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Pág. 216692 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de febrero de 2002 no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vi- gente al 1 de enero de cada ejercicio fiscal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 241-2001-EF publicado en el Diario Oficial El Peruano del 29 de diciembre del 2001, se establece que a partir del 1 de enero del 2002 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT como índice de referencia de Normas Tributarias es de S/. 3,100.00 (Tres Mil Cien y 00/100 Nuevos Soles); Estando a lo expuesto, en uso de las facultades con- feridas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 776, De- creto Supremo Nº 241-2001-EF y Acuerdo de Concejo Nº 0011-2002-CDSL, se sanciona la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Establecer los siguientes montos por concepto de emisión mecanizada y distribución co- rrespondiente al pago del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines para el ejerci- cio fiscal 2002: 1. Ocho Nuevos Soles (S/. 8.00) para la emisión del Impuesto Predial para el ejercicio 2002. 2. Un Nuevo Sol (S/. 1.00) para la emisión de cada recibo de pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, Par- ques y Jardines para el ejercicio 2002. 3. Un Nuevo Sol (S/. 1.00) por concepto de derecho de emisión de Resolución de Determinación o Resolu- ción de Multa u Orden de Pago, durante el ejercicio 2002. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Finanzas y Geren- cia de Administración en cuanto les corresponda. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 2166 Ratifican tasas mensuales de los arbi- trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines ORDENANZA Nº 00122-MDSL San Luis, 29 de enero del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San Luis en Se- sión Ordinaria de fecha 25 de enero del 2002, aprobó por unanimidad el Dictamen Nº 003-2002-CEPAL-CDSL emitido por la Comisión de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales, que establece las Tasas y el Monto Mínimo de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y jardines; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2002-EF pu- blicado en el Diario Oficial El Peruano el 18 de enero del 2002, se consolida la Resolución Ministerial Nº 033-2002- UTC/15.04, que anula los planos arancelarios y los va- lores unitarios de edificación para la costa, sierra y sel- va, aprobados con Resoluciones Ministeriales Nºs. 600- 2001-MTC/1504, 601-2001-MTC/15.04 y 604-2001-MTC/ 15.04 de fecha 27 de diciembre del 2001; Que, la referida Resolución Ministerial establece el incremento de la base imponible, disponiendo un incre- mento en el aumento de los valores arancelarios y en latabla de valores unitarios del 2001, en un 2% para el pago del Impuesto Predial 2002; Que, en ese contexto luego de las variaciones produci- das, se hace necesario establecer las Tasas de los Arbi- trios Municipales, así como el monto mínimo, en aplica- ción y de la normatividad vigente; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades con- feridas por la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Munici- palidades y de conformidad con el Decreto Supremo Nº 012-2002-EF, Informe Nº 0011-2002-MDSL-GF de la Gerencia de Finanzas y Acuerdo de Concejo Nº 0009- 2002-CDSL, se sanciona la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Ratificar las tasas mensuales apli- cables por concepto del tributo denominado Limpieza Pú- blica, Parques y Jardines, establecidas en la Ordenanza Nº 060-MDSL, adicionándole el incremento del prome- dio de la variación del Indice de Precios al consumidor de los tres últimos años. Artículo Segundo.- Establecer como monto mínimo global mensual aplicable a los arbitrios municipales la suma de S/. 4.34 (Cuatro con 34/100 Nuevos Soles), con el redondeo pertinente. Artículo Tercero.- Encargar la ejecución de la pre- sente Ordenanza a la Gerencia de Finanzas y la super- visión a la Gerencia General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 2167 Fijan monto mínimo que deberán pa- gar contribuyentes por concepto de Impuesto Predial para el ejercicio fis- cal 2002 ORDENANZA Nº 00123-MDSL San Luis, 29 de enero del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San Luis en Se- sión Extraordinaria de fecha 14 de enero del 2002 apro- bó por unanimidad el Dictamen Nº 002-2002-CEPAL- CDSL emitido por la Comisión de Economía, Presupues- to y Asuntos Legales, que establece el monto mínimo del Impuesto Predial; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 13º del Decreto Legislativo Nº 776 denominado Ley de Tributación Municipal, faculta a las Municipalidades a establecer un monto mínimo a pagar por concepto de impuesto equivalente a 0.6% de la Uni- dad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero del año al que corresponde el impuesto; Que, mediante Decreto Supremo Nº 241-2001-EF pu- blicado en el Diario Oficial El Peruano el 29 de diciem- bre del 2001, se establece que a partir del mes de enero del 2002, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT como índice de referencia en Normas Tributarias es de S/. 3,100.00 (Tres Mil Cien y 00/100 Nuevos Soles); Que, en ese contexto, la Gerencia de Finanzas mediante Informe Nº 0003-2002-MDSL-GF, señala el monto mínimo que corresponde aplicar por concepto del Impuesto Predial es de S/. 18.60 Nuevos Soles, siguien- do el mismo procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 094-MDSL, con la única modificación de la aplica-