Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2002 (30/01/2002)


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NORMAS LEGALES
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MORDAZA, miercoles 30 de enero de 2002

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Descentralizacion, a traves del fortalecimiento de los Gobiernos Locales y Regionales y la gradual transferencia de funciones. Mayor eficiencia en la utilizacion de los recursos del Estado, por lo tanto, se elimina la duplicidad o superposicion de competencias, funciones y atribuciones entre sectores y entidades o entre funcionarios y servidores. Revalorizacion de la MORDAZA Publica, se pone especial enfasis en el MORDAZA de la etica publica y la especializacion asi como el respeto al Estado de Derecho. Institucionalizacion de la evaluacion de la gestion por resultados, a traves del uso de modernos recursos tecnologicos, la planificacion estrategica y concertada, la rendicion publica y periodica de cuentas y la transparencia a fin de garantizar MORDAZA que permitan el control de las acciones del Estado. Regulacion de las relaciones intersectoriales.

Privilegiar, en el cumplimiento de sus funciones, la satisfaccion de las necesidades del ciudadano. Brindar al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo. Otorgar la informacion requerida en forma oportuna a los ciudadanos. Someterse a la fiscalizacion permanente de los ciudadanos tanto en lo referido a su gestion publica como con respecto de sus bienes o actividades privadas. CAPITULO IV DE LA MODERNIZACION EN LA ADMINISTRACION PUBLICA CENTRAL

Articulo 6º.- Criterios de diseno y estructura de la Administracion Publica El diseno y estructura de la Administracion Publica, sus dependencias, entidades y organismos, se rigen por los siguientes criterios: a. Las funciones y actividades que realice la Administracion Publica, a traves de sus dependencias, entidades y organismos, debe estar plenamente justificada y amparada en sus normas. Las dependencias, entidades, organismos e instancias de la Administracion Publica no deben duplicar funciones o proveer servicios brindados por otras entidades ya existentes. En el diseno de la estructura organica publica prevalece el MORDAZA de especialidad, debiendose integrar las funciones y competencias afines. Toda dependencia, entidad u organismo de la Administracion Publica debe tener claramente asignadas sus competencias de modo tal que pueda determinarse la calidad de su desempeno y el grado de cumplimiento de sus funciones, en base a una pluralidad de criterios de medicion.

Articulo 12º.- Estrategia del MORDAZA de modernizacion El MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado se apoya en la suscripcion de Convenios de Gestion y en la implementacion de Programas Pilotos de Modernizacion en los distintos sectores de la Administracion Publica Central, en todas sus instancias, de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ley. Estos ultimos implican una reorganizacion integral del sector, incluyendo aspectos funcionales, estructurales, de recursos humanos, entre otros. Articulo 13º.- Organizacion de entidades y dependencias de la Administracion Publica Central 13.1 La fusion de direcciones, programas, dependencias, entidades, organismos publicos descentralizados, comisiones y en general toda instancia de la Administracion Publica Central, se realizara por decreto supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, de acuerdo a las finalidades, preceptos y criterios establecidos en los Articulos 4º, 5º y 6º de la presente Ley. Las demas acciones que sobre reforma de la estructura del Estado requiera realizar el Poder Ejecutivo seran aprobadas por ley. 13.2 Las normas de organizacion y funciones de los Organismos Publicos Descentralizados seran aprobadas por decreto supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros. Articulo 14º.- Celebracion de Convenios de Gestion entre entidades de la Administracion Publica Central 14.1 La Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinacion con el Ministerio de Economia y Finanzas, podra suscribir Convenios de Gestion con el objeto de lograr y realizar los fines y acciones establecidos en la presente Ley. 14.2 Mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas, se dictaran las normas de gestion, de contrataciones y adquisiciones y del manejo presupuestario de las entidades que suscriban Convenios de Gestion. 14.3 Los Convenios de Gestion tendran una duracion MORDAZA de un ano. En ningun caso regiran mas de un ejercicio fiscal. Articulo 15º.- Elaboracion de los Convenios de Gestion Los Convenios de Gestion se elaboran teniendo en cuenta lo siguiente: a) b) c) d) El establecimiento de metas vinculadas al MORDAZA de modernizacion y de descentralizacion. El MORDAZA Macroeconomico Multianual (MMM). Las metas y objetivos establecidos en los Planes Estrategicos Sectoriales Multianuales (PESEM). El establecimiento de mecanismos de transparencia que permitan a la ciudadania medir el desempeno institucional y la obtencion de metas y objetivos establecidos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES PRIMERA.- Implementacion de programas piloto Apruebase los "Programas Piloto de Modernizacion" en los Sectores de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Estos "Programas Piloto de Modernizacion"

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Articulo 7º.- Cumplimiento de funciones y evaluacion de resultados La gestion y el uso de los recursos publicos en la Administracion Publica, sus dependencias, entidades y organismos debera estar sometida a la medicion del cumplimiento de las funciones asignadas y la obtencion de resultados, los cuales seran evaluados periodicamente. CAPITULO III DE LAS RELACIONES DEL ESTADO CON EL CIUDADANO Articulo 8º.- Democracia participativa El Estado debe promover y establecer los mecanismos para lograr una adecuada democracia participativa de los ciudadanos, a traves de mecanismos directos e indirectos de participacion. Articulo 9º.- Control ciudadano El ciudadano tiene el derecho de participar en los procesos de formulacion presupuestal, fiscalizacion, ejecucion y control de la gestion del Estado, mediante los mecanismos que la normatividad establezca. Articulo 10º.- Derechos y obligaciones de los ciudadanos El ciudadano en su relacion con las instituciones del Estado tiene los derechos y deberes establecidos en los Articulos 55º y 56º de la Ley Nº 27444, nueva Ley del Procedimiento Administrativo General, sin perjuicio de los demas derechos contenidos en la citada Ley . Articulo 11º.- Obligaciones de los servidores y funcionarios del Estado Son obligaciones de los trabajadores y funcionarios del Estado, sin perjuicio de las establecidas en otras normas, las siguientes:

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