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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2002 (02/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 90

Pág. 218648 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de marzo de 2002 VISTOS: El Memorándum Nº 218-2002-MTC/15.12 e Informe Nº 006-2002-MTC/15.12.04 mediante los cuales se solicita la expedición de la Resolución Ministerial correspondiente para autorizar la exoneración del proceso de selección para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para las instalaciones del Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción por un valor referencial de S/. 500,000 (Quinientos mil y 00/100 nuevos soles); CONSIDERANDO: Que, con fecha 15 de enero de 2002, se otorgó la Bue- na Pro del Concurso Público Nº 001-2001-MTC/15.12 para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para las instalaciones del Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción a la empresa Servicios y Vigilancia en General SAC. SEVIGESAC; Que, el otorgamiento de la Buena Pro fue materia de impugnaciones por parte de las empresas postoras, las mismas que fueron declaradas infundadas por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción mediante Resolución Ministerial Nº 078-2002-MTC/15.12; Que, con Cédula de Notificación Nº 1719/2002-TC se corrió traslado al Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción del Recurso de Revisión interpuesto por una de las empresas postoras; Que, con fecha 19 de febrero, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 178º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM se remitieron los an- tecedentes del caso al Tribunal de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado; Que, a la fecha el referido Recurso de Revisión se en- cuentra pendiente de resolución por parte del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de conformidad con el Artículo 55º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la presen- tación de los recursos impugnativos dejan en suspenso el proceso de contratación; Que, de acuerdo al Informe Nº 006-2002-MTC/15.12, el contrato para los servicios de seguridad y vigilancia que actualmente tiene el Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción se encuentra próximo a vencer; Que, encontrándose pendiente de resolverse el Recur- so de Revisión por parte del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y estando próximo a vencerse el contrato de servicios de seguridad y vigilancia, la Oficina General de Administración, solicita la declaratoria de ur- gencia para contratar el servicio de seguridad y vigilancia mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, hasta por un monto de S/. 500,000 (Quinientos mil 00/100 nuevos soles) y por un período de 45 días; Que, el inciso c) del Artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM señala que están exo- nerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso las ad- quisiciones y contrataciones que se realicen en situación de urgencia, declaradas de conformidad con la referida ley; Que, el Artículo 21º del citado texto legal señala que se considera situación de urgencia cuando la ausencia ex- traordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones producti- vas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situa- ción a la entidad a la adquisición o contratación de los bie- nes o servicios u obras por el tiempo o cantidad según el caso necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas del proceso de Licitación, Concurso Público o Adjudicación Directa, se realizarán mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía y se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe Técnico Legal previo; dicha Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los 10 días siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el Artículo 108º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y modifica- do mediante Decreto Supremo Nº 079-2001-MTC, señala que la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal, ante un hecho de excepción que deter- mina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indis- pensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, en consecuencia es necesario contratar el servi- cio de seguridad y vigilancia para las instalaciones del Mi- nisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción, mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Con el informe favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica, y de conformidad con el Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM y su modificatoria aprobada por Decreto Su- premo Nº 079-2001-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la con- tratación del servicio de seguridad y vigilancia para las ins- talaciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción del proceso de Concurso Público para la contratación del servicio a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Adminis- tración la contratación del servicio a que se refiere el Artí- culo 1º de la presente Resolución, mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, hasta por un monto de S/ . 500,000.00 (Quinientos mil y 00/100 nuevos soles) por el período de 45 días. Artículo 4º.- La contratación del servicio a que se re- fiere el Artículo 1º de la presente Resolución se realizará con cargo a recursos ordinarios y directamente recauda- dos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción. Artículo 5º.- La presente Resolución, así como el In- forme Técnico Nº 006-2002-MTC/15.12.04 y el Informe Legal, serán puestos en conocimiento de la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 4223 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen disposiciones para regular la actividade jurisdiccionale durante el segundo período vacacional de magis- trados y personal auxiliar RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 088-2002-P-CSJL/PJ Lima, 25 de febrero del 2002 VISTA Y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 004-2002-CE- PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que las vacaciones del año judicial dos mil dos, para Magistrados y Personal Auxiliar se realizará en dos períodos. El primer período a partir del primero de febrero al dos de marzo y el segundo período del tres de marzo al primero de abril del año en curso;