Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2002 (29/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 29 de MORDAZA de 2002

Articulo 8º.- Atribuciones y funciones El Comite de Coordinacion tiene las siguientes atribuciones y funciones: a. Proponer a la Presidencia del Consejo de Ministros la politica de estado y el plan nacional de la juventud; monitorear, evaluar e informar sobre sus resultados. b. Coordinar y articular los planes, programas, proyectos, iniciativas y demas propuestas de alcance nacional. c. Articular y canalizar los planes, programas, proyectos y demas propuestas, presentadas por las organizaciones de la juventud con las instancias de gobierno correspondiente. d. Aprobar el Plan Estrategico de la CNJ. e. Aprobar la suscripcion de Convenios con instituciones publicas, personas juridicas, y con organismos de cooperacion tecnica y financiera nacional e internacional. f. Otras que le asignen las disposiciones legales pertinentes. CAPITULO III COMISION NACIONAL DE LA JUVENTUD Articulo 9º.- Creacion, definicion y objetivo Crease la Comision Nacional de Juventud, en adelante CNJ, como Organismo Publico Descentralizado, con rango ministerial, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros. Tiene autonomia, tecnica-funcional, administrativa, economica y financiera. Constituye pliego presupuestal. Tiene como objetivo la promocion, coordinacion y articulacion de politicas de estado orientadas al desarrollo integral de los jovenes, con enfasis en el cultivo de valores eticos y morales; basados en los principios de solidaridad, respeto y responsabilidad, mediante la participacion efectiva en el MORDAZA de desarrollo local, regional y nacional. Articulo 10º.- Competencias La CNJ es competente para: a. El analisis, formulacion y evaluacion de las politicas de estado en materia de juventud. b. La coordinacion y articulacion de politicas, planes nacionales, estrategias y programas con las entidades publicas y privadas en favor de los derechos, deberes y obligaciones de la juventud. c. La supervision, monitoreo y evaluacion de planes, programas, proyectos, procesos, productos e impactos de las intervenciones sectoriales. d. La cooperacion y asistencia tecnica a los diferentes organismos del Estado en materia de juventud. e. El desarrollo y proposicion de la normativa en materia de la juventud. f. La coordinacion, concertacion y suscripcion de convenios con organismos de cooperacion tecnica y financiera nacional e internacional. g. La conduccion del registro nacional de organizaciones juveniles. Articulo 11º.- Funciones La CNJ tiene las siguientes funciones: a. Promover los derechos, deberes y obligaciones de la juventud orientados a la construccion de ciudadania, sin exclusion. b. Contribuir al cultivo de valores eticos y MORDAZA con vision ciudadana e identidad nacional. c. Promover y fortalecer mecanismos de participacion efectiva de la juventud en el diseno de politicas, planes, estrategias y programas que contribuyan a su desarrollo. d. Desarrollar y promover estudios e investigaciones en materia de juventud. e. Formular, disenar y aprobar planes, programas y proyectos que atiendan las demandas y aspiraciones acordes a los derechos, deberes y obligaciones de la juventud desde la vision local, regional y nacional. f. Acreditar y certificar a las instituciones publicas y privadas que realicen trabajos en materia de juventud.

g. Coordinar y articular con los diversos organismos del Estado y de la sociedad, la ejecucion de planes, programas y proyectos; asi como monitorear y evaluar sus productos y resultados. h. Promover programas de capacitacion para el trabajo, liderazgo, actitudes solidarias y emprendedoras, que contribuyan a la empleabilidad. i. Suscribir convenios de gestion y contratos con organismos conformantes del Consejo Nacional de la Juventud, demas entidades publicas y privadas para el cumplimiento de las politicas de estado en materia de juventud, mediante fondos concursables y otras fuentes. j. Promover programas de resocializacion y reinsercion de los grupos en riesgo social y/o abandono. k. Promover planes, programas, proyectos y actividades en favor de la juventud con discapacidad, brindando un trato con dignidad, equidad e igualdad de oportunidades. l. Proponer e informar a la Presidencia de la Republica y al Consejo de Ministros sobre los planes, programas y proyectos, en el MORDAZA del plan nacional de la juventud. m. Aprobar su organizacion interna y su presupuesto. n. Sistematizar y difundir la informacion cientifica, tecnica y otras de su competencia. o. Mantener actualizado el Registro Nacional de Organizaciones Juveniles. p. Promover acciones contra todo MORDAZA de exclusion, discriminacion e intolerancia. Articulo 12º.- Organizacion La CNJ esta conformada por la Presidencia y Vicepresidencia, y los organos de asesoria, apoyo y de linea establecidos segun reglamento. Articulo 13º.- De la Presidencia y Vicepresidencia La Presidencia es el organo de gestion de la CNJ; esta a cargo de un Presidente quien es el funcionario de mayor jerarquia de la CNJ; designado por resolucion suprema; titular del Pliego Presupuestal; ejerce la representacion institucional y legal de la CNJ; asiste a las sesiones del Consejo de Ministros con voz pero sin voto. La Vicepresidencia es ejercida por el funcionario designado por resolucion suprema; quien asume las funciones del Presidente en ausencia de este, con las consideraciones de acuerdo al reglamento. Articulo 14º.- Atribuciones y funciones de la Presidencia La Presidencia de la CNJ tiene las siguientes atribuciones y funciones: a. Presentar al Comite de Coordinacion las iniciativas, demandas, planes, programas y proyectos del Consejo de Participacion de la Juventud y demas instituciones, velando por su cumplimiento. b. Formular, disenar y proponer planes, programas y proyectos en beneficio de la juventud que permita su participacion efectiva en el MORDAZA de desarrollo local, regional, nacional. c. Brindar asistencia tecnica al Consejo de Participacion de la Juventud y demas entidades relacionadas con la labor de juventud. d. Proponer al Comite de Coordinacion el Plan Nacional de Juventudes y velar por el cumplimiento de los acuerdos. e. Presentar al Comite de Coordinacion el Plan Estrategico Institucional velando por su cumplimiento. f. Aprobar el Presupuesto, la Memoria Anual, los Estados Financieros y el Balance de la CNJ. g. Administrar los recursos y presentar al Comite de Coordinacion el Presupuesto, la Memoria Anual, los Estados Financieros y el Balance de la CNJ. h. Emitir directivas y resoluciones en el area de competencia de la CNJ. i. Expedir resoluciones de acreditacion y certificacion de las instituciones publicas y privadas que realicen trabajos en materia de juventud. j. Suscribir convenios con instituciones publicas y personas juridicas nacionales o extranjeras en materia de juventud.

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