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Pág. 227261 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de julio de 2002 PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA Modifica Estatuto del Banco de la Nación DECRETO DE URGENCIA Nº 039-2002 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 07-94-EF promul- gado el 26 de enero de 1994, se aprobó el Estatuto del Banco de la Nación, en virtud de lo establecido en la Décimo Quinta Disposición Final de la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros apro- bada por Decreto Legislativo Nº 770, modificada esta úl- tima por la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Fi- nanciero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Su- perintendencia de Banca y Seguros; Que, la actividad que desarrolla el Banco de la Na- ción resulta de alto interés público y de manifiesta conve- niencia nacional, toda vez que es una Entidad cuyas ope- raciones así como su mayor presencia en el territorio nacional -constituyendo incluso en numerosos centros poblados la única oferta de servicios bancarios-, le per- mite disponer de una cobertura compatible con los servi- cios públicos que debe ofrecer el Estado y demanda la población; Que, de conformidad con el primer párrafo del Artícu- lo 8º de su Estatuto, el Banco de la Nación ejerce sus funciones sin exclusividad respecto de las empresas y entidades del sistema financiero; Que, es conveniente determinar los aspectos pertinentes para que el Banco de la Nación pueda re- cibir los recursos y fondos que administran las entida- des del Gobierno Central, los Gobiernos Regionales y Locales así como de las instancias descentralizadas del Estado; Que, en armonía con lo expuesto anteriormente, re- sulta oportuno y necesario otorgar créditos y facilidades financieras, a través del Banco de la Nación, a los orga- nismos y entidades del Sector Público, con excepción delas Empresas del Estado de Derecho Privado, pudiendo también para el efecto adquirir bonos y otros títulos pú- blicos; Que, en sucesivas oportunidades se ha incorpora- do incisos al Artículo 8º del Estatuto del Banco de la Nación que regula sus facultades operativas, razón por la cual, en aras de una adecuada sistematización de la norma, es conveniente aprobar un texto único del refe- rido artículo; Que, es conveniente regular aspectos pertinentes a la administración por parte del Banco de la Nación de sus recursos en moneda extranjera, de manera tal que se regularicen las operaciones efectuadas al res- pecto; Que, es igualmente preciso regular algunos aspectos relativos al nombramiento, atribuciones y régimen de die- tas del Directorio del Banco de la Nación; De conformidad con lo preceptuado en el numeral 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Repú- blica; DECRETA: Artículo 1º.- MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 8º DEL ESTATUTO Modifíquese el Artículo 8º del Estatuto del Banco de la Nación, de acuerdo al siguiente texto: "Artículo 8º.- El Banco está facultado para realizar las funciones que a continuación se indican, ninguna de las cuales será ejercida en exclusividad respecto de las empresas y entidades del sistema financiero: a) Brindar servicios de pagaduría de los recursos fiscales de acuerdo con instrucciones que dicta la Direc- ción General del Tesoro Público. Este servicio es extensivo a los recursos de los Gobiernos Regionales o Locales. El Banco paga los cheques que giren la Dirección General del Tesoro Público y las Oficinas de Tesorería del Sector Público Nacional autorizadas por dicha Direc- ción General contra sus propios depósitos. En concor- dancia con lo establecido en el primer párrafo del pre- sente artículo, los servicios de pagaduría serán ofreci- dos en competencia con las demás empresas y entida- des del sistema financiero.MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Acuerdo Nº 60-2002-ACSS.- Expresan respaldo a acciones que deban adoptarse con relación al Centro Comercial Jockey Plaza Shopping Center y cualquier otro establecimiento que pueda representar riesgo a los vecinos del distrito 227336 Acuerdo Nº 61-2002-ACSS.- Autorizan contratar servicios personalísimos de abogado mediante proceso de adjudicación de menor cuantía 227337 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Acuerdo Nº 054-2002-MPC.- Declaran en situación de ur- gencia la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche 227337 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUACAYBAMBA Res. Nº 004-2002-CMPH/HCO.- Sancionan con destitución a ex alcalde de la Municipalidad 227338MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO-CHOSICA Res. Nº 35-2002/CDL-CH.- Exoneran de proceso de selec- ción la contratación de servicios para el desarrollo de un proce- so de fiscalización tributaria selectiva y de asesoría en ejecu- ción coactiva 227335 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES R.A. Nº 1919-2002-AL/MDSMP.- Modifican artículo de la R.A. Nº 869-2002-AL/MDSMP, que declaró proce- dente subdivisión de terreno ubicado en el distrito 227336 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Ordenanza Nº 009-2002-MDSA.- Prorrogan amnistía de li- cencias de construcción en el distrito 227336