Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2002 (18/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 18 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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Autorizan a procuradora iniciar acciones contra trabajadores de la Oficina Registral de La MORDAZA por la presunta comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 016-2002-JUS
MORDAZA, 14 de enero de 2002 Visto el Oficio Nº 1652-2001-JUS-PPMJ de fecha 22 de noviembre de 2001, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo senalado en el Informe Nº 006-2000OAI/ORLL de la Oficina de Auditoria Interna de la Oficina Registral de la Region La MORDAZA, Informe Nº 01-2001-ORLL/ GL, su ampliatorio de fecha 7 de marzo de 2001, e Informe Nº 046-2001-ORLL/GL de la Gerencia Legal de dicha Oficina, existen indicios razonables de la comision de delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, cuya responsabilidad, presuntamente, recaeria en nueve trabajadores de la mencionada Oficina Registral; Que estando a lo senalado en el Informe Nº 024-2001JUS/PPMJ-RVA de fecha 20 de setiembre de 2001, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, y resultando la Oficina Registral de la Region La MORDAZA la directa perjudicada por estos hechos, es procedente autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga la accion judicial que corresponda; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, y Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga la accion penal por el delito contra la Fe Publica previsto y sancionado en el Articulo 427º del Codigo Penal, en la modalidad de falsificacion de documentos, contra MORDAZA MORDAZA Razuri Susoni, MORDAZA MORDAZA Rubio MORDAZA, MORDAZA Samillan Ascurra, MORDAZA MORDAZA Rubio MORDAZA, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del MORDAZA Ganoza Castaneda, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Yvan MORDAZA MORDAZA Cantera y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Corcuera. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 1040

Que la mencionada institucion ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION "JORMOS", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 14 de diciembre de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 0057-2002-JUS/STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la ASOCIACION DE CONCILIACION JORMOS; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, que precisa los alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificado por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la ASOCIACION DE CONCILIACION JORMOS, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION "JORMOS", con sede la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZAMORANO MACCHIAVELLO Viceministro de Justicia (e) 1073 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 015-2002-JUS MORDAZA, 15 de enero de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 14882, de fecha 4 de MORDAZA de 2001, del INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURIDICAS Y JUDICIALES; CONSIDERANDO: Que el INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURIDICAS Y JUDICIALES, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURIDICAS Y JUDICIALES MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Arequipa; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 11 de diciembre de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 0056-2002-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURIDICAS Y JUDICIALES; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, que precisa los alcances de las funciones del Viceministro, Ley

Autorizan a asociaciones el funcionamiento de centros de conciliacion con sedes en las ciudades de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 014-2002-JUS MORDAZA, 15 de enero de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 29418, de fecha 22 de noviembre de 2001, de la ASOCIACION DE CONCILIACION JORMOS; CONSIDERANDO: Que la ASOCIACION DE CONCILIACION JORMOS, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora;

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