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Pág. 219522 NORMAS LEGALES Lima, martes 19 de marzo de 2002 Ratifican Convenio de Cooperación Téc- nica no Reembolsable suscrito con la Corporación Andina de Fomento RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 125-2002-PCM Lima, 18 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, para apoyar la ejecución de acciones tendientes al fortalecimiento de la Presidencia del Consejo de Minis- tros en su rol coordinador de las políticas multisectoriales y como ejecutor de la modernización de la gestión pública se ha determinado que se requiere asistencia técnica para el desarrollo de estas acciones; Que, a efectos de contribuir al fortalecimiento de la Pre- sidencia del Consejo de Ministros y apoyar al programa de Modernización del Estado, la Presidencia del Consejo de Ministros y la Corporación Andina de Fomento han cele- brado un Convenio de Cooperación Técnica no Reembol- sable con fecha 23 de noviembre del 2001; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 49º de la Ley Nº 27209 y Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Po- der Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifíquese el Convenio de Cooperación Técnica no Reembolsable suscrito por la Presidencia del Consejo de Ministros con la Corporación Andina de Fo- mento el 23 de noviembre de 2001. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 5242 Autorizan prórroga del plazo de viaje al exterior de funcionarios de la Comi- sión de la Verdad y Reconciliación apro- bado por R.M. Nº 044-2002-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 104-2002-PCM Lima, 14 de marzo de 2002 Visto el Oficio Nº 106-2002-CVR-SE, del Secretario Ejecutivo de la Comisión de la Verdad y Reconciliación; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 044-2002-PCM se autorizó el viaje de los funcionarios de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, señores Salomón Lerner Febres, y Javier Ciurlizza Contreras, Presidente y Secretario Eje- cutivo, respectivamente; a las ciudades de Bruselas, Lon- dres, Berlín, Estocolmo, Oslo, Amsterdam y La Haya del 9 al 24 de febrero de 2002; Que, por acuerdo del Pleno de Comisionados de fecha 20 de febrero de 2002, se consideró conveniente modificar el itinerario inicial, añadiendo una visita al Director General de la Política Exterior para Iberoamérica del Ministerio de Asuntos Exteriores de España; Que, resulta pertinente autorizar la prórroga del plazo autorizado por Resolución Ministerial Nº 044-2002-PCM, los días 25, 26 y 27 inclusive, a fin de comprender la visita efectuada a la ciudad de Madrid - España, por los referidos funcionarios de la Comisión de la Verdad y Reconciliación; De conformidad con la Ley Nº 27619, los Decretos Su- premos Nºs. 048-2001-PCM y 053-2001-PCM y, con lo dis- puesto por el Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la prórroga del plazo autorizado por Resolución Ministerial Nº 044-2002-PCM hasta el 27 de febrero de 2002, a fin de comprender la visita efectuada a la ciudad de Madrid, España, de los señores Salomón Lerner Febres y Javier Ciurlizza Contreras, para los fines señalados en la parte considerativa del presente dispositi- vo. Artículo 2º.- Los gastos ocasionados por el cumpli- miento de la presente Resolución serán con cargo al Pre- supuesto de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuer- do al siguiente detalle: SALOMÓN LERNER FEBRES Pasajes:US$310.28 Viáticos:US$520.00 JAVIER CIURLIZZA CONTRERAS Pasajes:US$310.28 Viáticos:US$520.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios designa- dos deberán presentar a la Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas durante el viaje cuya prórroga se autoriza, conjuntamente con la entrega de la rendición de cuentas correspondiente a los viáticos entre- gados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción, no otorgará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase. Comuníquese, regístrese y publíquese. ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 5168 EDUCACIÓN Modifican resoluciones supremas me- diante las cuales se expidieron cédulas de cesantía a favor de diversas perso- nas naturales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 094-2002-ED Lima, 15 de marzo de 2002 Visto, el Expediente Nº 59257-2001, y demás actuados que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 259, de fecha 20 de marzo de 1968, se expidió cédula de cesantía a fa- vor de doña Genara María Ríos Guerrero de Portocarrero; Que, doña Genara María Ríos Guerrero Vda. de Portocarrero, solicita la modificación de la Resolución Su- prema Nº 259, en lo que se refiere a adicionar su estado civil de viuda, de acuerdo con el Acta de Defunción expedi- da por la Municipalidad de Lima Metropolitana, así como conforme a su Documento Nacional de Identidad - DNI Nº 08463442; Que, el Artículo 24º del Código Civil establece que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agrega- do al suyo y a conservarlo mientras no contraiga nuevo matrimonio; Que, el Artículo 25º del Código Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva ins- cripción en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo, el Artículo 26º de la invocada norma legal señala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que doña Genara Ma- ría Ríos Guerrero Vda. de Portocarrero debe ser identifica- da conforme a Ley;