Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2002 (18/01/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 18 de enero de 2002

Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificado por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR al INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURIDICAS Y JUDICIALES, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURIDICAS Y JUDICIALES - MORDAZA, con sede la MORDAZA de Arequipa. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZAMORANO MACCHIAVELLO Viceministro de Justicia (e) 1074 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 016-2002-JUS MORDAZA, 15 de enero de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 24147 - 2001, de fecha 5 de octubre de 2001, de la ASOCIACION CENTRO DE CONCILIACION NUESTRO DERECHO; CONSIDERANDO: Que la ASOCIACION CENTRO DE CONCILIACION NUESTRO DERECHO, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado ASOCIACION CENTRO DE CONCILIACION NUESTRO DERECHO, con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 28 de noviembre de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 0033 -2002-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la ASOCIACION CENTRO DE CONCILIACION NUESTRO DERECHO; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la ASOCIACION CENTRO DE CONCILIACION NUESTRO DERECHO, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado ASOCIACION CENTRO DE CONCILIACION NUESTRO DERECHO, con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZAMORANO MACCHIAVELLO Viceministro de Justicia (e) 1075

PRES
Autorizan viaje del Presidente Ejecutivo del CTAR La MORDAZA para suscribir Protocolo de Entendimiento entre la Region Lombardia (Italia) y el CTAR La MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 010-2002-PRES
MORDAZA, 16 de enero de 2002 Visto el Facsimil (EUR-EPR) Nº 058, del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Informe Legal Nº 157-2001-ST/ GRAJ, del Gerente Regional de Asesoria Juridica del CTAR La MORDAZA y el Oficio Nº 511-2001-ST-GRPI, del Gerente Regional de Promocion de Inversiones; y, CONSIDERANDO: Que, el senor Embajador MORDAZA MORDAZA La MORDAZA Director de Europa del Ministerio de Relaciones Exteriores, pone en conocimiento del Presidente Ejecutivo del CTAR La MORDAZA, ingeniero MORDAZA Raguberto MORDAZA MORDAZA que habia quedado pendiente la suscripcion del Protocolo de Entendimiento entre la Region Lombardia (Italia) y el Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR la MORDAZA (Peru); Que, el citado documento establece el MORDAZA para la cooperacion tecnica italiana, con especial dedicacion en los sectores de calzado y textiles; asi como la promocion de acuerdos tecnicos de naturaleza operativa, activando iniciativas especificas sobre proyectos en comun en aspectos de indole comercial, tecnologico, educativo, socioambiental, ambiental, turistico y cultural, requiriendo para su formalizacion que se firme dicho Protocolo en la MORDAZA de MORDAZA, Italia; Que, de acuerdo con lo prescrito por el Articulo 2º de la Ley Nº 27619 "Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos", el sustento del viaje a MORDAZA se encuentra debidamente fundamentado en el interes nacional en tanto la suscripcion del referido Protocolo beneficiara al intercambio con la Region de Lombardia, como lo confirman los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, asi como por el interes de la institucion, tal y como lo demuestra el Informe Legal Nº 157-2001-ST/GRAJ; Que, en merito a lo expuesto, es pertinente autorizar al ingeniero MORDAZA Raguberto MORDAZA MORDAZA, Presidente Ejecutivo del CTAR La MORDAZA, para que viaje a la MORDAZA de MORDAZA - Italia para los fines citados; habiendo programado su permanencia en dicha MORDAZA del 19 al 26 de enero de 2002; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619 y Decreto Supremo Nº 0112001-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero MORDAZA Raguberto MORDAZA MORDAZA, Presidente Ejecutivo del CTAR La MORDAZA a la MORDAZA de MORDAZA, Italia, del 19 al 26 de enero de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos, con recursos del presupuesto del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR La MORDAZA de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 200.00 Viaticos : US$ 2 080.00 Tarifa CORPAC : US$ 25.00 --------------------TOTAL 3 305.00 Articulo 3º.- El funcionario MORDAZA mencionado, en el termino de quince (15) dias calendario, contados a partir de su retorno al MORDAZA debera elaborar un informe, en el cual describira las actividades desarrolladas en el mencionado viaje. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de

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