Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2002 (14/02/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

Pag. 217260

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de febrero de 2002

Que, MORDAZA Joba MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 1182, en lo que se refiere a su apellido de estado civil de casada, de acuerdo con la Partida de Matrimonio expedida por el Concejo Provincial de MORDAZA, de donde se desprende que contrajo matrimonio con don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como conforme a su Documento Nacional de Identidad - D.N.I. Nº 07910386; Que, el Articulo 24º del Codigo Civil establece que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al MORDAZA y a conservarlo mientras no contraiga MORDAZA matrimonio; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo, el Articulo 26º de la invocada MORDAZA legal senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que MORDAZA Joba MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA debe ser identificada conforme a Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 26º de la Ley Nº 26497 - Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), constituye la unica Cedula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; y, conforme establece el inciso a) del Articulo 84º del Reglamento de Inscripciones del mencionado Registro Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 300-2001-ME/SG-OA-UPERAAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 1182, de fecha 3 de agosto de 1972, en el sentido que el nombre correcto es Joba MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 3106 RESOLUCION SUPREMA Nº 075-2002-ED MORDAZA, 13 de febrero de 2002 Visto, el Expediente Nº 52885-2001, y demas actuados que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 1910, de fecha 18 de octubre de 1972, se otorgo pension de cesantia a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Mendoza; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº

1910, en lo que se refiere a su estado civil de MORDAZA, de acuerdo con la Partida de Defuncion expedida por la Municipalidad de MORDAZA Maria; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo, el Articulo 26º de la invocada MORDAZA legal senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA debe ser identificada conforme a Ley; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 290-2001-ME/SG-OA-UPERAAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 1910, de fecha 18 de octubre de 1972, en el sentido que el nombre correcto es MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 3107 RESOLUCION SUPREMA Nº 076-2002-ED MORDAZA, 13 de febrero de 2002 Visto, el Expediente Nº 52288-2001, y demas actuados que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 2849, de fecha 28 de diciembre de 1972, se otorgo pension de cesantia a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Angulo; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Duenas, solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 2849, en lo que se refiere a su apellido de estado civil de casada, de acuerdo con la Partida de Matrimonio expedida por el Concejo Distrital de Yauli, de la provincia y departamento de Huancavelica, de donde se desprende que contrajo matrimonio con don MORDAZA Duenas MORDAZA, asi como conforme a su Documento Nacional de Identidad - D.N.I. Nº 23200014; Que, el Articulo 24º del Codigo Civil establece que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al MORDAZA y a conservarlo mientras no contraiga MORDAZA matrimonio; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo, el Articulo 26º de la invocada MORDAZA legal senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Duenas debe ser identificada conforme a Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 26º de la Ley Nº 26497 - Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), constituye la unica Cedula de Identi-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.