Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2002 (02/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, lunes 2 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES
DEBE DECIR: SUBPARTIDA NACIONAL 2710.19.11

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DESIGNACION DE LA MERCANCIA --- Aceites medios y preparaciones: ---- Queroseno: 12 A/V

te Resolucion, por la suma de US$ 1 560,00 sera asumido por el Pliego Presupuestal del Despacho Presidencial, debiendose rendir cuenta documentaria en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision. Articulo Tercero.- El cumplimiento de la presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 21244

2710.19.11.10 --- Queroseno y carburoreactores MORDAZA queroseno para reactores y turbinas (Turbo A1), destinados al MORDAZA interno, excepto el destinado a las empresas de aviacion. 2710.19.11.20 ---- Carburoreactores MORDAZA queroseno para reactores y turbinas (Turbo A1), destinados a las empresas de aviacion. 21180

DEFENSA
Nombran Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea del Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1792 DE/FAP MORDAZA, 29 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Carta de fecha 28 de noviembre de 2002, el MORDAZA General FAP KISIC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha puesto a disposicion del Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru su actual cargo de Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea del Peru; Que, en consecuencia, es necesario designar al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea del Peru; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Nombrar con fecha 29 de noviembre de 2002, al Mayor General FAP DENEGRI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 21241

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EDUCACION
Aprueban Estatuto de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 048-2002-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-99-ED, se aprobo el Estatuto de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes; Que, por Decreto Supremo Nº 062-2001-ED, se faculto al Ministerio de Educacion a conformar una Comision encargada de analizar y/o proponer las modificaciones pertinentes al Estatuto de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 420-2001-ED, se conformo la Comision encargada de analizar y proponer las modificaciones pertinentes al Estatuto de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru, asi como de adoptar las medidas necesarias orientadas al restablecimiento de la gestion educativa y las senaladas en las normas legales vigentes sobre la materia; Que, por Resolucion Ministerial Nº 088-2002-ED, se otorgo a la Comision conformada por Resolucion Ministerial Nº 420-2001-ED, un plazo de hasta ciento ochenta (180) dias, para la culminacion de las modificaciones pertinentes al Estatuto de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru, y demas funciones encomendadas en la misma; Que, mediante el Oficio Nº 183-2002-PCRE-ENSABAP, el Presidente de la Comision conformada por la Resolucion Ministerial Nº 420-2001-ED, ha presentado el Texto del proyecto de Estatuto de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru, por lo que resulta necesario proceder a su aprobacion; De conformidad con lo establecido en el inciso 2) del articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Estatuto de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Dejase sin efecto el Estatuto de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-99-ED. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de noviembre del ano dos mil dos. 12 MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion

ECONOMIA Y FINANZAS
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 186-2002-EF Mediante Oficio Nº 3186-2002-EF/60 el Ministerio de Economia y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 186-2002-EF, publicado en la edicion del 28 de noviembre de 2002, en la pagina 234109. Articulo 1º: DICE: CODIGO 2710.19.11 Designacion de la Mercancia --- Aceites medios y preparaciones: 12 A/V

2710.19.11.10 ---- Queroseno y carburoreactores MORDAZA queroseno para reactores y turbinas (Turbo A1) destinados al MORDAZA interno, excepto el destinado a las empresas de aviacion. 2710.19.11.20 ---- Carburoreactores MORDAZA queroseno para reactores y turbinas (Turbo A1) destinados a las empresas de aviacion.

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