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Pág. 219957 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de marzo de 2002 EDUCACIÓN Designan miembros del Consejo Nacio- nal de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2002-ED Lima, 22 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2002-ED, se reincorporó al Consejo Nacional de Educación, como ór- gano especializado, dentro de la estructura orgánica del Sector Educación; Que, la Primera Disposición Transitoria del citado De- creto Supremo establece que en un plazo de 15 días se designará mediante Resolución Ministerial a los integrantes del Consejo Nacional de Educación, así como a su Presi- dente, por lo que es necesario proceder a la designación correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi- cado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51- 95-ED, 002-96-ED y 007-2002-ED; y, SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a las siguientes personas como miembros del Consejo Nacional de Educación: -RICARDO MORALES BASADRE, quien lo presidirá; -GERARDO AYZANOA DEL CARPIO -JOSÉ BARLETTI PASCUALE -CÉSAR BARRERA BAZÁN -MANUEL EDUARDO BELLO DOMÍNGUEZ -HERIBERTO BUSTOS APARICIO -CONSTANTINO RAÚL CARVALLO REY -SIGFREDO CHIROQUE CHUNGA -VÍCTOR HUGO DÍAZ DÍAZ -ELSA FUNG SÁNCHEZ -JESÚS HERRERO GÓMEZ -BALDO KRESALJA ROSSELLÓ -CARLOS MALPICA FAUSTOR -AURORA MARROU ROLDÁN -PATRICIA MC LAUCHLAN DE ARREGUI -RODRIGO MONTOYA ROJAS -EDMUNDO MURRUGARRA FLORIAN -GROVER PANGO VILDOSO -WALTER JESÚS PEÑALOSA RAMELLA -LUISA RENET PINTO CUENTO -LUIS PISCOYA HERMOZA -JOSÉ RIVERO HERRERA -EMMA PATRICIA SALAS O'BRIEN -LEÓN TRAHTEMBERG SIEDERER -IDEL VEXLER TALLEDO Regístrese, comuníquese y publíquese. NICOLÁS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 5732 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 168-2002-ED Mediante Oficio Nº 345-2002/SG-ME el Ministerio de Educación solicita se publique Fe de Erratas de la Resolu- ción Ministerial Nº 168-2002-ED publicada en nuestra edi- ción del día 14 de marzo de 2002, en la página 219239. En el Anexo 2, Plan de Estudios de Educación Secun- daria Técnica de Menores,DICE: ASIGNATURA 1° 2° 3° 4° m M m M m M m M Matemática 4 4 DEBE DECIR: ASIGNATURA 1° 2° 3° 4° m M m M m M m M Matemática 2 4 5712 ENERGÍA Y MINAS Aprueban Acuerdo de suspensión de plazo para suscripción de Convenio de Cesión de Posición Contractual, del Contrato BOOT de Concesión de Distri- bución de Gas Natural por Red de Duc- tos de Lima y Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 160-2002-EM/DM Lima, 22 de marzo de 2002 VISTA: La solicitud presentada por Transportadora Gas del Perú S.A. con el objeto de acordar la suspensión del plazo para la Cesión de Posición Contractual; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 103-2000-EM se otorgó a Transportadora de Gas del Perú S.A., la Con- cesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao; se aprobó el Contrato BOOT de Conce- sión de la Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima y Callao; y, se autorizó al Director General de Hi- drocarburos del Ministerio de Energía y Minas para suscri- bir a nombre del Estado dicho Contrato; Que, la Segunda Cláusula Adicional y la cláusula 19.1 del referido Contrato BOOT establecen que la So- ciedad Concesionaria debía presentar a un Operador Estratégico Precalificado de Distribución, cuya califi- cación se ha efectuado mediante Resolución Ministe- rial Nº 107-2002-EM/VME, de fecha 20 de febrero del 2002; fecha a partir de la cual, el Concedente en un plazo de treinta (30) días, debía proceder a la elabora- ción del Convenio de Cesión de Posición Contractual para su posterior suscripción; Que, conforme a lo señalado en el considerando prece- dente, la Sociedad Concesionaria ha cumplido con las obli- gaciones estipuladas en los literales a), b), c) y d) de la cláusula 19.1 de la Segunda Cláusula Adicional del men- cionado Contrato BOOT; Que, el literal d) del numeral 20.1 de la Cláusula 20 del referido Contrato BOOT, prevé la suspensión de los plazos por Acuerdo entre las Partes, siempre que no se cause un perjuicio a las partes que suscribieron los demás contra- tos: Concesión de Transporte de Gas, Concesión de Trans- porte de Líquidos y Contrato de Licencia para la Explota- ción de Hidrocarburos en los Yacimientos de Camisea - Lote 88; y, en atención a que la suspensión del plazo para la Cesión de Posición Contractual no alterará la fecha de la Puesta en Operación Comercial prevista en el Contrato BOOT, la solicitud efectuada por la Sociedad Concesiona- ria resulta procedente; Que, es necesario autorizar al Director General de Hi- drocarburos para que, en nombre del Estado y en repre- sentación del Ministerio de Energía y Minas en calidad de concedente, suscriba el Acuerdo de Suspensión corres- pondiente; Estando a lo dispuesto por el literal f) del Artículo 30º del Texto Único Ordenado de las Normas con Rango de Ley que Regulan la Entrega en Concesión al Sector Priva- do de las Obras Públicas de Infraestructura y de Servicios Públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; y, en el literal f) del Artículo 8º del Reglamento de Organi-