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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (02/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 234361 NORMAS LEGALES Lima, lunes 2 de diciembre de 2002 te Resolución, por la suma de US$ 1 560,00 será asumido por el Pliego Presupuestal del Despacho Presidencial, de- biéndose rendir cuenta documentaria en un plazo no ma- yor de quince (15) días al término de la referida comisión. Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente Re- solución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 21244 DEFENSA Nombran Jefe del Estado Mayor Gene- ral de la Fuerza Aérea del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1792 DE/FAP Lima, 29 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Carta de fecha 28 de noviembre de 2002, el Teniente General FAP KISIC WAGNER Jorge Raúl Este- ban, ha puesto a disposición del Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú su actual cargo de Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú; Que, en consecuencia, es necesario designar al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Le- gislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo Único.- Nombrar con fecha 29 de noviem- bre de 2002, al Mayor General FAP DENEGRI AYLLÓN Orlando César Luis, como Jefe del Estado Mayor Gene- ral de la Fuerza Aérea del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 21241 ECONOMÍA Y FINANZAS FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 186-2002-EF Mediante Oficio Nº 3186-2002-EF/60 el Ministerio de Economía y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 186-2002-EF, publicado en la edición del 28 de noviembre de 2002, en la página 234109. Artículo 1º: DICE: CÓDIGO Designación de la Mercancía A/V 2710.19.11 --- Aceites medios y preparaciones: 2710.19.11.10 ---- Queroseno y carburoreactores tipo 12 queroseno para reactores y turbinas (Turbo A1) destinados al mercado interno, excepto el destinado a las empresas de aviación. 2710.19.11.20 ---- Carburoreactores tipo queroseno 12 para reactores y turbinas (Turbo A1) destinados a las empresas de aviación.DEBE DECIR: SUBPARTIDA DESIGNACIÓN DE LA MERCANCÍA A/V NACIONAL --- Aceites medios y preparaciones: 2710.19.11 ---- Queroseno: 2710.19.11.10 --- Queroseno y carburoreactores tipo 12 queroseno para reactores y turbinas (Turbo A1), destinados al mercado interno, excepto el destinado a las empresas de aviación. 2710.19.11.20 ---- Carburoreactores tipo queroseno 12 para reactores y turbinas (Turbo A1), destinados a las empresas de aviación. 21180 EDUCACIÓN Aprueban Estatuto de la Escuela Nacio- nal Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú DECRETO SUPREMO Nº 048-2002-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, m ediante el Decreto Supremo Nº 001-99-ED, se aprobó el Estatuto de la Escuela Nacional Superior Au- tónoma de Bellas Artes; Que, por Decreto Supremo Nº 062-2001-ED, se fa- cultó al Ministerio de Educación a conformar una Comi- sión encargada de analizar y/o proponer las modifica- ciones pertinentes al Estatuto de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 420-2001-ED, se conformó la Comisión encargada de analizar y propo- ner las modificaciones pertinentes al Estatuto de la Escue- la Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, así como de adoptar las medidas necesarias orientadas al restablecimiento de la gestión educativa y las señaladas en las normas legales vigentes sobre la materia; Que, por Resolución Ministerial Nº 088-2002-ED, se otor- gó a la Comisión conformada por Resolución Ministerial Nº 420-2001-ED, un plazo de hasta ciento ochenta (180) días, para la culminación de las modificaciones pertinentes al Esta- tuto de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Ar- tes del Perú, y demás funciones encomendadas en la misma; Que, mediante el Oficio Nº 183-2002-PCRE-ENSA- BAP, el Presidente de la Comisión conformada por la Re- solución Ministerial Nº 420-2001-ED, ha presentado el Texto del proyecto de Estatuto de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, por lo que resulta necesario proceder a su aprobación; De conformidad con lo establecido en el inciso 2) del artí- culo 3º del Decreto Legislati vo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el Estatuto de la Escuela Na- cional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Déjase sin efecto el Estatuto de la Es- cuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-99-ED. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- siete días del mes de noviembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación