Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2002 (15/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

MORDAZA, viernes 15 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el Articulo 19º de la Ley requieren obligatoriamente un informe Tecnico Legal previo emitido por las areas tecnica y de asesoria juridica de la entidad. Dicho informe contendra la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion, y de la necesidad de la exoneracion, y contemplara criterios de economia, tales como los costos y oportunidad; Que, mediante Informe Nº 002-2002-OASA-DMA/MML de fecha 29.1.2002, la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Direccion Municipal Administrativa indica que el Articulo 26º inciso c) de la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2002, establece que la contratacion de servicios se realizara mediante el procedimiento de Adjudicacion Directa si el Valor Referencial es inferior a S/. 150,000 Nuevos Soles, por lo que al ascender la mencionada contratacion a US$ 10,000 Dolares Americanos, esta se enmarca en el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva; Que, estando a las consideraciones legales expuestas, asi como a los Informes Tecnicos Legales contenidos en el Informe Nº 004-2002-MML/DMA emitido por la Direccion Municipal Administrativa, Oficio Nº 028-2002-COEP-ST emitido por la Direccion de Defensa Civil, Informe Nº 1922002-OGAJ/MML emitido por la Oficina General de Asuntos Juridicos e Informe Nº 002-2002-OASA-DMA/MML emitido por la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Direccion Municipal Administrativa, se somete a consideracion el presente DICTAMEN: Que, opinar por la procedencia legal de la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion bajo la modalidad de Servicios Personalisimos del especialista en explosivos, Sr. MORDAZA MORDAZA Montiel, por el monto de US$ 10,000.00 Dolares Americanos, experto en realizar peritaje tecnico sobre uso de explosivos y similares que realizara las investigaciones sobre el siniestro ocurrido el 29.12.01 en Mesa Redonda; al ajustarse a las disposiciones contenidas en el inciso c) del Articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y complementarias. ACORDO:

Que, de acuerdo con lo prescrito en el Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por la Ley Nº 26317, el monto de la Dietas se fija de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de cada Municipio y por Acuerdo del respectivo Concejo Municipal, adoptado una vez al ano; Que, la percepcion de la Dieta esta condicionada a la asistencia efectiva de los senores Regidores a las Sesiones de Concejo, quienes adicionalmente cumplen labores en apoyo a la Municipalidad y a la Comunidad en general directamente o a traves de las Comisiones que integran, lo que les demanda mayor tiempo de trabajo; Que, conforme al primer parrafo del Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades concordante con el Articulo 2º de la Ley Nº 26317, el Concejo Municipal debe sesionar ordinariamente cuando menos una vez cada quince (15) dias y los senores Regidores pueden percibir Dietas hasta por un MORDAZA de cuatro (4) Sesiones al mes; Que, el monto mensual de las Dietas ha sido previsto en el Presupuesto de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 066-2001 de fecha 29 de noviembre del 2001 para el presente ano Fiscal; Estando al o expuesto; por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- FIJAR en una (1) Unidad Impositiva Tributaria, el monto de la Dieta que percibira cada Regidor del Concejo Distrital de La MORDAZA, durante el Ejercicio Presupuestal 2002 por su asistencia efectiva a Sesion de Concejo, abonandose hasta por un MORDAZA de dos (2) Sesiones al mes. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Director de la Oficina de Administracion el cumplimiento del presente Acuerdo. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA 3085

Articulo Primero.- Aprobar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el inciso c) del Articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y complementarias, el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia para el contrato de Servicios Personalisimos del Sr. MORDAZA MORDAZA Montiel, por el monto de US$ 10,000.00 dolares americanos, experto en realizar peritaje tecnico sobre uso de explosivos y similares, que realizara las investigaciones sobre el siniestro ocurrido el 29 de diciembre de 2001 en Mesa Redonda. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion, en el Diario Oficial El Peruano; del presente Acuerdo asi como poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias siguientes a su aprobacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 3171

ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2002
La MORDAZA, 31 de enero del 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto en Sesion Extraordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 001-2002 de la Comision de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica, de fecha 16 de enero del 2002, en relacion al monto de la remuneracion mensual que el senor MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA Lequien, debe percibir durante el Ejercicio Presupuestal 2002; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo prescrito por el Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por la Ley Nº 26317, el MORDAZA recibe una remuneracion mensual que se fija de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de cada Municipio y por acuerdo del respectivo Concejo Municipal; Que, la Comision de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica en su Dictamen de fecha 16 de enero del 2002, propone fijar la remuneracion mensual del senor MORDAZA en el equivalente a cinco (5) UIT, teniendo en cuenta su dedicacion exclusiva a las labores propias del cargo, lo que redunda en beneficio de la comunidad; Que, el senor MORDAZA, ingeniero MORDAZA MORDAZA Lequien ha solicitado se reconsidere dicha propuesta y se acceda a su solicitud de reducir la remuneracion mensual que le corresponde a 4 UIT; Que, atendiendo los fundamentos expresados por el senor MORDAZA, es pertinente aceptar su solicitud fijando en el equivalente a cuatro (4) UIT la remuneracion mensual que percibira durante el Ejercicio 2002; Estando a lo expuesto; por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- FIJAR en cuatro (4) Unidades Impositivas Tributarias la remuneracion mensual que el

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Fijan montos de dieta y remuneracion mensual que percibiran regidores y MORDAZA del distrito en el ejercicio 2002
ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2002
La MORDAZA, 31 de enero del 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto en Sesion Extraordinaria de la fecha, el Dictamen de la Comision de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica presentado en relacion al monto de las Dietas que deben percibir los senores Regidores por cada Sesion de Concejo a la que asistan, durante el Ejercicio Presupuestal 2002;

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