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Pág. 216691 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de febrero de 2002 blica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2000 de la jurisdicción del Rímac; Que, el Art. 69º del D. Leg. Nº 776 establece que anualmente se aprobarán los criterios de Determinación y tasas o los importes fijos de los arbitrios del ejercicio vigente; Que, debe establecerse los importes de los arbitrios para el ejercicio 2002; Que, dada la recesión económica que atravesamos; la actual gestión municipal, en salvaguarda de la eco- nomía del vecino rimense, ha estimado por conveniente aplicar los mismos importes del ejercicio 2000; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dis- puesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con el voto Unánime de los miembros del Concejo y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aplíquese para el ejercicio 2002, las disposiciones de las Ordenanzas Nº 005-2000-MDR y Nº 016-2000-MDR, que establecieron los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2000. Artículo Segundo.- Cuando la Ordenanza Nº 005- 2000-MDR y Ordenanza Nº 016-2000-MDR, hagan refe- rencia a la Unidad Impositiva Tributaria, se entenderá re- ferida a la vigente al primero de enero del 2002. Artículo Tercero.- A partir de la fecha, dése por con- cluido el beneficio otorgado en el Art. 13º de la Orde- nanza Nº 005-2000-MDR con respecto a los arbitrios del año 2001, considerándose vigente sólo para los arbitrios del año 2002. Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Adminis- tración Tributaria y Unidad de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 2233 Fijan montos por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualiza- ción de valores y determinación del Impuesto Predial y Arbitrios del ejer- cicio 2002 ORDENANZA Nº 043-MDR Rímac, 24 de enero del 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC POR CUANTO: El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Ordina- ria de la fecha, bajo la presidencia de la Alcaldesa, Eco. Gloria Jaramillo Aguilar, con la asistencia de los señores Regidores: Rosa Olinda Liza Nunton, William Castañeda Lozano, Nelly Beatriz Pacheco Torres, Dina Emérita Iparraguirre Cuba, Jorge Estela Valdi- via, Rafael Fernando Fuentes Galindo, Iris Elizabeth Armijo Vidal, María Manuela Pintado de Tejada, Teó- filo Silva Zavaleta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Huamán Lazo, se trató como punto de la agen- da el Informe Nº 019-DAT-MDR-2002, emitido por la Dirección de Administración Tributaria, sobre el Pro- yecto de Ordenanza referente al monto a cobrarse por concepto de cálculo, emisión y distribución de las cuponeras del Impuesto Predial y Arbitrios del ejerci- cio 2002;CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Legisla- tivo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión me- canizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago, correspondientes, in- cluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión me- canizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Pública y Par- ques y Jardines Públicos correspondientes al ejercicio 2002; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dis- puesto en los Arts. 36º y 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con el voto Unánime de los miembros del Concejo y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, se aprobó la si- guiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Fíjese en S/. 10.20 (Diez y 20/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emi- sión mecanizada de actualización de valores, deter- minación del impuesto, incluyendo la distribución de la declaración jurada y determinación del Impuesto Predial y Arbitrios del ejercicio 2002. Por cada predio adicional se abonará S/. 2.50 (Dos y 50/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 2234 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Establecen montos por concepto de emisión mecanizada y distribución co- rrespondiente al pago del Impuesto Pre- dial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines ORDENANZA Nº 00121-MDSL San Luis, 29 de enero del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 25 de enero del 2002, aprobó por unanimidad el Dicta- men Nº 0001-2002-CEPAL-CDSL emitido por la Comi- sión de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales, por el cual propone los montos por concepto de emisión mecanizada y distribución correspondiente al pago del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Par- ques y Jardines para el ejercicio fiscal 2002; CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Legisla- tivo Nº 776 denominada Ley de Tributación Municipal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, deter- minación de impuestos y de recibos de pago correspon- dientes, incluida su distribución a domicilio, un importe