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Pág. 235194 NORMAS LEGALES Lima, domingo 15 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante el expediente que se indica, el Colegio de Abogados de Lima, se apersonó ante esta instancia solicitando al amparo de la facultad prevista en el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, por la que las Municipalidades Distritales resuel- ven solicitudes de Habilitación Urbana dentro de su juris- dicción, solicitan la Regularización de la Habilitación Urba- na Ejecutada en el Centro de Esparcimiento del Colegio de Abogados de Lima, denominado "CECAL"; Que, la Regularización de Habilitación Urbana Ejecuta- da solicitada por el Colegio de Abogados de Lima, acorde con el Certificado de Parámetros Urbanísticos Edificato- rios emitido por esta Municipalidad con fecha 27-6-02, com- patibiliza con el uso del suelo establecido por el recurren- te; por lo que considerando su ubicación se encuentra en el Área Territorial Recreacional para Lima Metropolitana - Este, cuya actuación urbanística corresponde a la Zona de Habilitación Recreacional "ZHR" en el Valle del Río Rímac, compatible para la instalación de clubes con vivienda; Que, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 26878, su Modificatoria - Ley Nº 27135 y Decreto Supremo Nº 011- 98-MTC que aprueba el Texto Único Ordenado del Regla- mento de Habilitaciones Urbanas y el Reglamento Nacio- nal de Construcciones, lo solicitado se encuentra enmar- cado en el: - Capítulo III del Procedimiento Administrativo de Re- gularización de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas. - Capítulo VI - Habilitaciones Urbanas para Uso Recrea- cional con vivienda. II-VII-7 Aportes: No se exigirá en este tipo de habilita- ciones aportes de terrenos para servicios públicos com- plementarios, ni para recreación pública. Que, de acuerdo al Testimonio de Independización y Compraventa del inmueble, registrada por el Notario de Lima, Ricardo Ortiz de Zevallos, inscrito en los Registros Públicos de Lima, manifiesta la Subdivisión en el asiento 7, de la modificación en el As. 8 Fr. Fs. 269 del tomo 10-H y la Independización en el As. 1 y 20 de la ficha 049-H, convir- tiéndose en definitiva en el As. 2C, documento que acredi- ta la propiedad del inmueble a nombre del Colegio de Abo- gados de Lima; Que, el recurrente ha cumplido con presentar la siguien- te documentación: 1º Formulario Oficial Múltiple "FOM" - Ley Nº 27157, firmado por su representante legal, el Decano del Colegio de Abogados de Lima, Dr. ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ, DNI Nº 06105850, con domicilio legal en la Av. Santa Cruz Nº 255, distrito Miraflores, y el profesional responsable, arquitecto JUAN JOSÉ COLEMANRSE FERNÀNDEZ, CAP Nº 4279, DNI Nº 06583147, con domicilio legal en la calle Ismael Bielich Flores Nº 265, urbanización Vista Ale- gre, del distrito de Santiago de Surco. 2º Certificado de Parámetros Urbanísticos Edificatorios emitido por el Departamento de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Ricardo Palma, con fecha 27-6- 2002. 3º Formulario Nº 3 "Solicitud de Habilitación Urbana Ejecutada", adjuntando el documento público que acredita la propiedad inscrita en los Registros Públicos de Lima a favor del Colegio de Abogados de Lima. 4º Recibos cancelados sobre Derecho de Trámite, Re- visión de Proyecto y autovalúo del año 2002, Memoria Des- criptiva, Plano de Coordenadas UTM, Memoria Descripti- va, Planos: (A-U) Ubicación, (A-01) Administración y 13 Bungalow, (A-02) Vestuario - Piscina, (A-03) Servicios Hi- giénicos - Lagos / comedor, (A-04) Lago Artificial, A-05 Construcción provisional con material desmontable - Co- medor 1/ Corredor 2, (A-06) Construcción Provisional con material desmontable - Corredor, Sector mesas, Sala de Juegos y bar, (A-07) Puente colgante / módulo de parrilla y (T-07) Levantamiento topográfico. 4º Recibo cancelado de derecho de Habilitación Urba- na. 5º Copia de recibo cancelado acreditando la propiedad del Suministro de Energía Eléctrica Nº 1111958 de la em- presa proveedora "LUZ DEL SUR", mediante Contrato Nº 19-900-58, con una potencia contratada de 20 Kw. Que, de acuerdo a la inspección ocular y constatación físi- ca practicada por el personal técnico del Departamento de Desarrollo Urbano y Catastro a la edificación declarada en el Expediente Técnico como Regularización de Habilitación Ur-bana Ejecutada en el Centro de Esparcimiento del Colegio de Abogados de Lima en la memoria descriptiva y planos, se ha podido verificar, que lo declarado corresponde a la realidad físi- ca constada, así mismo se encuentran ejecutadas las obras de electrificación y alumbrado general, además cuenta con una red de agua potable abastecida por un pozo tubular de agua extraída del subsuelo e impulsa a un tanque elevado para abas- tecer por gravedad a todas sus instalaciones; la red de des- agüe de todas sus instalaciones descargan a una planta de tratamiento de aguas residuales recicladas para riego por as- persión de sus áreas verdes. Cuenta con veredas y senderos desde el estacionamiento articulando las diferentes zonas de esparcimiento; Que, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 26878, su modificatoria Ley Nº 27135 y Decreto Supremo Nº 011- 98-MTC, que aprueba el Texto Único Ordenado del Regla- mento de Habilitaciones Urbanas y con la opinión favora- ble del Departamento de Desarrollo Urbano y la facultad prevista en el Art. 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Mu- nicipalidades Nº 23853 de fecha 20-3-2000 que establece la competencia para resolver Habilitaciones Urbanas en su jurisdicción; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Regularización de Habilita- ción Urbana Ejecutada para Uso Recreacional con Bungalo- ws, sobre el terreno de 82,300 m2 propiedad del Colegio de Abogados de Lima, ubicado en el Km. 40.5 de la Carretera Central, Parcela "A" del Fundo Santa Ana, Sublote I, en el dis- trito Ricardo Palma, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, conforme se establece en los planos de Ubicación y le- vantamiento físico de toda la edificación existente y memoria descriptiva declarada por el arquitecto CAP 4279, Juan José Colmenares Fernández, verificada mediante inspección ocu- lar e Informe Técnico de Constatación con fecha 14-11-2002 por el ingeniero Ernesto Guillermo de la Cruz Huamanchumo, CIP Nº 70852, y siguiente cuadro de áreas. A.-ÁREA DEL TERRENO 82,300.00 m2 B.-ÁREA CONSTRUIDA Techo aligerado 861.57 m2 - Primer piso 614.35 m2 - Segundo piso 246.22 m2 Cobertizo liviano desmontable 913.34 m2 - Pérgolas Instalaciones complementarias 5,797.03 m2 - Piscinas 810.73 m2 - Laguna artificial 2,790.30 m2 - Losas deportivas 2,196.00 m2 - Cerco vivo 607.50 ml - Cerco de adobón 544.50 ml C.-ÁREA LIBRE 71,885.12 m2 - Acantilado de cerro 8,414.88 m2 - Campo deportivo con césped 5,850.00 m2 - Camping 16,750.00 m2 - Juegos infantiles y rodeo 15,579.50 m2 - Jardines 18,760.50 m2 - Veredas y senderos 3,750.40 m2 - Estacionamiento afirmado 5,870.00 m2 Artículo Segundo.- Conforman la presente Regulari- zación de Habilitación Urbana, la Memoria Descriptiva y Planos debidamente firmados y sellados por el profesional responsable, el Decano del Colegio de Abogados y el De- partamento de Desarrollo Urbano. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Desarro- llo Urbano incorporar la presente Regularización de Habili- tación Urbana Ejecutada en el Plan Urbano del distrito Ri- cardo Palma, referente al Registro de la presente Resolu- ción, Plano aprobado de la Regularización y Plano Catas- tral actualizado. Artículo Cuarto.- INSCRÍBASE la presente Resolución en la Oficina Registral de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Lima y Callao, en un plazo no mayor a 90 días de emisión, así mismo comuníquese a los intere- sados y a la Municipalidad Provincial de Huarochirí en cum- plimiento del artículo 27º del D.S. Nº 011-98-MTC.TUO, del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. LUIS MIGUEL HERRERA LÓPEZ Alcalde 22140