Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2002 (02/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 2 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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CONVOCATORIA, FINES Y QUORUM DE LAS ASAMBLEAS Articulo 11º.- La Asamblea de la ESCUELA se reune en sesion Ordinaria y Extraordinaria, convocadas por el Presidente en los plazos y terminos establecidos en el presente Estatuto y cuando lo requiera los 2/3 de los miembros de la Asamblea, conforme a las disposiciones del Reglamento de la Escuela. Articulo 12º.- La Asamblea de la ESCUELA se reune en sesion Ordinaria y Extraordinaria, a) La Asamblea Ordinaria es obligatoria por lo menos tres veces cada ano, para los fines siguientes: - En el mes de marzo de cada ano para evaluar y aprobar el Cronograma de Actividades Academicas a desarrollarse en ese ano y los planes curriculares de los Programas Academicos; - Dentro de los primeros 90 dias del primer semestre para pronunciarse sobre la Memoria Anual del Consejo Superior y sobre la gestion administrativa, academica, economica y financiera, asi como del Balance General y de los Estados Financieros del ejercicio economico anterior, asi como para aprobar el Proyecto del Presupuesto Anual. - MORDAZA de finalizar el MORDAZA semestre para evaluar y supervisar las actividades academicas y economicas. b) Las Asambleas Extraordinarias son convocadas para tratar los asuntos previstos en los incisos a) , d) , e) y f) del Articulo 10 del presente Estatuto y los demas asuntos que convoque las 2/3 de sus miembros, siempre que guarde relacion y se ajuste a las disposiciones estatutarias. Articulo 13º.- La Asamblea quedara valida y legalmente constituida en primera hora con la asistencia de 2/3 de los miembros que la conforman, y en MORDAZA hora con la presencia de mas del cincuenta por ciento (50%) de quienes la conforman. La MORDAZA convocatoria debe realizarse despues de transcurrido cinco (5) dias de frustrada la primera, la Asamblea se realizara con la asistencia de no menos del treinta (30%) de sus integrantes. Articulo 14º.- En la Asamblea Ordinaria los acuerdos se tomaran por una mayoria simple de votos de los miembros asistentes, y en la Asamblea Extraordinaria por el MORDAZA afirmativo de por lo menos 2/3 de los miembros presentes. Los representantes que ocupen cargos directivos solo tendran derecho a voz y no a MORDAZA, cuando se trate de asuntos referidos a la evaluacion de sus facultades y obligaciones. DEL CONSEJO SUPERIOR.Articulo 15º.- El Consejo Superior es el organo responsable de la direccion y/o administracion, ejecucion y promocion de LA ESCUELA y esta integrado por;

- Tres (3) representantes de los docentes. - Un (1) representante de los estudiantes. - Un (1) representante designado por el Sector Educacion. Los representantes de los docentes y estudiantes para el Consejo Superior, seran elegidos en el MORDAZA electoral de los representantes ante la Asamblea, no pudiendo postular simultaneamente para ambos Organos de Gobierno. El representante de los docentes que obtenga la mayoria de votos y que cumpla con los requisitos establecidos en los Incs. b), c) y d) del Articulo 19 del presente Estatuto sera designado Presidente del Consejo Superior, los candidatos que obtengan la MORDAZA y tercera mas alta votacion se integra al Consejo Superior. Articulo 16º.- Las funciones y atribuciones del Consejo Superior son las siguientes: a) Cumplir y hacer cumplir la Ley, el estatuto, las decisiones de la Asamblea, los reglamentos y sus propios acuerdos. b) Aprobar, reformar e interpretar los reglamentos y normas internas. c) Elegir de su seno a su Presidente y Vicepresidente. d) Aprobar, en primera instancia, la Memoria y los Estados Financieros preparados por la Presidencia y/o Gerente y someterlos a la Asamblea de la ESCUELA. e) Dirigir la Administracion de la ESCUELA y en especial impulsar la modernizacion educativa, promoviendo el desarrollo de la iniciativa, la creatividad, la simplificacion de los procesos y evaluacion de los resultados. f) Dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades academicas, lo que implica necesariamente la aprobacion de los Planes de Estudio, del numero de vacantes para el concurso de admision. g) Controlar y evaluar periodicamente la ejecucion del Presupuesto Anual. h) Designar y remover al Gerente y al Auditor Interno y a propuesta del primero de los nombrados a los Directores que ejerzan labores administrativas. i) Autorizar la afiliacion de la ESCUELA a Asociaciones, Federaciones y otras entidades nacionales o internacionales. j) Aprobar y autorizar la suscripcion de Convenios de Cooperacion Interinstitucional con entidades publicas o privadas, nacionales o extranjeras y supervisar su ejecucion. k) Conferir el Titulo Profesional en Artes Plasticas y/o Educacion Artistica, asi como otorgar distinciones honorificas. l) Encargar la Gerencia en caso de licencia, impedimento o vacancia de este. m) Apoyar y controlar las medidas necesarias y convenientes que la Gerencia adopte para la optima utilizacion de los recursos de la ESCUELA y la eficaz realizacion de los fines de esta.

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