Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2002 (05/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 5 de MORDAZA de 2002

Comercializacion del Proyecto Especial de Promocion del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 8058

Autorizan contratacion de servicios de seguridad interna y vigilancia privada para sedes del SENASA mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL N° 096-2002-AG-SENASA MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Entidades elaboraran un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; debiendo prever los bienes, servicios y obras que se requieran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; el mismo que debe ser aprobado por el Titular del pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad; Que, por Resolucion Jefatural Nº 029-2002-AG-SENASA, de fecha 30 de enero del 2002, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA para el presente ejercicio presupuestal; Que, por Resolucion Jefatural Nº 042-2002-AG-SENASA de fecha 20 de febrero del 2002, se nombra el Comite Especial encargado de la organizacion, conduccion y ejecucion del MORDAZA del Concurso Publico destinado a la contratacion de la(s) empresa(s) que brinde(n) los servicios de Seguridad Interna y Vigilancia Privada de los locales de las Sedes del SENASA ubicados en MORDAZA Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Informe Nº 109-2002-AG-SENASAOGA/DL del 18 de MORDAZA de 2002, la Direccion de Logistica senala que durante el ejercicio presupuestal 2001, el SENASA suscribio contratos individuales de Seguridad y Vigilancia Privada para la custodia de las Sedes Institucionales ubicadas en MORDAZA Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, los mismos que vencieron el 31 de diciembre del 2001; Que, a efectos de seguir contando con los servicios descritos en el considerando precedente y en aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 141º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se efectuo la contratacion complementaria hasta por un MORDAZA equivalente al 30% adicional del monto total de cada contrato original, cuyos plazos de vigencia caducaron en el mes de marzo del presente ano; Que, de acuerdo a lo informado, con fecha 24 de febrero del 2002, el SENASA convoco al Concurso Publico Nº 0022002-SENASA con el objeto de contratar las empresas que brinden servicios de Seguridad Interna y Vigilancia Privada; MORDAZA que despues de realizado en todas sus etapas se otorgo la Buena Pro a la empresa JCB Profesionales en Seguridad EIRL en el Item I (Seguridad Interna) y a la empresa Fuerzas Especiales MORDAZA S.A. en el Item II (Vigilancia Privada), acto que fue objeto de recursos de apelacion y que como consecuencia del analisis de las impugnaciones interpuestas, mediante Resolucion Jefatural N° 090-2002-AG-SENASA las mismas fueron declarados fundadas, disponiendo se retrotraiga el MORDAZA de seleccion hasta la etapa de evaluacion de las propuestas; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, regula el caso de las exoneraciones de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa para la adquisicion y/o contratacion de bienes y servicios por la Entidad, estableciendo en su Articulo 19º inciso c) como una de las causales para ello, cuando se realicen en situacion de urgencia declarada de conformidad con dicha ley;. Que, la causal de exoneracion se encuentra claramente definida por el Articulo 21º de la MORDAZA citada, estableciendo que se considera situacion de urgencia cuando la

ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de lo servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad segun sea necesario para llevar a cabo el presente MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo el Articulo 108º numeral 2) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones el Estado dispone que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion, que determina una accion rapida a fin de adquirir y contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice en MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Informe N°109-2002-AG-SENASA-OGA/DL, concluye que, teniendo en cuenta el desarrollo del MORDAZA de seleccion signado con el N° 002-2002-SENASA, a efectos de garantizar la continuidad en la prestacion de nuestros servicios, por ningun motivo se debe dejar de brindar la seguridad a los bienes y sedes de la Institucion; sustentando la necesidad de seguir contando con los servicios de seguridad interna y vigilancia privada por el tiempo que conlleve a que el MORDAZA de seleccion correspondiente quede consentido o ejecutoriado, por lo que considera necesario y prioritario declarar en situacion de urgencia los servicios de Seguridad Interna y Vigilancia Privada de las sedes de MORDAZA Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao y autorizar la realizacion del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia al MORDAZA de lo dispuesto en los dispositivos legales acotados; Que, encontrandose sustentado tecnicamente que la ausencia del servicio de seguridad y vigilancia, comprometen en forma directa e indirecta la custodia del acervo documentario, instalaciones y bienes de las sedes Institucionales de MORDAZA Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, la continuidad de los servicios esenciales, resulta necesario se garantice la continuidad de los servicios de seguridad y vigilancia privada MORDAZA indicados; Que, por tanto, con la finalidad de dar atencion a los servicios de seguridad y vigilancia privada por el periodo necesario para la conclusion del MORDAZA de Seleccion, se debe declarar en "Situacion de Urgencia" el servicio de Seguridad Interna y Vigilancia Privada de las sedes de MORDAZA Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao y autorizar la realizacion del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 19º literal c), 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y tal como lo establece el Articulo 108º numeral 2) del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que mediante Informe Legal Nº 282-2002-AG-SENASA-OGAJ de fecha 29 de MORDAZA del 2002, la Oficina General de Asesoria Juridica ha emitido el informe legal de acuerdo a lo establecido en el Articulo 113º del reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en consecuencia, al producirse una situacion enmarcada en los terminos del inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente declarar la situacion de urgencia y autorizar la contratacion de los referidos servicios de seguridad interna y vigilancia privada hasta por un valor Referencial MORDAZA de S/. 109,429.05 (Ciento Nueve Mil Cuatrocientos Veintinueve y 05/100 Nuevos Soles) , mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 024-95-AG; y , de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobados mediante Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM y con los vistos buenos de los Directores Generales de Planificacion, Asesoria Juridica y Administracion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia la contratacion de los servicios de seguridad interna y Vigilancia Privada para las instalaciones y patrimonio de las sedes de MORDAZA Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA Articulo 2º.- Aprobar la exoneracion de la contratacion de los servicios que se refiere el articulo precedente, autorizando a la Direccion General de Administracion realice dicha contratacion mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, hasta por un valor referencial MORDAZA

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