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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2002 (18/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 215900 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de enero de 2002 Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificado por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98- JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR al INSTITUTO DE INVES- TIGACIONES JURIDICAS Y JUDICIALES, el funciona- miento de su Centro de Conciliación denominado CENTRO DE CONCILIACION DEL INSTITUTO DE INVES- TIGACIONES JURIDICAS Y JUDICIALES - AREQUIPA, con sede la ciudad de Arequipa. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y apli- cará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ZAMORANO MACCHIAVELLO Viceministro de Justicia (e) 1074 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 016-2002-JUS Lima, 15 de enero de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 24147 - 2001, de fecha 5 de octubre de 2001, de la ASOCIACIÓN CENTRO DE CONCILIACIÓN NUESTRO DERECHO; CONSIDERANDO: Que la ASOCIACIÓN CENTRO DE CONCILIACIÓN NUESTRO DERECHO, es una asociación civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada asociación civil ha solicitado autori- zación para el funcionamiento del Centro de Conciliación denominado ASOCIACIÓN CENTRO DE CONCILIACIÓN NUESTRO DERECHO, con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 28 de noviembre de 2001, se realizó la constatación respectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos estableci- dos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016- 2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funciona- miento de su Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 0033 -2002-JUS/ STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinen- te atender la solicitud de la ASOCIACIÓN CENTRO DE CONCILIACIÓN NUESTRO DERECHO; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Mi- nisterio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98- JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la ASOCIACIÓN CENTRO DE CONCILIACIÓN NUESTRO DERECHO, el funcionamiento de su Centro de Conciliación denominado ASOCIACIÓN CENTRO DE CONCILIACIÓN NUESTRO DERECHO, con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y apli- cará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ZAMORANO MACCHIAVELLO Viceministro de Justicia (e) 1075PRES Autorizan viaje del Presidente Ejecuti- vo del CTAR La Libertad para suscribir Protocolo de Entendimiento entre la Región Lombardía (Italia) y el CTAR La Libertad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 010-2002-PRES Lima, 16 de enero de 2002 Visto el Facsímil (EUR-EPR) Nº 058, del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Informe Legal Nº 157-2001-ST/ GRAJ, del Gerente Regional de Asesoría Jurídica del CTAR La Libertad y el Oficio Nº 511-2001-ST-GRPI, del Gerente Regional de Promoción de Inversiones; y, CONSIDERANDO: Que, el señor Embajador Alberto Gutiérrez La Madrid - Director de Europa del Ministerio de Relaciones Exterio- res, pone en conocimiento del Presidente Ejecutivo del CTAR La Libertad, ingeniero José Raguberto León Rivera que había quedado pendiente la suscripción del Protocolo de Entendimiento entre la Región Lombardía (Italia) y el Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR la Libertad (Perú); Que, el citado documento establece el marco para la cooperación técnica italiana, con especial dedicación en los sectores de calzado y textiles; así como la promoción de acuerdos técnicos de naturaleza operativa, activando iniciativas específicas sobre proyectos en común en as- pectos de índole comercial, tecnológico, educativo, socio- ambiental, ambiental, turístico y cultural, requiriendo para su formalización que se firme dicho Protocolo en la ciudad de Milán, Italia; Que, de acuerdo con lo prescrito por el Artículo 2º de la Ley Nº 27619 "Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos", el sus- tento del viaje a Milán se encuentra debidamente funda- mentado en el interés nacional en tanto la suscripción del referido Protocolo beneficiará al intercambio con la Región de Lombardía, como lo confirman los funcionarios del Mi- nisterio de Relaciones Exteriores, así como por el interés de la institución, tal y como lo demuestra el Informe Legal Nº 157-2001-ST/GRAJ; Que, en mérito a lo expuesto, es pertinente autorizar al ingeniero José Raguberto León Rivera, Presidente Ejecu- tivo del CTAR La Libertad, para que viaje a la ciudad de Milán - Italia para los fines citados; habiendo programado su permanencia en dicha ciudad del 19 al 26 de enero de 2002; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley Nº 27619 y Decreto Supremo Nº 011- 2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero José Ra- guberto León Rivera, Presidente Ejecutivo del CTAR La Libertad a la ciudad de Milán, Italia, del 19 al 26 de enero de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos, con recursos del presupuesto del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR La Libertad de acuerdo al siguiente deta- lle: Pasajes :US$1 200.00 Viáticos :US$2 080.00 Tarifa CORPAC :US$ 25.00 --------------------- TOTAL 3 305.00 Artículo 3º.- El funcionario antes mencionado, en el término de quince (15) días calendario, contados a partir de su retorno al país deberá elaborar un informe, en el cual describirá las actividades desarrolladas en el mencionado viaje. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otor- ga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de