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Pág. 217254 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de febrero de 2002 De conformidad con lo establecido en el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, Decreto Supremo Nº 094- 92-PCM, Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25902, Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, Decreto Su- premo Nº 018-2001-PCM y el Artículo 38º de la Ley Nº 27444; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos - TUPA del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS, según el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de febrero del año dos mil dos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura VERAVERA PAREDESPAREDESAprueban el TUPA del Programa Nacio- nal de Manejo de Cuencas Hidrográfi- cas y Conservación de Suelos (PRO- NAMACHCS) DECRETO SUPREMO Nº 015-2002-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Agricultura presta servicios que califican como procedimientos administrativos y confor- me lo establece el Artículo 30º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" cada entidad señala sus procedimientos administrativos en su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA siguien- do los criterios establecidos para su elaboración en la norma indicada; Que, la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" precisa que las entidades deberán aprobar su TUPA con- forme a las normas de la presente Ley, en un plazo máxi- mo de cuatro meses contados a partir de la vigencia de la misma; MINISTERIO DE AGRICULTURA TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) 2002 - PRONAMACHCS N° DENOMINACIÓN DEL REQUISITOS TASACALIFICACIÓNINICIO AUTORIDAD QUE AUTORIDAD QUE DE PROCEDIMIENTO UIT APROBA- CON EVALUACIÓN NO DE APRUEBA EL RESUELVE EL OR- CIÓN PREVIA REGU- TRÁMITE TRÁMITE RECURSO DE DEN AUTOMÁ- POSI- NEGA- LADO IMPUGNACIÓN TICA TIVO TIVO 01 Acceso a la Información por 1. La persona que solicita información 7 días Trámite Gerente Técnico de: Gerente parte de las personas naturales deberá identificarse con LE/DNI, documentario - Manejo de Recursos Natu- General y jurídicas a los diferentes pasaporte u otros. rales y Cambio Climático programas, proyectos y activi- 2. Solicitud dirigida al Gerente - Gerente de Producción y dades que realiza el General del PRONAMACHCS. Transformación Agraria. PRONAMACHCS a través 3. Deberá especificarse en forma - Organización y Gestión de de sus órganos desconcentrados clara y precisa la información que Microcuencas. a nivel nacional (De conformidad desea se le proporcione. -Gerencia de Administración con el Decreto Supremo 4. Carta de compromiso para -Gerencia de Planeamiento N° 018-2001-PCM) asumir los costos de ser viable el acceso a la información: - Copia fotostática por folio 0.00015 Nota: - Por diskette (unidad) 0.0015 El interesado - Por video-cassette (unidad) 0.004 recogerá en - Por correo electrónico 0.004 Trámite Docu- 5. Entrega de la información previo 5 días mentario la res- recibo de pago de los costos puesta a su so- establecidos. licitud como la información. - No se entregará información que afecte la intimidad personal, las que expresamente se excluyan por Ley o por razones de seguridad nacional, las que se encuentre en trámite el expediente o por carecer de la información solicitada. - Si no se contara con la información se pondrá en conocimiento del interesado la ubicación de la misma siempre que la institución esté enterado de ella. 3113