Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2002 (27/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, miercoles 27 de marzo de 2002

zacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-93-EM; Con la opinion favorable del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Acuerdo de Suspension del Plazo para la Suscripcion del Convenio de Cesion de Posicion Contractual a que se refiere la MORDAZA Clausula Adicional y la Clausula 19.1 del Contrato BOOT de Concesion de la Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos de MORDAZA y Callao, al MORDAZA de lo dispuesto en el literal d) de la Clausula 20.1 del referido Contrato BOOT. Articulo 2º.- Autorizar al Director General de Hidrocarburos para que en nombre del Estado suscriba el Acuerdo de Suspension con Transportadora de Gas del Peru S.A., a que se refiere el articulo precedente, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 5688

Articulo 1º.- Asignar el monto recaudado por concepto de Derecho de Vigencia de Nuevos Petitorios Mineros asi como de Antiguos Derechos Mineros correspondiente al mes de febrero del 2002, de la siguiente manera:
Entidades Total a Distribuir US$ Gob. Loc. Provincial Gob. Loc. Distrital Extrema Pobreza INGEMMET INACC MEM TOTAL 76,717.65 76,717.65 133,051.88 38,152.42 38,152.42 19,076.21 S/. 48,233.62 48,233.62 84,408.83 24,116.81 24,116.81 12,058.40 Menos Deducciones US$ S/. 7,080.92 3,335.00 417.88 2,905.75 1,452.87 1,452.87 16,645.29 0.00 0.00 Neto a Distribuir US$ 69,636.73 73,382.65 S/. 48,233.62 48,233.62 84,408.83 23,354.32 23,845.76 11,677.15

0.00 132,634.00 762.49 271.05 381.25 35,246.67 36,699.55 17,623.34

381,868.23 241,168.09

1,414.79 365,222.94 239,753.30

Articulo 2º.- Publiquese la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Director General de Mineria
ANEXO Nº 3 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES: DERECHO DE VIGENCIA DE MINAS De conformidad con el Art. 92º del D.S. Nº 03-94-EM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, el Art. 1º del D.U. Nº 036-95 y el D.L. Nº 913, se cumple con distribuir la recaudacion del Pago por Derecho de Vigencia durante el mes de febrero del 2002 a las siguientes Municipalidades Provinciales: DPTO. / PROV. MORDAZA AIJA BOLOGNESI CARHUAZ MORDAZA F. MORDAZA CASMA HUAYLAS MARISCAL LUZURIAGA PALLASCA RECUAY MORDAZA MORDAZA MORDAZA ABANCAY ANDAHUAYLAS AYMARAES CHINCHEROS COTABAMBAS MORDAZA MORDAZA CAMANA CARAVELI MORDAZA CONDESUYOS LA UNION MORDAZA MORDAZA SANCOS LA MAR LUCANAS PARINACOCHAS SUCRE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CAJABAMBA MORDAZA HUALGAYOC SAN MORDAZA S/. U.S. $

Asignan monto recaudado por concepto de Derecho de Vigencia de Nuevos Petitorios y de Antiguos Derechos Mineros correspondiente a febrero de 2002
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 096-2002-EM/DGM MORDAZA, 22 de marzo de 2002 Visto, el Oficio Nº 229-02-INACC/J del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, de fecha 20 de marzo del 2002; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el tercer parrafo del Articulo 92º del Reglamento de Diversos Titulos de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 0394-EM, modificado por el Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 052-99-EM, la Direccion General de Mineria debe asignar los montos que les correspondan por concepto de derecho de vigencia y penalidad, a las Instituciones Publicas Descentralizadas y Organismos a los que se refiere el Articulo 57º de la Ley; Que, el Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 01492-EM, modificado por la Ley Nº 27341, Decreto de Urgencia Nº 003-2001 y Decreto Legislativo Nº 913, establece la forma de distribucion de los ingresos que se obtengan por concepto de derecho de vigencia, asi como de la penalidad; Que, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, determina los ingresos percibidos por derecho de vigencia y penalidad hasta el mes anterior, de acuerdo con el Articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 052-99-EM; Que, por Oficio Nº 229-02-INACC/J de fecha 20 de marzo del 2002, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, informa a la Direccion General de Mineria, que durante el mes de febrero del 2002, el monto total a distribuir es de US$ 381,868.23 (Trescientos Ochenta y Un Mil Ochocientos Sesenta y Ocho y 23/100 Dolares Norteamericanos) y S/. 241,168.09 (Doscientos Cuarenta y Un Mil Ciento Sesenta y Ocho y 09/100 Nuevos Soles) efectuandose las siguientes deducciones que ascienden a US$ 16,645.29 (Dieciseis Mil Seiscientos Cuarenta y Cinco y 29/100 Dolares Norteamericanos) y S/. 1,414.79 (Un Mil Cuatrocientos Catorce y 79/100 Nuevos Soles), resultando un importe neto a distribuir de US$ 365,222.94 (Trescientos Sesenta y Cinco Mil Doscientos Veintidos y 94/100 Dolares Norteamericanos) y S/. 239,753.30 (Doscientos Treinta y Nueve Mil Setecientos Cincuenta y Tres y 30/100 Nuevos Soles), respectivamente;

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

315.20 611.22 60.00 80.00 449.47 120.00 180.00 500.00 650.98 54.03 420.00

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

552.81 433.29 301.10 1,851.50 5,520.00

1,920.00 0.00 0.00 230.77 0.00 0.00

280.00 640.00 2,615.17 282.70 0.13 366.54

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 45,120.00 0.00 0.00

3,240.00 600.00 1,591.98 140.00 573.87 60.00 160.24 376.10 40.00 105.31 249.11

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