Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2002 (13/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 13 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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Autorizan contratacion de programa de vacaciones utiles mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE EXONERACION Nº 002-GG-2002 MORDAZA, 8 de febrero del 2002 VISTOS: El informe anexo al Memorandum Nº D210-MR-2002022 emitido por el Departamento de Relaciones Industriales el 21 de enero del 2002, en el que se solicita que el Programa de Vacaciones Utiles correspondiente al MORDAZA del 2002, sea contratado con el Club de Trabajadores del BCR, por las particulares caracteristicas que el mismo tiene. El Memorandum Nº K000-MB-2002-135 emitido por la Oficina Legal el 1 de febrero del 2002, en el que se opina que la contratacion del Programa de Vacaciones Utiles debe efectuarse mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, ya que configura la causal de exoneracion a que se contrae el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. CONSIDERANDO QUE: Mediante Memorandum Nº D120-MR-2002-022 de 21 de enero del 2002, el encargado del Departamento de Relaciones Industriales solicito la contratacion de este Banco Central con el Club de Trabajadores del BCR por el Programa de Vacaciones Utiles correspondiente al MORDAZA del 2002. En el Informe anexo al memorandum mencionado en el considerando anterior, se recomienda la realizacion de dicho programa con el Club de Trabajadores del BCR por cuanto, entre otros aspectos, este cuenta con una excelente infraestructura, por la seguridad con que esta dotado dicho local y por el hecho de que las facilidades de comunicacion existentes garantizan una correcta supervision del desarrollo del programa por parte del Departamento de Relaciones Industriales del Banco. Igualmente, se senala en el mencionado informe que al estar dirigido el programa principalmente a los hijos de los trabajadores del Banco, se garantiza una atencion preferencial por tratarse justamente de los hijos de los socios del Club, precisando ademas que todas las ventajas que se otorgan no encarecen el servicio, cuyo costo se encuentra dentro del promedio del MORDAZA y el que sera cubierto con recursos del Banco y de sus trabajadores. Si bien es MORDAZA existen otras asociaciones que desarrollan programas de vacaciones utiles para menores, tambien lo es que el programa que brinda el Club de Trabajadores del BCR resulta el mas optimo para las necesidades del Banco y de los padres de los ninos que participaran tal como lo demuestra la experiencia de anos anteriores. Ademas, el local donde funciona el Club es de propiedad del Fondo de Empleados, que si bien es una persona juridica distinta al Banco a el pertenecen sus trabajadores y jubilados. El MORDAZA juridico en el que se realizan las contrataciones del Banco Central para la adquisicion de bienes o para la contratacion de servicios, esta determinado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento (Decreto Supremo Nº 0132001-PCM) y normas modificatorias. De acuerdo con el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exonerados del MORDAZA de adjudicacion directa las contrataciones de servicios personalisimos. Segun el Articulo 111º del respectivo Reglamento se encuentran exonerados del MORDAZA de seleccion los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas, cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio. Debe evaluarse ademas las caracteristicas o habilidades del locador de mane-

ra objetiva y en funcion de la naturaleza de las prestaciones a su cargo. Conforme al Articulo 20º de la indicada Ley, cuando por las causas que se menciona en el Articulo 19º, se exonere las adquisiciones o contrataciones del requisito de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, debe recurrirse al MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, debiendo tal exoneracion aprobarse mediante resolucion del Titular del Pliego de la Entidad. A tenor del Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Articulo 115º de su Reglamento, MORDAZA de la resolucion que aprueba la exoneracion y los informes que la sustentan deben ser remitidos a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion y publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles de su emision u adopcion. Los motivos expuestos precedentemente permiten concluir que son las caracteristicas particulares que tiene el Club de Trabajadores, las que determinan la conveniencia de su contratacion, enmarcandose dentro de la causal de servicio personalisimo, regulada en el inciso h) del Articulo 19º de la citada Ley. El monto que debe asumir el Banco en la contratacion del Programa de Vacaciones Utiles determina la exoneracion de un MORDAZA de adjudicacion directa. Se ha cumplido con las exigencias contenidas en el Articulo 113º del Reglamento MORDAZA citado, y teniendo en cuenta lo que dispone el Articulo 36º de la Ley Organica del Banco Central de Reserva del Peru Nº 26123, que confiere al Gerente General la direccion inmediata del funcionamiento del Banco, tanto en su aspecto tecnico cuanto administrativo, corresponde a esta Gerencia General aprobar la exoneracion. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de adjudicacion directa la contratacion del Programa de Vacaciones Utiles, correspondiente al MORDAZA del ano 2002, por la causal de servicio personalisimo. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que contrate el servicio MORDAZA indicado con el Club de Trabajadores del BCR, mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia correspondiendo asumir, con cargo a los recursos del Banco, aproximadamente la suma de S/ . 23 318,40. Articulo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con los informes que sustentan la exoneracion. MORDAZA MORDAZA Gerente General 2968

Establecen normas que regulan procedimiento para solicitar informacion de uso estadistico y aplicacion de sanciones por incumplimiento
CIRCULAR Nº 004-2002-EF/90 MORDAZA, 8 de febrero del 2002 ----------------------------------------------------Ref.: Procedimiento para solicitar informacion estadistica y regimen de multas por incumplimiento. ----------------------------------------------------En uso de las facultades contenidas en los Articulos 74º y 76º de su Ley Organica y en la Resolucion Ministerial Nº 239-93-EF/10, el Banco Central de Reserva del Peru (el Banco), establece las normas generales que regulan el procedimiento para solicitar informacion con fines estadisticos, la imposicion de sanciones para los casos de incumplimiento y los recursos administrativos procedentes contra las resoluciones de multa. Asimismo, por la presente Circular deja sin efecto el procedimiento aprobado mediante la Circular Nº 027-95-EF-90.

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