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Pág. 215890 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de enero de 2002 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA Dan por concluidas funciones de Oficial Mayor del Congreso de la República RESOLUCIÓN Nº 005-2002-P/CR Lima, 16 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 94º de la Constitución Política, el Congreso nombra y remueve a sus funcionarios y empleados; Que, por Resolución Nº 101-93-CD/CCD del 5 de mayo de 1993, se nombró como Oficial Mayor del Congreso de la República al señor José Francisco Cevasco Piedra; Que, el Consejo Directivo por Acuerdo Nº 392-2001- 2002/CONSEJO-CR del 14 de enero de 2002, decidió dar por concluidas las funciones del señor José Cevasco Pie- dra como Oficial Mayor; y, De conformidad con los Artículos 30º, inciso k), y 32º del Reglamento del Congreso; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluidas, al 14 de enero de 2002, las funciones del señor JOSÉ FRANCISCO CEVASCO PIEDRA como Oficial Mayor del Congreso de la República. Publíquese, comuníquese y archívese. CARLOS FERRERO Presidente del Congreso de la República 1174 Nombran Oficial Mayor del Congreso de la República RESOLUCIÓN Nº 006-2002-P/CR Lima, 16 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que el Congreso de la República es un Poder del Esta- do que por mandato constitucional tiene autonomía nor- mativa, económica y administrativa, sujeto a las normas de la Constitución Política y el Reglamento del Congreso; Que se ha propuesto al señor José Manuel Antonio Eli- ce Navarro, actual Director General Parlamentario, como Oficial Mayor del Congreso; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso k) del Artículo 30º del Reglamento del Congreso, es atribución del Consejo Directivo nombrar al Oficial Mayor; Que, a propuesta del Presidente el Consejo Directivo por Acuerdo Nº 392-2001-2002/CONSEJO-CR del 14 de enero de 2002, ha nombrado al mencionado funcionario como Oficial Mayor; y, De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 30º y 32º del Reglamento del Congreso; SE RESUELVE: Primero.- Nombrar, a partir del 14 de enero de 2002, al señor JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO como Oficial Mayor del Congreso de la República, quien cumpli- rá con las atribuciones señaladas por el Reglamento del Congreso de la República, el Reglamento de Organización y Funciones, el Manual de Organización y Funciones y demás normas internas pertinentes. Segundo.- La remuneración que perciba el Oficial Ma- yor se rige por la Escala Remunerativa aprobada por el Congreso de la República y por las demás normas ad- ministrativas vigentes. Publíquese, comuníquese y archívese. CARLOS FERRERO Presidente del Congreso de la República 1175PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA DECRET O DE URGENCIA Nº 003-2002 SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LO DISPUEST O EN EL NUMERAL 14.1 DEL ARTICULO 14º DE LA LEY Nº 27573 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002, Ley Nº 27573, ha aprobado medidas de racionalidad y austeridad en la ejecución del gasto público, orientadas a mantener el equilibrio entre los ingresos y gastos presupuestados; Que, dentro de las mencionadas disposiciones se han dictado medidas en materia de bienes y servicios y otros, cuya implementación requiere un plazo de adecuación con el fin de mantener el normal funcionamiento de las entida- des de la Administración Pública; Que, atender esta situación excepcional, responde al interés nacional y conlleva medidas económico financie- ras extraordinarias de carácter urgente en diferentes Enti- dades Públicas del Estado; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto de la Norma Déjese en suspenso hasta el 31 de marzo de 2002, la aplicación de lo dispuesto en el numeral 14.1 del Artículo 14º de la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de enero del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 1214 P C M Modifican el Reglamento de la Ley Nº 27482, que regula la publicación de la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los Funcionarios y Servidores Públicos del Estado DECRETO SUPREMO Nº 003-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27482 -Ley que Regula la Publi- cación de la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y