Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2002 (27/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, miercoles 27 de marzo de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el Articulo 11º que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el Articulo 11º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que conforman los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el Articulo 12º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion de los certificados de cumplimiento presentados por la solicitante asi como de las caracteristicas tecnicas de las memorias de solo lectura, se tiene que las mismas cumplen con lo dispuesto en el Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y registran un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada por la solicitante, se concluye que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para acceder a la solicitud presentada; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y el Procedimiento Nº 104 del MORDAZA del MITINCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0222001-ITINCI; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar e inscribir cinco (5) memorias de solo lectura de acuerdo con el siguiente detalle:
Nº 1 2 3 4 5 Registro A0003358 A0003359 A0003360 A0003361 A0003362 Codigo de la Memoria PS00000GNRC2-00 (U3) PSOBFR090401-00 (U3) S6M1000100A7-05 (U28) S6M4000100A7-05 (U43) V7PZ30840411-02 (PXX) Fabricante Bally Gaming Bally Gaming Bally Gaming Bally Gaming Bally Gaming MORDAZA EE.UU EE.UU EE.UU EE.UU EE.UU

las memorias de solo lectura que conforman los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el Articulo 12º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion de los certificados de cumplimiento presentados por la solicitante asi como de las caracteristicas tecnicas de las memorias de solo lectura, se tiene que las mismas cumplen con lo dispuesto en el Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y registran un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada por la solicitante, se concluye que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para acceder a la solicitud presentada; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y el Procedimiento Nº 104 del MORDAZA del MITINCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0222001-ITINCI; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar e inscribir nueve (9) memorias de solo lectura de acuerdo con el siguiente detalle:
Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 Registro A0003363 A0003364 A0003365 A0003366 A0003367 A0003368 A0003369 A0003370 A0003371 Codigo de la Memoria 4080.03/7.0-00B/7.43 4080.04/7.0-00B/7.43 S238-V1.0 S239-V1.0 4112.03/7.0-00B/7.43 4112.04/7.0-00B/7.43 S270-V1.0 S271-V1.0 ROD V4.2 Fabricante UNIDESA UNIDESA UNIDESA UNIDESA UNIDESA UNIDESA UNIDESA UNIDESA UNIDESA MORDAZA Espana Espana Espana Espana Espana Espana Espana Espana Espana

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Turismo 5626

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Turismo 5625 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0246-2002-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 14 de febrero del 2002 Vistos, el Expediente Nº 002189-2002-MITINCI presentado por la empresa Universal de Desarrollos Electronicos S.A., en el que solicita autorizacion y registro de nueve (9) memorias de solo lectura y los Informes Tecnico Nº 0652002-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/JYM y Legal Nº 0342002-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/DAR-APD; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el Articulo 11º que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el Articulo 11º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0247-2002-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 14 de febrero del 2002 Vistos, el Expediente Nº 000416-2002-MITINCI presentado por la empresa Recreativos Turisticos MORDAZA Peru S.A., en el que solicita autorizacion y registro de cinco (5) memorias de solo lectura y los Informes Tecnico Nº 0662002-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/JYM y Legal Nº 0352002-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/DAR-APD; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el Articulo 11º que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el Articulo 11º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que conforman los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el Articulo 12º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un

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