI, STA, SDA 2.17.12. En Planta de Abastecimiento, Planta de Abasteci- G De 1 a 100 CI, STA, SDA miento en Aeropuerto y Terminales 2.17.13. En Medios de Transporte 2.17.13.1. Acuáticos G De 1 a 50 CI, STA, SDA 2.17.13.2. Terrestres L De 1 a 5 ITV 2.17.14. En instalaciones de exploración y explotación MG De 1 a 400 CI, STA, SDA 2.17.15. Incumplir con las demás normas de seguridad, con- MG De 1 a 400 CE, CI, ITV, RIE, STA, SDA, CB tra explosiones, situaciones riesgosas o peligrosas y/o condiciones inseguras 2.18. Incumplir con las normas de libros y/o registros inter- L De 1 a 50 nos 2.19. Incumplir las normas sobre publicidad y/o información L De 1 a 5 debida 2.20. No cumplir con las normas relativas de servicio y/o L De 1 a 5 atención al público 2.21. Incumplir las normas sobre transporte 2.21.1. Transporte terrestre a granel L De 1 a 5 ITV 2.21.2. Transporte acuático a granel L De 1 a 20 2.21.3. Transporte terrestre envasados L De 1 a 5 ITV 2.21.4. Transporte acuático envasados L De 1 a 20 2.21.5. Demás normas sobre transportes L De 1 a 20 ITV 2.22. Incumplimiento de normas sobre obligación de portar L De 0.2 a 1 y/o tener a la vista documentos 2.23. Incumplimiento de normas relativas al personal L De 1 a 5 2.24. Incumplimiento de normas sobre higiene y/o salud MG De 1 a 100 ocupacional 2.25. Incumplimiento de normas para lograr máxima L De 1 a 10 producción eficiente 2.26. No cumplir las normas sobre completación de pozos L De 1 a 10 2.27. Operar pozos en condiciones que causen deterioro a L De 1 a 10 sus reservas 2.28. Incumplir las normas sobre perforación L De 1 a 10 2.29. No cumplir con las normas de producción de hidrocar- L De 1 a 50 buros 2.30. No cumplir con las normas de reparación, servicio, L De 1 a 10 rehabilitación y/o reacondicionamiento de pozos 2.31. Incumplir las normas relativas a servicios de vigilancia G De 1 a 20 de instalaciones 2.32. Incumplir con las normas relativas al supervisor, jefe G De 1 a 100 CE, CI, STA de planta, profesional a cargo o similar 2.33. Abastecer a Plantas Envasadoras, Distribuidores en MG De 1 a 300 STA Cilindros y/o distribuidores a Granel, según correspon- da, que, aunque estando autorizados a operar, el esta- do de sus instalaciones o medios de transporte que no cumplan con las medidas de seguridad vigentes y/o no cuenten con los seguros correspondientes. 2.34. Incumplir con las demás normas técnicas y/o de segu- MG De 1 a 300 CE, CI, ITV, RIE, STA, SDA, CB ridad 3. 3.1. Incumplir las normas sobre emisión, ventilación, venteo L De 1 a 20 y/o quema de vapores y/o gases 3.2. No cumplir con las normas relativas a detección y G De 1 a 100 CE, CI, RIE, STA, SDA, CB control de fugas 3.3. Derrames de hidrocarburos (petróleo o cualquier otro MG De 1 a 1,000 CE, CI, ITV, RIE, STA, SDA, CB derivado de los hidrocarburos) 3.4. No reportar accidentes G De 1 a 100 3.5. Incumplimiento de normas relativas al uso y/o manejo G De 1 a 100 de explosivos 3.6. Incumplir las normas sobre seguros 3.6.1. En locales de venta de GLP G Monto equivalente al doble CE, CI, STA de la prima anual 3.6.2. En Consumidor Directo GLP G Monto equivalente al doble CE, CI, STA de la prima anual 3.6.3. En Plantas Envasadoras G Monto equivalente al doble CE, CI, STA de la prima anual 3.6.4. En Estaciones de Servicios y/o Gasocentros G Monto equivalente al doble CE, CI, STA de la prima anual 3.6.5. En Consumidor Directo de Combustible Líquido G Monto equivalente al doble CE, CI, STA de la prima anual 3.6.6. En Refinerías y Plantas de Procesamiento G Monto equivalente al doble CE, CI, STA de la prima anual 3.6.7. En Planta de Abastecimiento, Planta de Abasteci- G Monto equivalente al doble CE, CI, STA miento en Aeropuerto y Terminales de la prima anual 3.6.8. En Medios de Transporte G Monto equivalente al doble ITV de la prima anual