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Pág. 222390 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de mayo de 2002 Comercialización del Proyecto Especial de Promoción del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Mari- nas - PROABONOS. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 8058 Autorizan contratación de servicios de seguridad interna y vigilancia privada para sedes del SENASA mediante pro- ceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN JEF ATURAL N° 096-2002-AG-SENASA Lima, 26 de abril de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Entidades elaborarán un Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones; debiendo prever los bienes, servi- cios y obras que se requieran durante el ejercicio presu- puestal y el monto del presupuesto requerido; el mismo que debe ser aprobado por el Titular del pliego o la Máxima Autoridad Administrativa de la Entidad; Que, por Resolución Jefatural Nº 029-2002-AG-SENA- SA, de fecha 30 de enero del 2002, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA para el presente ejercicio presupuestal; Que, por Resolución Jefatural Nº 042-2002-AG-SENA- SA de fecha 20 de febrero del 2002, se nombra el Comité Especial encargado de la organización, conducción y eje- cución del proceso del Concurso Público destinado a la contratación de la(s) empresa(s) que brinde(n) los servi- cios de Seguridad Interna y Vigilancia Privada de los loca- les de las Sedes del SENASA ubicados en Lima Metropo- litana y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Informe Nº 109-2002-AG-SENASA- OGA/DL del 18 de abril de 2002, la Dirección de Logística señala que durante el ejercicio presupuestal 2001, el SE- NASA suscribió contratos individuales de Seguridad y Vi- gilancia Privada para la custodia de las Sedes Institucio- nales ubicadas en Lima Metropolitana y la Provincia Cons- titucional del Callao, los mismos que vencieron el 31 de diciembre del 2001; Que, a efectos de seguir contando con los servicios descritos en el considerando precedente y en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 141º del Reglamento del Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, se efectuó la contratación complemen- taria hasta por un máximo equivalente al 30% adicional del monto total de cada contrato original, cuyos plazos de vi- gencia caducaron en el mes de marzo del presente año; Que, de acuerdo a lo informado, con fecha 24 de febrero del 2002, el SENASA convocó al Concurso Público Nº 002- 2002-SENASA con el objeto de contratar las empresas que brinden servicios de Seguridad Interna y Vigilancia Privada; proceso que después de realizado en todas sus etapas se otorgó la Buena Pro a la empresa JCB Profesionales en Se- guridad EIRL en el Ítem I (Seguridad Interna) y a la empresa Fuerzas Especiales Delta S.A. en el Ítem II (Vigilancia Priva- da), acto que fue objeto de recursos de apelación y que como consecuencia del análisis de las impugnaciones interpues- tas, mediante Resolución Jefatural N° 090-2002-AG-SENA- SA las mismas fueron declarados fundadas, disponiendo se retrotraiga el proceso de selección hasta la etapa de evalua- ción de las propuestas; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, regula el caso de las exoneraciones de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa para la adquisición y/o contratación de bienes y servicios por la Entidad, estableciendo en su Artículo 19º inciso c) como una de las causales para ello, cuando se realicen en situación de urgencia declarada de conformidad con dicha ley; . Que, la causal de exoneración se encuentra claramen- te definida por el Artículo 21º de la norma citada, estable- ciendo que se considera situación de urgencia cuando laausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la con- tinuidad de lo servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situa- ción faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad según sea necesario para llevar a cabo el presente proce- so de selección que corresponda; Que, asimismo el Artículo 108º numeral 2) del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones el Es- tado dispone que la situación de urgencia debe entender- se como una medida temporal ante un hecho de excep- ción, que determina una acción rápida a fin de adquirir y contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin per- juicio que se realice en proceso de selección correspon- diente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Informe N°109-2002-AG-SENASA-OGA/DL, concluye que, teniendo en cuenta el desarrollo del proceso de selección signado con el N° 002-2002-SENASA, a efec- tos de garantizar la continuidad en la prestación de nues- tros servicios, por ningún motivo se debe dejar de brindar la seguridad a los bienes y sedes de la Institución; susten- tando la necesidad de seguir contando con los servicios de seguridad interna y vigilancia privada por el tiempo que conlleve a que el proceso de selección correspondiente quede consentido o ejecutoriado, por lo que considera ne- cesario y prioritario declarar en situación de urgencia los servicios de Seguridad Interna y Vigilancia Privada de las sedes de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao y autorizar la realización del proceso de Adjudi- cación de Menor Cuantía al amparo de lo dispuesto en los dispositivos legales acotados; Que, encontrándose sustentado técnicamente que la au- sencia del servicio de seguridad y vigilancia, comprometen en forma directa e indirecta la custodia del acervo docu- mentario, instalaciones y bienes de las sedes Institucionales de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Ca- llao, la continuidad de los servicios esenciales, resulta nece- sario se garantice la continuidad de los servicios de seguri- dad y vigilancia privada antes indicados; Que, por tanto, con la finalidad de dar atención a los servicios de seguridad y vigilancia privada por el período necesario para la conclusión del Proceso de Selección, se debe declarar en “Situación de Urgencia” el servicio de Seguridad Interna y Vigilancia Privada de las sedes de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao y autorizar la realización del proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 19º literal c), 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y tal como lo establece el Artículo 108º numeral 2) del Re- glamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado; Que mediante Informe Legal Nº 282-2002-AG-SENA- SA-OGAJ de fecha 29 de abril del 2002, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido el informe legal de acuer- do a lo establecido en el Artículo 113º del reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado; Que, en consecuencia, al producirse una situación en- marcada en los términos del inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, resulta procedente declarar la situación de urgencia y autorizar la contratación de los referidos servi- cios de seguridad interna y vigilancia privada hasta por un valor Referencial máximo de S/. 109,429.05 (Ciento Nueve Mil Cuatrocientos Veintinueve y 05/100 Nuevos Soles) , me- diante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 024-95-AG; y , de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado y su Reglamento aprobados mediante De- cretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM y con los vis- tos buenos de los Directores Generales de Planificación, Asesoría Jurídica y Administración; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Declarar en situación de urgencia la con- tratación de los servicios de seguridad interna y Vigilancia Privada para las instalaciones y patrimonio de las sedes de Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Ca- llao del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA Artículo 2º .- Aprobar la exoneración de la contratación de los servicios que se refiere el artículo precedente, auto- rizando a la Dirección General de Administración realice dicha contratación mediante el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, hasta por un valor referencial máximo