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Pág. 227272 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de julio de 2002 Ad Hoc; y resuelve los problemas de competencia que se presenten. Es presidido por el Ministro de Justicia o por la perso- na que él designe, quien tendrá un rango de Viceministro de Estado, con las atribuciones que le corresponda. La defensa de los asuntos e intereses de los órganos de gobierno regional y su representación en juicio está a cargo de los Procuradores Públicos según el Sector que corresponda, y de los que se determine por la normativi- dad vigente". Artículo Segundo.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 13662 Designan Procuradora Pública Antico- rrupción Descentralizada de Lima RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 152-2002-JUS Lima, 27 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 038-2001-JUS se crea- ron las Procuradurías Anticorrupción Descentralizadas con domicilio en las sedes de los Distritos Judiciales dis- tintos a Lima, a cargo de Procuradores Públicos Descen- tralizados con nivel de Procurador Adjunto; Que, por Resolución Suprema Nº 151-2002-JUS se acepta la renuncia de la doctora Patricia Donayre Pas- quel al cargo de Procuradora Pública Anticorrupción Des- centralizada de Lima; Que, es necesario designar al letrado que desempe- ñe el cargo público de confianza de Procurador Público Descentralizado de la Procuraduría Anticorrupción Des- centralizada de Lima; Con la opinión favorable de la Presidencia del Conse- jo de Defensa Judicial del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en el Artículo 5º de la Ley Nº 27594, en los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993, en el Reglamento para la Designación de Procuradores Públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001- JUS y en el Decreto Supremo Nº 038-2001-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a la docto- ra AMELIA JULIA PRINCIPE TRUJILLO, como Procura- dora Pública Anticorrupción Descentralizada de Lima. Artículo 2º.- Los Procuradores Públicos Titulares en coordinación con el Procurador designado, le remitirán los legajos o falsos expedientes que correspondan a los procesos de su competencia, bajo responsabilidad, cur- sando copia de la relación respectiva a la Presidencia del Consejo de Defensa Judicial del Estado. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 13665Precisan alcances de la facultad otorga- da a la Oficina de Normalización Previ- sional mediante el Artículo 1º de la R.S. Nº 129-2002-JUS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 153-2002-JUS Lima, 25 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 129-2002-JUS, de fecha 11 de julio de 2002, se facultó al Jefe de la Oficina de Normalización Previsional - ONP, para desistirse de los procesos judiciales sobre Nulidad de Actos de incorpo- ración, reincorporación, reconocimiento y calificación de derechos y de otorgamiento de beneficios pensionarios que se hubieran iniciado al amparo de la Ley Nº 26835; Que, con anterioridad a la expedición de la Resolu- ción Suprema Nº 129-2002-JUS, diferentes órganos ju- risdiccionales de la República han venido resolviendo sobre dichos procesos judiciales, declarando la sucesión procesal por las entidades y empresas públicas a que se hace referencia en el Artículo 1º de la Ley Nº 27719; Que, para dar cumplimiento en forma cabal e íntegra a lo dispuesto en el informe emitido por el Grupo de Tra- bajo conformado en sesión de Consejo de Defensa Judi- cial del Estado, con relación a la problemática de los pro- cesos judiciales seguidos por la Oficina de Normaliza- ción Previsional -ONP- sobre derechos pensionarios, cuya publicación fue autorizada por Resolución Ministerial Nº 447-2001-JUS, de fecha 21 de diciembre de 2001, es necesario precisar lo dispuesto en el Artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 129-2002-JUS, de fecha 11 de julio de 2002; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25993 y la Resolución Su- prema Nº 129-2002-JUS; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar Resoluciones, conferidas en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo dispuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar que la facultad otorgada a la Oficina de Normalización Previsional -ONP- mediante el Artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 129-2002-JUS, de fecha 11 de julio de 2002, comprende la autorización a los Ministerios, Organismos Públicos Descentralizados, Instituciones Autónomas, Gobiernos Locales, Empresas Públicas y demás Entidades del Estado donde prestó servicios el beneficiario de la pensión y que por resolu- ción de los organismos jurisdiccionales han dispuesto la sucesión de los procesos mencionados. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 13666 MINCETUR Designan a Viceministro de Comercio Exterior RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2002-MINCETUR Lima, 27 de julio de 2002