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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (19/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 80

Pág. 235394 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de diciembre de 2002 la cancelación del proceso deberá realizarse mediante resolución o acuerdo debidamente sustentado, del mis- mo o superior nivel de aquél que dio inicio al expediente de contratación o adquisición, debiéndose publicar conforme lo disponga el Reglamento; Que, el tercer párrafo del artículo 19º del Decreto Su- premo Nº 039-98-PCM - Reglamento de la Ley Nº 26850, indica que la publicación de la formalización de la decisión de cancelar el proceso de selección se realizará en el Dia- rio Oficial El Peruano y dentro de los treinta (30) días pos- teriores a la adopción de la decisión; Que, mediante aviso publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 21 de diciembre de 2000 se comunica que por razones de fuerza mayor, se deja sin efecto la convo- catoria del Concurso Público Nº 002-CE-MPL-2000, con- forme a la normatividad aplicable; En mérito a lo dispuesto por la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Modifi- catoria - Ley Nº 27330, el Decreto Supremo Nº 039-98- PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado y en uso de las facultades conferi- das por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CANCELAR en vías de regulari- zación la convocatoria del Concurso Público Nº 002-CE- MPL-2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el diario OJO los días 2 y 3 de diciembre del 2000, el cual tenía como objeto la contratación de los servicios de: ÍTEM 01Recolección de Residuos Sólidos S/. 600,000.00 con I.G.V. ÍTEM 02Barrido de Calles, Veredas, Bermas, Parques y Plazuelas S/. 385,920.00 con I.G.V. ÍTEM 03Mantenimiento de Áreas Verdes S/. 336,000.00 con I.G.V. Cuyo monto referencial total es de S/. 1,321,920.00 (Un Millón Trescientos Veintiún Mil Novecientos Veinte con 00/100 Nuevos Soles), incluido el I.G.V. Artículo Segundo.- El Comité Especial de la Muni- cipalidad de Pueblo Libre queda encargado de comuni- car a los postores que adquirieron las Bases Adminis- trativas, la cancelación del proceso, de acuerdo a lo que indica el Art. 34º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado y el artículo 19º del D.S. Nº 039-98-PCM. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días posteriores a la adopción de la decisión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 22544 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUÁNUCO Autorizan contratar servicios de em- presa para el cobro de multa impuesta a la empresa Telefónica del Perú S.A.A., mediante proceso de adjudicación de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 31-2002-MPHCO-C Huánuco, 4 de diciembre de 2002 Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 3 de diciembre de 2002, el asunto relacionado a la Exonera- ción de Proceso de Selección para la Contratación de Ser- vicios Personalísimos;CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 1880-2002-MPHCO-A de fecha 21 de octubre de 2002 se impone la multa a la Em- presa Telefónica del Perú S.A.A. por la suma de S/. 6'984,300.00 nuevos soles por colocación de postes sin autorización Municipal; Que, mediante Informe Nº 21-2002-MPHCO-OA emi- tido por el Jefe de la Oficina de Administración existe la necesidad de obtener ingresos económicos para cum- plir obligaciones esenciales como es el pago de los apor- tes de ESSALUD, AFP, pago de beneficios a los trabaja- dores que se encuentran sin pago desde hace varios años y que afectan los derechos de atención de salud de los servidores; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso h) del artícu- lo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado aprobado mediante De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones de servicios personalísimos se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación, Concurso Público o Adjudicacio- nes Directas, procediendo su contratación mediante una adjudicación de Menor Cuantía, conforme a lo establecido por el artículo 20º de dicha Ley; Que, el artículo 111º del Reglamento de la precitada Ley, aprobada por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que son servicios personalísimos, los contratos de locación de servicios celebrados con personas natura- les o jurídicas cuando para dicha contratación se haya te- nido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, parti- culares o especiales o por su determinada calidad, profe- sión, ciencia, arte u oficio; Que, los artículos 105º y 116º del mencionado Regla- mento establecen los procedimientos a que deben some- terse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de selección antes aludidos precisando que, una vez aprobada la exoneración, la contratación deberá reali- zarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla los requisitos es- tablecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolu- ción exoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo la contratación; Que, el Informe Legal emitido por el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica contienen la justificación legal de la procedencia a la exoneración del Concurso Público Res- pectivo; Estando a lo expuesto a lo aprobado por UNANIMIDAD en sesión extraordinaria de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853; SE ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR la Exoneración del proceso de Licitación Pública para la Contratación de los Servi- cios Personalísimos para el cobro de la Multa Impuesta a la Empresa Telefónica del Perú S.A.A., debiéndose cumplir con los procedimientos que establece el Decre- to Supremo Nº 012-2001-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado; Artículo 2º.- AUTORIZAR al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huánuco, para que a través del Comité Es- pecial conformado para tal fin, proceda a la contratación de una Empresa bajo la modalidad de servicios personalí- simos, para que se encargue del cobro de la suma a que asciende la multa impuesta a la Empresa Telefónica del Perú S.A.A. Artículo 3º.- DISPONER la publicación en el Diario Oficial El Peruano del presente acuerdo, así como poner a conocimiento de la Contraloría General de la República dentro de los diez días siguientes de su aprobación. Artículo 4º.- TRANSCRIBIR a quienes corresponda para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DIGNO ENRIQUE ROJAS HUAMÁN Alcalde 22424