Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2002 (27/02/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

Pag. 218326
1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de febrero de 2002

8. 9. 10. 11. 12. 13.

14.

15. 16.

17.

APELLIDO (S) NOMBRES MORDAZA DE NACIMIENTO NACIONALIDAD MORDAZA DE RESIDENCIA MORDAZA DE PROCEDENCIA MORDAZA DE DOCUMENTO: - PASAPORTE - CEDULA o DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD - SALVOCONDUCTO - OTROS NUMERO DE DOCUMENTO FECHA DE NACIMIENTO SEXO ESTADO CIVIL OCUPACION O PROFESION MORDAZA DE ALOJAMIENTO - PARTICULAR - HOTEL - HOSTAL MEDIO DE TRANSPORTE: - AEREO - TERRESTRE - MARITIMO - FLUVIAL COMPANIA DE TRANSPORTE UTLIZADO MOTIVO PRINCIPAL DE VIAJE - VACACIONES/RECREACION /OCIO - VISITAS A FAMILIARES Y AMIGOS - NEGOCIOS Y MOTIVOS PROFESIONALES - TRATAMIENTO DE SALUD - TRABAJO - OTROS INFORMACION PARA USO OFICIAL - PERUANO - OFICIAL/DIPLOMATICO - TRIPULANTE MORDAZA DE VISA - TEMPORAL - RESIDENTE

nal que opere en el Peru, previa coordinacion con la Direccion de Control Migratorio de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior; y el Director de la Direccion General de Migraciones cuando lo requiera. La impresion conlleva la obligacion ineludible de cumplir con el contenido y formato establecido; bajo responsabilidad. La Direccion General de Migraciones y Naturalizacion asumira la confeccion de la Tarjeta MORDAZA de Migracion (TAM) utilizando como codigo las siglas ¨PE¨ y sera proporcionada en forma gratuita a aquellas personas que ingresan o salen del MORDAZA en forma particular, utilizando sus propios medios. C.- La Direccion de Control Migratorio de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior, asignara a cada empresa o compania de transportes un codigo de identificacion, cuando esta no cuente con uno. Dicho codigo estara conformado por dos (2) o tres (3) letras de acuerdo a la codificacion de la compania de transportes. D.- En cada operacion de transporte Internacional de pasajeros, MORDAZA de entrar o salir del MORDAZA, la tripulacion o personal encargado distribuira la Tarjeta MORDAZA de Migracion a cada uno de los pasajeros, para llenar la informacion solicitada en la TAM. E.- La autoridad de migraciones, sellara la Tarjeta MORDAZA de Migracion en el espacio correspondiente, entregando al pasajero la parte desglosable que lo corresponda, quedando en su poder el resto del formato original, de donde ingresaran los datos en el sistema interconectado de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion. V.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS: A.- El uso de la Tarjeta MORDAZA de Migracion (TAM) no excluye la MORDAZA del pasaporte, documento nacional de Identidad o visa previstos en las normas positivas nacionales o comunitarias, y convenios bilaterales vigentes. B.- La Tarjeta MORDAZA de Migracion (TAM) sustituye a las anteriores tarjetas de control migratorio y estadistico, utilizadas en los procedimientos de control migratorio de la DIGEMIN. C.- La DIGEMIN a traves de la Unidad de Informatica adecuara el software del Sistema Informatico para el procesamiento de la informacion correspondiente; por lo que procedera a la modernizacion del equipamiento informatico a fin de simplificar los procedimientos y/o tiempos de espera de entrada y salida del MORDAZA para garantizar el control migratorio de los ciudadanos de los paises miembros de la CAN. VI.- DISPOSICION FINAL: La Direccion de Control Migratorio y la Unidad Administrativa de la DIGEMIN, dispondran las acciones pertinentes a efectos de impartir la Instruccion y capacitacion necesaria al personal que ejerce la funcion de control migratorio, asi como de dotar en el mas breve plazo de los formatos de la TAM, para la inmediata ejecucion de los acuerdos regionales sobre la materia y el uso de dicho documento. MORDAZA, 21 de febrero de 2002 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Migraciones y Naturalizacion 3880

En la parte inferior se solicita una sintesis de la informacion personal del migrante el mismo que permanecera en poder del viajero: 1. 2. 3. 4. 5. APELLIDO (S) NOMBRES FECHA DE NACIMIENTO NACIONALIDAD MORDAZA DE DOCUMENTO - PASAPORTE - CEDULA o DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD - SALVOCONDUCTO - OTROS Nº DOCUMENTO MONTO GASTADO DURANTE SU ESTADIA US$

6. 7.

En el reverso de la TAM, la parte inferior sera dividida en tres (3) columnas; en la primera se MORDAZA referencia a la Decision 397 que crea la TAM y la Resolucion 527 que la modifica. Asimismo se agregara una nota instruyendo a los extranjeros de su permanencia y la entrega de la misma tarjeta a la autoridad migratoria. En la MORDAZA y tercera columnas se habilitara las anotaciones correspondientes para la prorroga de permanencia segun el modelo adjunto a la presente directiva. 6.- La Tarjeta MORDAZA de Migracion sera descrita en los idiomas castellano e ingles y sera impresa de acuerdo al formato que se anexa y que forma parte de la presente directiva. IV.- DISPOSICIONES ESPECIFICAS: A.- La Direccion de Control Migratorio de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion es la responsable de cumplir y hacer cumplir las normas de la presente Directiva a las diferentes unidades organicas y organos desconcentrados de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion. En base a coordinaciones y acuerdos formales conciliara procedimientos relativos a facilitar el control migratorio seguro, ejecutivo y cortes; con organismos del sector u otros sectores del Gobierno Central; Ministerios de: Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Relaciones Exteriores; Industria y Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Policia Nacional del Peru. B.- La Tarjeta MORDAZA de Migracion, sera impresa obligatoriamente por la empresa o compania de transporte internacio-

JUSTICIA
Designan Procuradora Publica Adjunta Ad Hoc para que asuma defensa del Estado en acciones que correspondan al sometimiento a Regimen de Intervencion de los Bancos MORDAZA MORDAZA y NBK Bank
RESOLUCION SUPREMA Nº 053-2002-JUS
MORDAZA, 26 de febrero de 2002 Visto, el Oficio Nº 3255-2002, de fecha 11 de febrero de 2002, de la Superintendente de Banca y Seguros;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.