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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (02/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 53

Pág. 234411 NORMAS LEGALES Lima, lunes 2 de diciembre de 2002 que efectúen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones en funciones que les asigna la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transpor- tes y Comunicaciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órde- nes de Inspección Nº 0753 y 0754-2002-MTC/12.04SDA señalando que los Inspectores Raúl Mendives Rodríguez y Rommy Picón Aguilar, realizarán en la ciudad de Mia- mi, Estados Unidos de América, durante los días 4 al 6 de diciembre de 2002, una inspección técnica al heli- cóptero Sikorsky Modelo S-58ET de matrícula N37723 SN 58-1672 de la empresa Helicópteros del Cusco S.A.; Que, resulta pertinente autorizar el viaje de los referi- dos inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones técnicas a que se contrae las Órdenes de Inspección Nºs. 0753 y 0754-2002-MTC/12.04.SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27779, Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y Resolución Suprema Nº 015-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Raúl Mendives Rodríguez y Rommy Picón Aguilar, Inspecto- res de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 4 al 6 de diciembre de 2002, para los fines a que se con- trae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según el siguiente detalle: Viáticos US$1320.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 50.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspec- tores mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un in- forme detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 21128 Declaran en abandono solicitudes pre- sentadas por personas naturales sobre ratificación de permisos de operación para prestar servicio de transporte flu- vial comercial DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 267-2002-MTC/13 Lima, 25 de noviembre de 2002Vista la solicitud (Expediente Nº 2001-004900), pre- sentada por don PEDRO REGUERA OLIVEIRA solici- tando la ratificación del Permiso de Operación que tiene autorizado para prestar transporte fluvial comercial; Que, don PEDRO REGUERA OLIVEIRA cuenta con Permiso de Operación otorgado mediante Resolución Mi- nisterial Nº 023-86-TC/AC (28.4.86), para prestar trans- porte fluvial comercial de carga general, en tráfico na- cional o cabotaje; Que, la mencionada solicitud fue presentada sin ad- juntar los documentos que señala el artículo 57º del D.S. Nº 005-2001-MTC; Que, mediante Oficio Nº 002-2002-MTC/15.15 de fe- cha 19.8.02, se le otorgó una extensión de plazo al recu- rrente para la presentación de los documentos pendien- tes, dejando expresa constancia que vencido el plazo serán cancelados los trámites que le corresponde, por no haber regularizado su situación oportunamente; Que, de acuerdo al artículo 191º de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General y al haber transcurrido más de treinta (30) días desde la notifica- ción para la regularización del trámite, corresponde de- clarar mediante la presente Resolución Directoral el abandono del procedimiento; Que, de acuerdo a la Segunda Disposición Transito- ria del D.S. Nº 005-2001-MTC y al haber vencido el pla- zo para adecuarse a las disposiciones del referido Re- glamento, quedarán automáticamente cancelados y sin efecto legal los Permisos de Operación de Transporte Fluvial que se hubieran concedido; Que, mediante Informes Nºs. 132-2002-MTC/13.02 y 263-2002-MTC/13.al, del Director de Marina Mercante y Transporte Multimodal y el Asesor Legal, respectivamen- te, opinan que no procede la solicitud de ratificación de Permiso de Operación presentada por el recurrente, por lo que resulta improcedente lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley de Proce- dimiento Administrativo General, Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC, Ley Nº 27791 y Decretos Legislati- vos Nºs. 560, 644 y 683; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR en ABANDONO el Expedien- te Nº 2001-004900 de fecha 16 de mayo del 2001 corres- pondiente a don PEDRO REGUERA OLIVEIRA y por lo tanto no proceder con la solicitud de ratificación del Permi- so de Operación que se refiere en los considerandos. Artículo 2º.- CANCELAR el Permiso de Operación otorgado por Resolución Ministerial Nº 023-86-TC/AC (28.4.86), así como la operación de las embarcaciones E/ F "Reguera III" con Matrícula IQ-7963-EF, E/F "Reguera IV" con Matrícula IQ-7964-EF, E/F "Piurana" con Matrícu- la IQ-8023-EF, A/F “Blanquita” con Matrícula IQ-7960-AF. Artículo 3º.- La cancelación del Permiso incluye la operación de cualquier embarcación diferente a las men- cionadas en el artículo precedente. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral en- trará en vigencia al día siguiente de su notificación o publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EFRAÍN COOL CALDERÓN Director General 21132 DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 268-2002-MTC/13 Lima, 25 de noviembre de 2002 Vista la solicitud (Expediente Nº 2001-005196), pre- sentada por don CARLOS ESCUDERO HERNÁNDEZ so-