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Pág. 229105 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de agosto de 2002 un estudio para el cumplimiento de las Decisiones 288 y 314 que permita la participación preferente de la Marina Mercante de los Países Miembros en el comercio intrasu- bregional y en un marco de competitividad; Que, la Dirección General de Transporte Acuático ha considerado de sumo interés asistir a las reuniones convo- cadas por la CAATA en razón a los temas a que se aluden y a que nuestro país es miembro de dicha organización internacional, habiendo propuesto al funcionario que parti- cipará en tales eventos; Que, el inciso b) del literal 3.1 del artículo 3º del Decre- to de Urgencia Nº 030-2002 señala que se pueden autori- zar viajes al exterior con cargo a recursos públicos cuando los viajes tienen por finalidad efectuar acciones de promo- ción y/o negociación económica y comercial de importan- cia para el Perú; Que, la participación del Director General de la Direc- ción General de Transporte Acuático en los mencionados eventos, es necesaria dado que en los mismos se involu- cra a la negociación de normas comunitarias e internacio- nales relacionadas al transporte acuático y que vincula- rían la política comercial de nuestro país y la posición de la Comunidad Andina entre los compromisos internacionales asumidos ante la Organización Mundial del Comercio - OMC y el Área de Libre Comercio de las Américas - ALCA; De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Rafael Farro- meque Quiroz, Director General de la Dirección General de Transporte Acuático, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, República de Bolivia, durante los días 27 al 31 de agosto de 2002, para los fines a que se contrae la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al Presupuesto del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 413.00 - Viáticos US$ 1,000.00 - Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el funciona- rio mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor- me detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 15387 Autorizan viaje de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Canadá y EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 489-2002-MTC/15.02 Lima, 27 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2002-MTC se exceptuó de lo establecido en el numeral 3.1 del artícu- lo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, los viajes al exterior que efectúen los Inspectores de la Dirección Ge-neral de Aeronáutica Civil con cargo a recursos públicos en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección Ge- neral de Aeronáutica Civil ha emitido las Órdenes de Inspec- ción Nºs. 527 y 528-2002-MTC/15.16.05.2 señalando a los Ins- pectores que deben viajar a la ciudad de Calgari, Canadá, du- rante los días 28 al 30 de agosto de 2002, para que efectúen una inspección técnica para emitir la correspondiente Cons- tancia de Conformidad del helicóptero modelo Bell 212, serie Nº 30676, matrícula N59633 de la empresa Copters Perú S.A.C.; Que, asimismo, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil ha emitido las Ór- denes de Inspección Nºs. 0703, 0704, 0705, 0707 y 0708- 2002-SDO señalando a los Inspectores que en el mes de septiembre del presente año realizarán un chequeo técni- co en la ruta Lima-Miami-Lima por habilitación en la aero- nave Boeing B-767, al personal aeronáutico de la empresa Aerocontinente S.A. en su desempeño como tripulantes de cabina en la referida aeronave; Que, resulta pertinente autorizar el viaje de los Inspec- tores de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones técnicas a que se contraen las Órdenes de Inspección Nºs. 527 y 528-2002-MTC/15.16.05.2 y 0488-2002-MTC/ 15.16.05.2 y 0703, 0704, 0705, 0707 y 0708-2002-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Re- solución Suprema Nº 015-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, para los fines a que se contrae la presente Resolución Ministerial, el viaje de los siguientes Ins- pectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, a las ciudades que se indican y que ocasionarán gastos por viáticos y Tarifa por Uso de Aeropuerto, conforme al siguiente detalle: Calgary-Canadá, en el mes de agosto Inspectores Fecha Viáticos TUA US$ US$ Raúl Mendives Rodríguez 28 al 30 660.00 25.00 Rommy Picón Aguilar 28 al 30 660.00 25.00 Miami, Estados Unidos de América, durante el mes de septiembre Inspectores Fecha Viáticos TUA US$ US$ Roberto Molina Valencia 04 y 05 440.00 25.00 Mercedes Delpino Aspiazu 04 y 05 440.00 25.00 Patricia Mc Callum Luján 04 y 05 440.00 25.00 Mercedes Delpino Aspiazu 10 y 11 440.00 25.00 Patricia Mc Callum Luján 10 y 11 440.00 25.00 Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al Presupuesto del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspecto- res mencionados en el artículo 1º de la presente Resolu- ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un in- forme detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 15384