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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2002 (27/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 219963 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de marzo de 2002 DPTO. / PROV. / DISTRITO S/. US$ PUNO/CARABAYA AYAPATA 0.00 60.00 COASA 0.00 100.00 PUNO/CHUCUITO JULI 0.00 171.96 POMATA 0.00 171.96 ZEPITA 0.00 171.96 PUNO/EL COLLAO ILAVE 0.00 171.96 PILCUYO 0.00 171.96 PUNO/HUANCANÉ HUANCANÉ 0.00 171.96 TARACO 0.00 171.96 PUNO/LAMPA OCUVIRI 0.00 120.00 PARATIA 0.00 600.00 PUCARÁ 0.00 480.00 SANTA LUCÍA 0.00 262.59 PUNO/MELGAR AYAVIRI 0.00 171.96 NUÑOA 0.00 171.96 PUNO/MOHO MOHO 0.00 171.96 PUNO/PUNO ACORA 0.00 171.96 CAPACHICA 0.00 171.96 PUNO 0.00 171.96 PUNO/SAN ANTONIO DE PUTINA PUTINA 0.00 171.96 PUNO/SAN ROMÁN JULIACA 0.00 171.96 PUNO/SANDIA CUYOCUYO 0.00 60.00 SAN JUAN DEL ORO 0.00 171.96 YANAHUAYA 0.00 60.00 PUNO/YUNGUYO YUNGUYO 0.00 171.96 TACNA/TACNA C.G. ALBARRACÍN LANCHIPA 0.00 350.00 PALCA 0.00 200.00 132,642.45 206,016.65 5685 MITINCI Autorizan e inscriben modelos de má- quinas tragamonedas solicitadas por diversas empresas RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0231-2002-MITINCI/VMT/DNT Lima, 14 de febrero del 2002 Vistos, el Expediente Nº 000248-2002-MITINCI presen- tado por la empresa Bally Gaming Inc., solicitando autori- zación y registro de un (1) modelo de máquina tragamone- das, y los Informes Técnico Nº 053-2002-MITINCI/VMT/ DNT/DEJCMT/JYM y Legal Nº 016-2002-MITINCI/VMT/ DNT/DEJCMT/DAR-APD; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, esta-bleciéndose en el Artículo 11º que los modelos de máqui- nas tragamonedas cuya explotación es permitida en el país son aquellos que cuentan con autorización y registro; Que, el Artículo 10º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, esta- blece la información y documentación que deben presen- tar los interesados en obtener la autorización y registro de los modelos de máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el Artículo 12º del citado Reglamen- to señala que los modelos de máquinas tragamonedas y las memorias de sólo lectura de los programas de juego deberán someterse con anterioridad a su autorización y registro, a un examen técnico ante una Entidad Autoriza- da, la cual expedirá un Certificado de Cumplimiento que acreditará que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, según sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Di- rectivas; Que, realizada la evaluación del certificado de cumpli- miento presentado por la solicitante así como de las carac- terísticas técnicas del modelo de máquina tragamonedas cuya autorización y registro se solicita, se tiene que cum- ple con lo dispuesto en el Artículo 10º del Decreto Supre- mo Nº 001-2000-ITINCI; Que, de la evaluación de la documentación e informa- ción presentada por la solicitante, se concluye que ha cum- plido con las disposiciones legales aplicables para acce- der a la solicitud presentada; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supre- mo Nº 001-2000-ITINCI y el Procedimiento Nº 103 del TUPA del MITINCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022- 2001-ITINCI; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar e inscribir el modelo de má- quina tragamonedas que se señala a continuación: Nº de Registro B0000153 Código del Modelo S6_ _ _ C6 _ _ Nombre del Fabricante Bally Gaming Inc. Nacionalidad del fabricante EE.UU. Descripción Es una máquina tragamonedas de rodillos cuerpo vertical que cuenta con una caja su- perior chop top, un aceptador de monedas, un aceptador de billetes y una palanca lateral. Esta máquina no cuenta con un monitor de tacto y puede formar parte de un carrusel. El nombre comercial es ProSlot S5500 Dimensiones del Modelo Alto :101.60 cm Largo :62.23 cm Ancho :50.80 cm Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER RÍOS BURGA Director Nacional de Turismo 5617 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0232-2002-MITINCI/VMT/DNT Lima, 14 de febrero del 2002 Vistos, el Expediente Nº 035304-2001-MITINCI presen- tado por la empresa Bally Gaming Inc, en el que solicita autorización y registro de un (1) modelo de máquina traga- monedas, y los Informes Técnico Nº 049-2002-MITINCI/ VMT/DNT/DEJCMT/JYM y Legal Nº 019-2002-MITINCI/ VMT/DNT/DEJCMT/DAR-APD; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, esta- bleciéndose en el Artículo 11º que los modelos de máqui- nas tragamonedas cuya explotación es permitida en el país son aquellos que cuentan con autorización y registro; Que, el Artículo 10º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, esta- blece la información y documentación que deben presen-